2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
ETXARRI ARANATZ
Tipos impositivos y tasas para el ejercicio 2010
Considerando las previsiones contenidas en los artículos 12, 64 y 132 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en virtud de los cuales los Ayuntamientos deben adoptar acuerdo correspondiente a la fijación de los tipos de gravamen aplicables, dentro de los márgenes previstos en dicha Ley, a los impuestos de exacción obligatoria, exceptuando, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del mismo Cuerpo Legal, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Teniendo en cuenta los límites establecidos para cada uno de los impuestos de referencia, en los artículos 139.2, 154, 170.2 y 175.2 del mismo texto legal, el Pleno del Ayuntamiento de Etxarri Aranatz, en sesión celebrada el 17 de diciembre de 2009, tras examinar la propuesta de intervención, y considerando lo dispuesto en el artículo 64 de la reiterada Ley Foral, acuerda:
1.-Aprobar la aplicación de los siguientes tipos impositivos y tasas del agua para el ejercicio del 2010:
Tipos de gravamen
Contribución urbana: 0,23358%.
Contribución rústica: 0,800%.
Plusvalía: 10,0%:
-Hasta 5 años: 2,2%.
-Hasta 10 años: 2,1%.
-Hasta 15 años: 2,0%.
-Hasta 20 años: 2,0%.
Construcciones, Instalaciones y obras: 3,5%.
Impuesto actividades económicas. (Índice local) 1,40%.
Tasa del agua
(Subida de 3% redondeando a dos decimales)
-Consumo agua doméstica: 0,30 euros.
-Consumo agua plus: 0,12 euros.
-Consumo agua industrial: 0,59 euros.
-Cuota fija agua: (Del I al IX).
- I: 11,41 euros.
- II: 12,89 euros.
- III: 16,82 euros.
- IV: 48,59 euros.
- V: 69,44 euros.
- VI: 103,73 euros.
- VII: 208,19 euros.
- VII: 277,59 euros.
- IX: 521,00 euros.
-Mantenimiento contador: (Del I al IX).
- I: 3,93 euros.
- II: 5,26 euros.
- III: 5,83 euros.
- IV: 8,35 euros.
- V: 11,76 euros.
- VI: 18,25 euros.
- VII: 38,90 euros.
- VIII: 48,01 euros.
- IX: 60,05 euros.
Enganche red abastecimiento: 655,12 euros.
Alta contrato agua (nuevo) 107,12 euros.
Alta contrato agua (cambio titular) 13,39 euros.
Segundo.-El presente acuerdo entrará en vigor a partir del día 1 de enero de 2010.
Tercero.-De conformidad con lo establecido en el artículo 13.4 de la Ley Foral 2/1995 de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se entiende modificada la Ordenanzas del Agua en lo que resulten afectada por el presente acuerdo, comenzando a aplicarse desde el 1 de enero de 2010 y, dado que la presente modificación afecta únicamente a las tarifas, el texto íntegro de la misma sigue siendo, en lo no modificado, el publicado en su día en el Boletín Oficial de Navarra.
Cuarto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, las tarifas de las Ordenanzas Fiscales Municipales contenidas en el presente Acuerdo, que se aprueban inicialmente, estarán expuestas en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días hábiles a partir del siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, al objeto de que los interesados puedan efectuar las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas; entendiéndose aprobadas definitivamente una vez transcurrido dicho plazo, si no se hubieran presentado reclamaciones, reparos u observaciones.
Quinto.-Proceder, ex artículo 59.6.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común a la publicación del correspondiente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y, mediante edictos, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Etxarri Aranatz.
Lo que se hace público para general conocimiento, en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas por el artículo 21.1.r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con la advertencia de que contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe, ex artículo 21 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.
b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado o Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de de dos meses, contados desde el día siguiente al de la referida publicación.
c) Recurso de Alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo.
Etxarri Aranatz, 14 de enero de 2010.-La Alcaldesa, Maider Goñi Errazkin.
Código del anuncio: L1002550