BOLETÍN Nº 2 - 4 de enero de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TULEBRAS

Aprobación definitiva de ordenanzas fiscales
y tipos de gravamen para el año 2010

El Ayuntamiento de Tulebras, en sesión plenaria celebrada el 1 de octubre de 2009, acordó la aprobación inicial de la modificación de las ordenanzas fiscales de tasas y precios públicos en cuanto a las tarifas a aplicar en 2010, así como los giros de contribuciones de dicho año.

El anuncio correspondiente se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 130, de 21 de octubre de 2009, sin que durante el plazo establecido de treinta días se hayan formulado reclamaciones, reparos u observaciones al expediente.

En su virtud, han quedado definitivamente aprobadas las modificaciones de las ordenanzas y las tarifas aplicables para 2010, lo que se publica para general conocimiento y efectos:

1. Las Ordenanzas, Tarifas y Giros para 2010 son, en resumen, las que seguidamente se detallan, con una previsión general de incremento del 1,5% sobre las cuotas del ejercicio 2009, en las exacciones que lo permiten sin exceder los límites legales, con el resultado siguiente: Guarderío, 7,1312 euros/rob, equivalente a 0,4457 euros/almutada. Ambulantes, 6,40 euros/puesto día. Terrazas de bares anual, 235,48 euros. Utilización fax, 0,40 euros a Navarra; 0,78 euros resto España; y 1,57 al extranjero, por página. Ocupación de vía pública con materiales de obra, de 0,64 euros/día; por expedición de fotocopias, de 0,14 euros/ unidad hasta 50 y 0,10 euros /unidad a partir de 50; así como el porcentaje del 4% en el giro del ICIO. Cédulas parcelarias, 2,18 euros/unidad. Concesiones cementerio: 700 euros por nicho, 210 euros por sepultura sencilla, y 863 euros por sepultura doble. Coto Caza, según Mancomunidad.

Se mantienen para 2010 los porcentajes aplicados en 2009 para el cálculo de las bases imponibles del Impuesto sobre el incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana, establecidos en 3,00/3,00/2,90/2,90, para los respectivos tramos de hasta 5, 10, 15 y 20 años; y el tipo
del 12%.

2. Ordenanzas Fiscales:

Ordenanza Fiscal General.

Ordenanza Fiscal general de contribuciones especiales.

Ordenanza Fiscal de Tasas por expedición y tramitación de documentos.

Ordenanza Fiscal de Precios públicos por aprovechamientos especiales de suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común.

Ordenanza Fiscal del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.

Ordenanza Fiscal de tasa de guarderío rural.

Ordenanza Fiscal del aprovechamiento de bienes y pastos del común.

Ordenanza Fiscal del comercio no sedentario y sus Tasas.

Ordenanza de utilización de cementerio, y derechos y tasas por servicio.

3. Tipos de Giro:

Contribución Rústica: 0,80%.

Contribución Urbana: 0,3168%.

Recargo Impuesto Actividades Económicas: 40%.

4. Las presentes modificaciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2010.

Tulebras, 2 de diciembre de 2009.-El Alcalde, Rafael Ayensa Pascual.

Código del anuncio: L0927784