BOLETÍN Nº 20 - 12 de febrero de 2010

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

PAMPLONA

Edicto

No habiendo podido ser notificada la resolución de la Directora del Área de Desarrollo Sostenible del Excmo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 11 de diciembre de 2009 (2/DS) y el correspondiente pliego de cargos y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia del interesado.

"SDS 11-DIC-09 (2/DS)

Visto informe del Servicio de Inspección Alimentaria y Zoonosis y demás documentación que obra en el expediente en la que consta, según Acta Sanitaria de fecha 12 de noviembre de 2009, que ese mismo día, en inspección sanitaria de oficio a la vinoteca sita en calle de Iturrama número 25 de Pamplona, se constató que disponían de una barra de bar en la que se ofertaba para el consumo en el establecimiento vino y cerveza, entre otras bebidas, y diferentes pinchos expuestos sin vitrinas expositoras u otro tipo de cobertura; que no disponían de oficio con las condiciones adecuadas para poder elaborar los pinchos que ofertaban y que utilizaban vajilla no desechable y no disponían de lavavajillas ni de grifos de accionamiento no manual en la barra.

Dado que las instalaciones del local y la oferta para el consumo de bebidas y de pinchos no se corresponden con la licencia otorgada de venta de bebidas alcohólicas, sino con la actividad de hostelería, y a tenor de lo establecido en el artículo 6 del RD 381/1984 por el que se aprueba la Reglamentación Técnico Sanitaria del comercio minorista de la alimentación, en los artículos 8.16 y 40.2 de la Ordenanza de Higiene Alimentaria de Pamplona, y en los artículos 13 y 34 de la Ley Foral 10/1990 de Salud, he resuelto:

1.-Otorgar audiencia a Francisco Casamián Callizo (DNI: 17201134) y Jose María Pérez Ruiz (DNI: 15838834) - (CIF: J71009542), titulares del establecimiento, para que en el plazo máximo de 10 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución, formulen las alegaciones que a su derecho convengan con carácter previo al requerimiento de cese inmediato en la realización de las referidas actividades de hostelería (bar con elaboración de tapas y venta de bebidas alcohólicas para el consumo en el establecimiento), para las que no disponen de licencia.

2.-Incoar expediente sancionador a Francisco Casamián Callizo y José María Pérez Ruiz, por la presencia de alimentos expuestos sin la adecuada protección sanitaria, a quienes se considera presuntos responsables de la supuesta infracción cometida, según consta en el Acta Sanitaria a la que se ha hecho referencia y que se les traslada.

3.-Señalar que tal hecho pudiera constituir una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 27.2 de la L.F. 10/1990 de Salud en su remisión al artículo 35.A.1.ª de la Ley 14/1986 General de Sanidad, e infringe lo dispuesto en el artículo 3.1 y apartado 3 del capítulo IX del anexo II del Reglamento (CE) 852/2004 de normas de higiene relativas a los productos alimenticios.

El artículo 29.2 de la L.F. de Salud y el artículo 52 de la L.F. de Haciendas Locales de Navarra facultan a la Alcaldía para imponer sanciones por infracciones sanitarias y de Ordenanzas Municipales. La Excma. Sra. Alcaldesa de Pamplona delegó, por DAL de fecha 30 de junio de 2009 (1/PR), la competencia sancionadora y de requerimiento de adopción de medidas correctoras, por las infracciones a la normativa sanitaria de las actividades relacionadas con la alimentación y, en general, de la distribución y suministro de alimentos y bebidas destinados al consumo humano, en la Directora del Área de Desarrollo Sostenible, quien resulta por lo tanto el órgano municipal competente.

El artículo 29.1 de la L.F. de Salud en su remisión al artículo 36 de la Ley General de Sanidad, fijan las cuantías de las multas por infracciones sanitarias y de ordenanzas municipales.

4.-Designar a M.ª del Mar Indave García, Secretaria Técnica de Desarrollo Sostenible, instructora del expediente incoado. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán promover la recusación de la instructora nombrada.

5.-Comunicar a los presuntos responsables que pueden reconocer su responsabilidad, imponiéndoseles la sanción correspondiente, o realizar el pago de la sanción pecuniaria en su caso.

6.-En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la recepción del pliego de cargos, los expedientados podrán proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona.

7.-En el caso de que no sean formuladas alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, R.D. 1398/1993, significando que la cuantía de la sanción que se propone es de 200,00 euros, sin perjuicio de la posible reducción del 30% de la multa que pudiera acordarse, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 12 del D.F. 48/1996, de 22 de enero, por el que se regula el procedimiento sancionador de las infracciones cometidas en materia de Sanidad.

8.-Poner en conocimiento de Francisco Casamián Callizo y Jose María Pérez Ruiz que, con base en el artículo 28.2 de la L.F. 10/1990, transcurridos seis meses desde la notificación de cada uno de los trámites previstos en el procedimiento sin que se impulse el trámite siguiente, se producirá la caducidad del mismo, con archivo de las actuaciones, salvo en el caso de la resolución, en que podrá transcurrir un año desde que se notificó la propuesta".

Así mismo se manifiesta que el expediente se encuentra a disposición del interesado en las oficinas del Área de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible sita en calle San Saturnino, 2, donde podrá examinarlo de 8 a 14 horas en días laborables.

Pamplona, 27 de enero de 2010.-El Concejal Delegado de Urbanismo,Vivienda y Desarrollo Sostenible, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

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