BOLETÍN Nº 153 - 17 de diciembre de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Texto normativo del documento de modificación del Plan Municipal de Pamplona en el área A-2 de la U.I. XI-Berichitos
Aprobado por Orden Foral 188/2010 de 29 de octubre

El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 19 de noviembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 19-NOV-10 (9/CU).

Vista la documentación obrante en el expediente, se acuerda:

1.º Quedar enterados de la Orden Foral 188/2010, de 29 de octubre, mediante la que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan Municipal de Pamplona en el área A-2 de la U.I. XI-Berichitos, promovido por Gestión Ambiental, Viveros y Repoblaciones de Navarra S.A.

2.º Publíquese en el Boletín Oficial de Navarra la Normativa Urbanística aprobada.

Pamplona, 23 de noviembre de 2010.-La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

ANEXO

1.-Identificación del ámbito.

Unidad Integrada XI.

Nombre A-2.

Superficie m² 89.485.

Localización Parcelas 1.228 y 1.261 del polígono 3 de Pamplona.

2.-Determinaciones estructurantes.

-Objetivos generales.

Mantenimiento de la actividad de los Viveros del Gobierno de Navarra.

Mantenimiento de la capacidad agrícola del suelo y de su valor paisajístico.

-Régimen urbanístico.

Clase de suelo No urbanizable.

Categoría Preservación.

Subcategoría Suelos de valor para su explotación natural.

-Condiciones generales.

Normativa de protección aplicable: Mediano valor de cultivo.

Se consolidan la actividad de los Viveros del Gobierno de Navarra y las edificaciones existentes grafiadas en el plano adjunto.

La consolidación de la actividad incluye a los viveros propiamente dichos y a las labores complementarias, de conservación del medio ambiente, que se vienen desarrollando en los mismos: Explotación agropecuaria; actividades científicas y divulgativas; apoyo a la protección contra incendios.

Se permitirán obras de ampliación, mantenimiento y reforma; se posibilitará su modernización y adaptación a nuevas normativas. Se consolidan también las infraestructuras existentes que estén al servicio exclusivo de las edificaciones consolidadas, y se posibilitará su modernización y adaptación a nuevas normativas así como su soterramiento y modificación de trazados. Quedan prohibidas las actuaciones de urbanización.

Se permitirán nuevas construcciones vinculadas a los usos y actividades permitidos.

-Otras condiciones:

Las establecidas en la Normativa Urbanística General.

3.-Determinaciones pormenorizadas.

-Tipos de edificaciones vinculadas a la actividad de los Viveros del Gobierno de Navarra consolidadas y propuestas:

-Construcciones permanentes.

-Instalaciones desmontables: Invernaderos y bancadas en las zonas de endurecimiento.

-Condiciones de actuación en la edificación.

Las establecidas en las Normas Urbanísticas Generales.

Para la actividad de los Viveros del Gobierno de Navarra se establecen las siguientes determinaciones específicas:

1) Conservación y reforma: Actuación directa. Son actuaciones permitidas.

2) Ampliación, sustitución y nueva edificación: Actuación directa. Son actuaciones permitidas.

a. Alineaciones: Las grafiadas en los planos.

Los edificios que quedan fuera de la alineación grafiada se consolidan. Podrán realizarse en ellos obras de conservación y reforma, pero no de ampliación. En caso de sustitución, los nuevos edificios se ajustarán a la alineación establecida.

b. Alturas máximas: Planta baja. H ? 4 m.

Se prohíbe la construcción de sótano.

c. Ocupación de parcela: Se podrá ampliar la ocupación actual con actividades constructivas permanentes hasta un máximo del 5% del área.

La ocupación con instalaciones desmontables podrá incrementarse hasta un máximo del 30% del área, en el caso de las que utilicen como sustrato el suelo existente, o hasta un máximo del 15% del área, en el caso de que conlleven aportación de un nuevo sustrato sobre el suelo.

-Otras condiciones pormenorizadas.

Cerramientos de parcela: Será único para toda el área, y se resolverá con soluciones constructivas ligeras que cuenten con un implemento vegetal en toda su extensión.

Se conservará, en razón de su condición de alineación arbolada protegida por el Catálogo de Patrimonio Natural del Plan General Municipal, la alineación de árboles que flanquea el camino de Miluce en el límite Este del área.

Las actuaciones que se llevan a cabo deberá adoptar medidas estructurales para minimizar los riesgos de producción de daños en personas y bienes, tales como elevación de la cota de la planta baja para evitar la avenida de 100 años.

Código del anuncio: L1019600