BOLETÍN Nº 153 - 17 de diciembre de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ANSOÁIN

Corrección de errores de anuncio de aprobación definitiva
de la modificación puntual pormenorizada del Plan Municipal
en la parcela urbana 8-B de la unidad UI

Advertido error por omisión de Anexo en la publicación efectuada en el Boletín Oficial de Navarra número 144, de 26 de noviembre de 2010, página 15577, se procede a su corrección insertando a continuación el anexo omitido.

Por otra parte, donde dice 28 de octubre debe decir 8 de octubre.

Pamplona, 26 de noviembre de 2010.-Servicio de Boletín Oficial.

REGULARIZACION DE USOS DETALLADOS

Cuadro normativo

USOS PORMENORIZADOS

RESIDENCIAL COLECTIVA

RESIDENCIAL UNIFAMILIAR

INDUSTRIAL Y ALMACENAJE

COMERCIAL

USOS TERCIARIOS

USOS ESPECIFICOS

Libre Privado (9)

Sotanos Semisotanos Existentes

Sotanos Semisotanos Nuevos

P. Baja

y

Entrepl.

P.

Primera

P. Elevadas

Libre Privado (9)

Sotanos Semisotanos Existentes

Sotanos Semisotanos Nuevos

Pl. sobre Rasante

Libre Privado (9)

Semisotanos Sotanos

P. Baja Entreplanta Plantas Elevadas

Libre Privado
(9)

Semisotanos Sotanos

P. Baja Entreplanta Plantas Elevadas

Libre

Privado

(9)

Semisotanos Sotanos

P. Baja Entreplanta Plantas Elevadas

USOS DETALLADOS. MAS USUALES

RESIDENCIAL

RESIDENCIA FAMILIAR

(vivienda y apartamento)

SI

SI

SI

RESIDENCIA UNIFAMILIAR

SI(1)

SI(1)

SI

RESIDENCIA COMUNITARIA

(estudiantes, ancianos,

religiosos...)

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

RESIDENCIA EVENTUAL

(hotel, pensión...)

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI(11)

OTROS USOS PROPIOS

(despachos profes,

academias...)

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

INDUSTRIAL Y ALMACENAJE

INDUSTRIA (7)

SI(7)

SI(7)

TALLERES y ALMACENES

INOCUOS

SI(4)

SI(4)

SI

SI

TALLERES NO INOCUOS

SI(7)

SI(7)

ALMACENES NO INOCUOS (6)

SI(5)

SI(5)

SI(7)

SI(7)

ALMACENES VINCULADOS

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

COMERCIAL Y TERCIARIO

COMERCIO

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

BARES-CAFETERIAS-RESTAURANTES

SI

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

OFICINAS Y USOS

TERCIARIOS

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

ESPECTACULOS

(cine, teatro...)

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

OCIO

bingo, billares, salas máquinas electrónicas...)

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

SI(8)

SI

DISCOTECA

INSTITUCIONAL

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

EQUIPO PRIVADO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

USO ESPECIFICO

DETERMINADO POR EL PLAN

SI

EQUIPAMIENTO PUBLICO

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

GASOLINERA

SI(10)

SI(10)

OTROS USOS COMPLEMENTARIOS

TRASTEROS

SI

SI

SI(2)

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

INSTALACIONES PROPIAS

SI

SI

SI(3)

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

GARAJES

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

GUARDA-CUSTODIA

DE CAMIONES Y AUTOBUSES

SI

SI

SI

SI

REGULACIÓN DE USOS DETALLADOS

Cuadro normativo

Almacenes vinculados: Se refiere a los vinculados a otra actividad.

Usos específicos: Se refiere a un uso concreto previsto por el Plan: Hotel.

(1) Únicamente bodegas.

(2) Hasta 100 m² de superficie.

(3) Las calderas de calefacción y agua caliente sanitaria, para uso del inmueble, tienen la limitación de 500.000 Kc/h.

(4) No se admiten las instalaciones de almacenamiento de combustibles líquidos o gaseosos.

(5) Con las siguientes limitaciones pueden establecerse los siguientes usos. El resto quedan prohibidos.

Almacenes:

Superficie máxima 200 m². Potencia máxima: 5 Kw. Dotados de superficie interior de carga y descarga y sin elementos mecánicos fijos.

(6) No se admiten corrales domésticos, instalaciones para la cría y guarda de perros.

(7) A los exclusivos efectos de este Plan Municipal se consideran actividades industriales, de talleres y almacenes conformes con el planeamiento los siguientes:

-Las actividades existentes, no declaradas fuera de ordenación por incompatibles con el planeamiento.

-Taller de reparación anejo a compraventa de automóviles.

-Fabricación de muebles de madera.

-Fabricación de muebles metálicos.

-Tipografías (imprentas).

-Industrias de la prensa periódica.

-Fabricación de medicamentos químicos.

-Fabricación de productos aromáticos.

-Construcciones metálicas y caldererías.

-Construcción de maquinaria, exceptuando la maquinaria eléctrica.

-Almacenes al por mayor de carne sin frigorífico.

-Almacenes al por mayor de alcoholes.

-Almacenes al por mayor de artículos de droguería.

-Almacenes al por mayor de artículos de perfumería.

-Almacenes al por mayor de artículos de limpieza.

-Almacenes al por mayor de artículos farmacéuticos.

-Almacenes textil.

-Laboratorios cinematográficos.

-Talleres de tintorería-quitamanchas y de limpieza y planchado.

Podrán admitirse aquellas otras actividades industriales cuyo impacto urbanístico y ambiental sea similar a las anteriormente citadas.

(8) Se permite hasta un máximo del 30% de la superficie ocupable en planta baja.

(9) En el espacio definido por el Plan como libre privado, o que quedase como espacio libre privado por no ocuparse la totalidad de la parcela con edificación, se podrá ocupar el subsuelo con los usos permitidos en el sótano y semisótano, y en todo caso con el uso de aparcamiento y dependencias de instalaciones.

También podrá utilizarse el espacio libre privado para resolver necesidades de aparcamiento.

(10) Solamente en la manzana G del Sector ST.

(11) Solamente en la parcela P8B de la UI, (Unidad UPI 1).

Código del anuncio: L1019643