BOLETÍN Nº 20 - 12 de febrero de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

FUNES

Modificación plan parcial

El Alcalde del Ayuntamiento de Funes mediante Resolución del día 10 de noviembre de 2009, aprobó inicialmente el expediente de Modificación del Plan Parcial del Soto de la Sardilla (Modificación puntual pormenorizada de la normativa urbanística en la parcela 3.1), con el objeto de implantar una actividad dotacional-educativa, promovida por don Oscar Campo Castillo en representación de "Alas de Peñalén, Halconeras de Sancho IV".

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 74 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procedió a realizar el trámite de exposición pública, transcurrido el cual y no habiéndose presentado alegaciones, el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 22 de enero de 2010, aprobó definitivamente el expediente.

Lo que se publica para general conocimiento.

Normativa modificada

Modificación puntual pormenorizada
de plan parcial de Soto de la Sardilla. Parcela 3.1. Funes

A.2. Propuesta de modificación puntual pormenorizada.

A.2.1. Usos de unidad 3.1:

-Uso principal:

Instalaciones Industriales de pequeña escala, o de carácter artesanal, talleres al servicio de la población local o con actividad complementaria de los residentes en Funes, talleres de reparación de vehículos y almacenes de todo tipo, incluyendo los de uso agrícola.

Dotacional Educativo y/o Recreativo.

-Usos tolerables o admitidos:

Industrial de transformación de productos agrícolas (conservas vegetales, almacenaje y comercialización en fresco, congelado, precocinada o similar).

Núcleo Zoológico: estancia, cría y cuidado de animales.

-Usos prohibidos:

Industrias calificadas como insalubres o peligrosas.

A.2.2. Edificabilidades:

Se propone variar la Superficie Mínima edificable en la unidad 3.1 y sus alineaciones obligatorias.

La superficie máxima queda como está definida en el contenido del Plan Parcial.

Las alineaciones obligatorias de la edificación, quedan reducidas al frente norte de la Unidad 3.1.

La edificabilidad de cada parcela es de 1.062,5 m².

La edificabilidad-ocupación mínima actual es del 50%, entendiéndose el plano número 1 Ordenación del Plan Parcial, como grafía más que como aspecto normativo u obligatorio.

La necesidad inicial de edificación del Centro de Control de Plagas y Aula de la Naturaleza es de una edificabilidad-ocupación mínima de
165 m² para edificio principal, y de 125 x 2 m² de edificios auxiliares (cubiertos abiertos). Se prevén unos 415 m² ocupables.

Se propone una edificabilidad de mínima del 35% (prácticamente 375 m²).

Contra dicho acuerdo, cabe interponer optativamente los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de une mes a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado/Sala, según proceda, de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación o bien,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este acuerdo.

Funes, 23 de enero 2010.-El Alcalde-Presidente, Antonio Ulzurrun Jiménez.

Código del anuncio: L1001645