BOLETÍN Nº 20 - 12 de febrero de 2010

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

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En la Unidad de Recaudación Ejecutiva 31/01 se instruye expediente administrativo de apremio número 31 01 02 00111553 contra el deudor Miguel Ángel Recarte Arilla, habiéndose dictado en fecha 27 de agosto de 2009 por el Recaudador Ejecutivo de dicha Unidad la diligencia de embargo que a continuación se transcribe:

"Diligencia de embargo de bienes inmuebles.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF 015808992B, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE P. APREMIO

PERÍODO

RÉGIMEN

31 02 012033092

05 2002 / 05 2002

0111

31 02 013130711

04 2002 / 04 2002

0521

31 02 011467664

03 2002 / 03 2002

0111

31 02 011467563

01 2002 / 01 2002

0111

31 02 013574685

07 2002 / 07 2002

0111

31 02 014286021

07 2002 / 07 2002

0521

31 02 012553559

06 2002 / 06 2002

0111

31 03 010133689

08 2002 / 08 2002

0521

31 03 010434692

09 2002 / 09 2002

0521

31 02 014374432

09 2002 / 09 2002

0111

31 02 013832141

08 2002 / 08 2002

0111

31 02 011300744

02 2002 / 02 2002

0111

31 03 010219979

10 2002 / 10 2002

0111

31 03 010743981

10 2002 / 10 2002

0521

31 03 010521891

11 2002 / 11 2002

0111

31 03 010824211

12 2002 / 12 2002

0111

31 03 011164317

01 2003 / 01 2003

0111

31 03 011376303

02 2003 / 02 2003

0111

31 03 013879509

04 2003 / 04 2003

0111

31 03 014022480

04 2003 / 04 2003

0521

31 03 012882227

03 2003 / 03 2003

0111

31 03 014208804

05 2003 / 05 2003

0111

31 03 012882126

01 2003 / 01 2003

0111

31 03 015139701

07 2003 / 07 2003

0521

31 03 014556384

06 2003 / 06 2003

0111

31 03 014877292

07 2003 / 07 2003

0111

31 03 014877393

07 2003 / 08 2003

0111

31 04 010204194

09 2003 / 09 2003

0521

31 03 015034314

08 2003 / 08 2003

0111

31 03 015481120

09 2003 / 09 2003

0111

31 04 010692329

10 2003 / 10 2003

0521

31 04 010372330

11 2003 / 11 2003

0111

31 02 013657339

07 2002 / 07 2002

0111

31 04 010055361

10 2003 / 10 2003

0111

31 02 012627018

06 2002 / 06 2002

0111

31 04 011143276

12 2003 / 12 2003

0521

31 04 011026166

12 2003 / 12 2003

0111

31 04 011315755

01 2004 / 01 2004

0111

31 04 012357901

01 2004 / 01 2004

0521

31 03 012882025

01 2002 / 12 2002

0111

31 04 021775587

06 2004 / 06 2004

0521

31 04 021064861

04 2004 / 04 2004

0521

31 04 021064962

03 2004 / 03 2004

0521

31 04 021615135

05 2004 / 05 2004

0521

31 04 021064760

02 2004 / 02 2004

0521

31 04 022667381

08 2004 / 08 2004

0521

31 04 022989101

09 2004 / 09 2004

0521

31 04 023925048

10 2004 / 10 2004

0521

31 05 010304712

11 2004 / 11 2004

0521

31 04 011468228

02 2004 / 02 2004

0111

31 05 011059187

12 2004 / 12 2004

0521

31 05 012401225

01 2005 / 01 2005

0521

31 05 012576633

02 2005 / 02 2005

0521

31 05 012923611

03 2005 / 03 2005

0521

31 05 013761851

04 2005 / 04 2005

0521

31 05 014479045

05 2005 / 05 2005

0521

31 05 014827538

06 2005 / 06 2005

0521

31 05 015471172

07 2005 / 07 2005

0521

31 05 015946674

08 2005 / 08 2005

0521

31 05 016558077

09 2005 / 09 2005

0521

31 06 010016519

10 2005 / 10 2005

0521

31 06 010450692

11 2005 / 11 2005

0521

31 06 010954890

12 2005 / 12 2005

0521

31 06 012108281

01 2006 / 01 2006

0111

31 06 012791931

12 2005 / 12 2005

0111

31 06 013467089

04 2006 / 04 2006

0521

31 06 013673520

05 2006 / 05 2006

0521

31 06 015428008

07 2006 / 07 2006

0521

31 06 015819139

08 2006 / 08 2006

0521

31 06 016970712

10 2006 / 10 2006

0521

31 07 010169270

11 2006 / 11 2006

0521

31 07 010781986

12 2006 / 12 2006

0521

31 07 011487359

01 2007 / 01 2007

0521

31 07 012039249

02 2007 / 02 2007

0521

31 07 012558706

03 2007 / 03 2007

0521

31 07 018228253

05 2007 / 05 2007

0521

31 07 018571692

06 2007 / 06 2007

0521

31 07 018928572

07 2007 / 07 2007

0521

31 07 019712757

08 2007 / 08 2007

0521

31 07 020445614

09 2007 / 09 2007

0521

31 08 010026274

10 2007 / 10 2007

0521

31 08 011204422

12 2007 / 12 2007

0521

31 08 012583135

01 2008 / 01 2008

0521

31 08 012583236

02 2008 / 02 2008

0521

31 08 013351253

03 2008 / 03 2008

0521

31 08 013885359

04 2008 / 04 2008

0521

31 08 016718567

09 2008 / 09 2008

0521

31 08 018029380

10 2008 / 10 2008

0521

31 09 010580769

11 2008 / 11 2008

0521

Importe deuda:

-Principal: 77.845,42 euros.

-Recargo: 16.073,33 euros.

-Intereses: 2.341,59 euros.

-Costas devengadas: 20,92 euros.

-Costas e intereses presupuestados: 600,00 euros.

Total: 96.881,26 euros.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio, (Boletín Oficial del Estado del día 25), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Datos finca urbana: Finca número 01

Urbana. 25% del pleno dominio con carácter privativo de vivienda de planta alta de la casa señalada con el número seis de la calle Cordovilla, antes calle Jesús Blasco, con acceso directo desde dicha calle a través de una escalera adosada a la parte derecha de la casa, en jurisdicción de Pamplona; con una superficie construida de ochenta metros y setenta y cinco decímetros cuadrados.

Datos de Registro: número de Reg: 1 Pamplona, número Tomo: 1452, número Libro: 923, número Folio: 116, número Finca: 8593.

Datos finca urbana: Finca número 2

Urbana. 6,25% pleno dominio con carácter privativo de terreno destinado a zona de paso, situado entre las casas números cuatro y seis de la calle Cordovilla, antes, calle Jesús Blasco, en la Chantrea de Pamplona; con una superficie de treinta y cinco metros y cincuenta decímetros cuadrados.

Datos de Registro: número de Reg.: 1 Pamplona, número Tomo: 822, número Libro: 409, número Folio: 201, número Finca: 8371

Al resultar infructuosas las gestiones realizadas para notificar a don Jose Javier Recarte Arilla y doña Virginia Villanueva Palacios, en calidad de cotitulares, el primero de las dos fincas y la segunda de la finca número 2, la citada diligencia, al ser devueltas las cartas por el Servicio de Correos después de varios intentos por "Ausente", y de conformidad con el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 25) y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al destinatario para que comparezca por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue.

Transcurridos ocho días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado, se tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer.

Pamplona, 29 de enero de 2010.-El Recaudador Ejecutivo, Jesús Daniel Irigoyen San Martín.

Código del anuncio: E1001560