BOLETÍN Nº 26 - 26 de febrero de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO SIETE DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Juicio Verbal 1117/2008

Doña Aránzazu Chocarro Ucar, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia Número Siete de Pamplona.

Doy fe: Que en el presente procedimiento se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia 116/2009. En Pamplona a ocho de febrero de 2010.

Vistos por la Ilustrísima doña Beatriz García Noain, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número: siete de Pamplona, los presentes autos de Juicio Verbal número: 1117/2008 seguidos en este Juzgado a instancia de don Jesús María Beitia López representado por el Procurador don Carlos Arvizu Badarán de Osinalde contra don José María Muñoz Berrio, declarado en rebeldía procesal, y Groupama representado por el Procurador doña Yolanda Apezteguía Elso sobre Tráfico.

Fallo:

Que desestimando, como desestimo, íntegramente, la demanda formulada por don Carlos Arvizu Badarán de Osinalde, Procurador de los Tribunales, y de don Jesús María Beitia López, contra don José María Muñoz Berrio, declarado en rebeldía procesal, y contra Groupama, representada por la Procuradora doña Yolanda Apesteguía Elso, debo absolver y absuelvo libremente a dichos demandados de los pedimentos contenidos en el escrito de demanda, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandante.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Líbrese y únase testimonio y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don José María Muñoz Berrio se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pamplona, 8 de febrero de 2010.-La Secretaria Judicial, Aránzazu Chocarro Ucar.

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