BOLETÍN Nº 26 - 26 de febrero de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 62/2009, de 25 de enero, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan los Premios Extraordinarios del curso académico 2008-2009.

Visto el informe del Jefe de la Sección de Estudios de Posgrado, Acceso, Becas y Títulos, con el V.ºB.º del Director de Estudiantes y Apoyo Académico, del Vicerrector de Enseñanzas.

En cumplimiento de las normas reguladoras de la concesión de premios extraordinarios en las enseñanzas oficiales de Grado que imparte la Universidad Pública de Navarra, aprobadas en Consejo de Gobierno de 23 de junio de 2008.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra,

HE RESUELTO:

Primero.-Convocar los Premios Extraordinarios para los estudiantes que finalizaron sus estudios en el curso académico 2008-2009.

Segundo.-En aplicación del artículo 3.1 de las normas reguladoras de la concesión de Premios Extraordinarios, las fracciones de 50 estudiantes para otorgar premios extraordinarios de fin de carrera se calcularán de acuerdo con el número de estudiantes que hayan finalizado sus estudios en el curso 2008-2009, es decir, cuya fecha de fin de estudios se encuentre en el periodo comprendido entre los meses de octubre de 2008 y septiembre de 2009.

Tercero.-Requerir al Negociado de Becas y Títulos para que, en el plazo de 15 días a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución, seleccione los expedientes que pueden concurrir a dichos Premios y los publique en el Tablón de Anuncios del Negociado.

Cuarto.-Establecer el plazo de inicio y fin del procedimiento de selección que dará comienzo al día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará en los 30 días naturales siguientes.

Quinto.-Ordenar la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Sexto.-Trasladar la presente resolución al Vicerrector de Estudiantes y Relaciones Internacionales, al Servicio de Estudiantes y Apoyo Académico, al Servicio de Comunicación, y al Negociado de Becas y Títulos.

La presente resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Universidades, agota la vía administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

Pamplona, 25 de enero de 2010.-El Rector, Julio Lafuente López.

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