BOLETÍN Nº 26 - 26 de febrero de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 303/2010, de 5 de febrero, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se aprueban las convocatorias del año 2010, para la realización de las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra.

La Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, en su artículo 13.1, establece que para obtener por primera vez la licencia de caza de la Comunidad Foral de Navarra, será requisito necesario haber superado las pruebas de aptitud y conocimientos precisos de las materias relacionadas con la caza.

El Decreto Foral 48/2007, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, desarrolla, en su artículo 5, los requisitos y contenido de dichas pruebas de aptitud. Entre ellos menciona la necesidad de asistir a un curso de formación homologado y establece la obligatoriedad de que las pruebas de aptitud contengan conocimientos sobre: aspectos legales de la caza, conocimiento de la fauna silvestre, métodos de caza y seguridad, y artes y medios de caza y su manejo.

Dando cumplimiento a las referidas disposiciones, procede establecer las convocatorias y condiciones para que quienes quieran ejercitar por primera vez la caza puedan acreditar los conocimientos necesarios previos a la obtención de su primera licencia administrativa de caza.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y por Decreto Foral 124/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Aprobar las convocatorias del año 2010, para la realización de las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra.

2.º Aprobar las bases que regirán dichas convocatorias y que figuran como Anexo a esta Resolución.

3.º Hacer pública esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y en los diarios existentes en la Comunidad Foral de Navarra.

4.º Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

En el caso de Administraciones Públicas, contra esta Resolución podrá interponerse recurso-contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y el plazo establecidos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 5 de febrero de 2010.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

ANEXO

Convocatorias del año 2010 para la realización de las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra

1.-Objeto.

Estas convocatorias tienen por objeto la realización del curso de formación y del examen para obtener el certificado de aptitud en materia cinegética, necesario para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra, expedida por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Cada aspirante dispondrá de dos convocatorias para superar el examen de aptitud en materia cinegética. La asistencia al curso de formación es obligatoria para presentarse al examen.

2.-Inscripción.

2.1. El plazo de inscripción para asistir al curso de formación y para realizar el examen en la primera o en la segunda convocatoria será único y finalizará el día 31 de marzo de 2010.

2.2. Documentos a presentar para realizar la inscripción.

Dentro del plazo de inscripción, se presentarán en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (avenida del Ejército, número 2, 31002 Pamplona) los siguientes documentos:

a) Solicitud de inscripción única para participar en el curso de formación y en el examen, según el modelo anexo.

Los que se inscriban y no se presenten al examen en la primera convocatoria así como los que, habiendo realizado el examen de la primera convocatoria no lo hayan superado, podrán acudir a la segunda convocatoria sin otros requisitos que disponer del certificado de asistencia al curso de formación.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad.

c) Carta de Pago justificativa de haber abonado la tasa de 12 euros relativa al examen, fijada por la Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

La solicitud de inscripción y la Carta de Pago podrán obtenerse, a petición del interesado, en la Sección de Caza y Pesca del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (calle Yanguas y Miranda, número 27-1.º, 31003 Pamplona). También podrán obtenerse por Internet a través de la página web del Gobierno de Navarra.

3.-Listas de admitidos.

A partir del 15 de abril de 2010, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente publicará la lista de los aspirantes admitidos, indicando para cada uno de ellos el lugar, la fecha y la hora para asistir al curso de formación, así como el lugar, la fecha y la hora para hacer el examen en la primera convocatoria.

A partir del 26 de mayo de 2010, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente publicará la lista de aspirantes admitidos al examen de la segunda convocatoria, indicando para cada uno de ellos el lugar, la fecha y la hora para la realización del mismo.

Las referidas listas se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (avenida Carlos III, número 2, de Pamplona) y en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (avenida del Ejército, número 2, de Pamplona). También podrán ser consultadas por Internet a través de la página web del Gobierno de Navarra.

4.-Curso de formación:

El curso tiene por objeto analizar los contenidos del "Manual preparatorio del examen del cazador en Navarra 2008" y ayudar a los aspirantes a comprenderlo para reforzar sus conocimientos y facilitar la superación del examen.

Todos los aspirantes a superar las pruebas de aptitud deberán asistir obligatoriamente al curso de formación en materia cinegética de cinco horas de duración. Para ello deberán presentarse, provistos del D.N.I., papel y bolígrafo. La fecha y la hora en la que debe acudir cada aspirante se indicará en la lista de admitidos.

Los aspirantes que ya hubieran obtenido el certificado de asistencia al curso de formación en los años 2008 o 2009, no podrán realizar de nuevo el curso de formación.

El curso de formación se impartirá en el lugar, fechas y horario siguientes:

-Lugar: Sala de Conferencias del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (avenida del Ejército, número 2, semisótano, de Pamplona).

-Fechas y horario:

  • 23 de abril de 2010 (viernes) de 16,00 horas a 21,00 horas.
  • 24 de abril de 2010 (sábado) de 9,00 horas a 14,00 horas.
  • 7 de mayo de 2010 (viernes) de 16,00 horas a 21,00 horas.
  • 8 de mayo de 2010 (sábado) de 9,00 horas a 14,00 horas.

Cada aspirante deberá asistir a una sola sesión. Para participar en el curso, deberá cumplimentarse la solicitud de inscripción según el modelo anexo, la cual servirá a su vez para participar en el examen del cazador.

Los alumnos asistentes recibirán un certificado acreditativo de la asistencia al curso, requisito previo para poder presentarse al examen.

5.-Examen.

5.1. Contenido del examen.

El examen consistirá en responder a 30 preguntas tipo test, de carácter teórico, seleccionadas previamente por el Tribunal calificador entre 500 posibles preguntas.

El examen para obtener el certificado de aptitud se desarrollará a partir del contenido del manual y cuaderno de preguntas cuya referencia bibliográfica es la siguiente: "Manual preparatorio del examen del cazador en Navarra 2008"

5.2. Valoración.

Las preguntas cuya respuesta sea la correcta se valorarán con un punto positivo. Si la respuesta fuese incorrecta, se valorará con cero puntos.

Superarán la prueba aquellos aspirantes cuya puntuación sea igual o superior a 23 puntos.

5.3. Fechas de los exámenes:

-Primera convocatoria: 22 y/o 23 de mayo de 2010.

El lugar, la fecha y la hora en que debe acudir cada aspirante se indicará en la lista de admitidos de la primera convocatoria.

-Segunda convocatoria: 5 y/o 6 de junio de 2010.

El lugar, la fecha y la hora en que debe acudir cada aspirante se indicará en la lista de admitidos de la segunda convocatoria.

Los aspirantes deberán presentarse al examen provistos del D.N.I. y bolígrafo. Sólo podrán presentarse al examen aquellos aspirantes que estén en posesión del Certificado de Asistencia al curso de formación.

6.-Publicidad de los resultados.

Terminada la calificación, el Tribunal expondrá la lista con el resultado obtenido por los aspirantes en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (avenida Carlos III, número 2, de Pamplona) y en el Registro del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (avenida del Ejército, número 2, de Pamplona). También podrá ser consultada en Internet a través de la página web del Gobierno de Navarra.

7.-Tribunal calificador.

7.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Salvador del Pino López, Jefe de la Sección de Caza y Pesca del Departamento Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Suplente: Doña Ana Palacios Arellano, Técnico de la Sección de Caza y Pesca del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Vocal primero: Don Enrique Castién Arriazu, Jefe de Negociado de Gestión Cinegética del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Suplente: Don Manuel Lamuela Aguado, Jefe de Negociado de Gestión Piscícola y Protección Animal del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Vocal segundo: Doña M.ª Carmen Galbarra Cobos, Jefa del Negociado de Asistencia Cinegética y Piscícola del Departamento Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Suplente: Doña Eva Ganuza Pelegrin, Administrativa de la Sección de Caza y Pesca del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Secretario: Don Félix Armendáriz Martínez, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Suplente: Don Saturnino Salgado Domínguez, Técnico de Administración Pública Rama Jurídica de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

7.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría de sus miembros.

7.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

Solicitud:

(Escribir con letras mayúsculas y rellenar todos los datos completos)

Don ........................ con D.N.I. , domiciliado en calle ................ N.º ....... piso ....... código postal ....... localidad ...... teléfono

Expone que considera reunir los requisitos exigidos y acepta en todos sus términos las bases de la Convocatoria del año 2010 para la realización de las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la primera licencia administrativa de caza de la Comunidad Foral de Navarra.

Por ello, y adjuntando la documentación requerida en la citada Convocatoria (fotocopia del D.N.I. y Carta de Pago de la tasa del examen),

Solicita la inscripción para asistir al curso de formación y para realizar el examen de aptitud, a efectos de acceder al certificado de aptitud necesario para disponer de la primera licencia de caza.

En .................. a ....... de ................... de 2010.

Firma del solicitante

Información para el solicitante: La fecha y hora que se asignará a cada aspirante para asistir al curso de formación, así como el lugar, fecha y hora que se asignará a cada aspirante para realizar el examen en la primera convocatoria y el examen en la segunda convocatoria, se indicarán en las respectivas listas de admitidos que se publicarán, de acuerdo a las bases de la Convocatoria. La asistencia al curso de formación es obligatoria para poder realizar al examen. Solamente podrán realizar el examen los aspirantes que estén en posesión del Certificado de Asistencia al curso de formación.

SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA.

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