BOLETÍN Nº 153 - 17 de diciembre de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1745/2010, de 9 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se modifica la Declaración de Impacto Ambiental formulada por Resolución 2445/2007, de 28 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua sobre el "Estudio Informativo de la construcción de la carretera N-121-B, Tramo Irurita-Elizondo", promovido por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, establece en su artículo 57 el Procedimiento de modificación no sustancial de la declaración de impacto ambiental a propuesta del promotor.

En el condicionado ambiental recogido en el punto 2.º de la indicada Resolución 2445/2007, de 28 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua se establecía que "No se construirán vados, ni badenes en los ríos Baztán y Artesiaga. Los trabajos se ejecutarán desde cada una de sus orillas, no realizándose el cruce de la maquinaria por el cauce. Para ello, se deberán planificar los trabajos adecuadamente a cada lado de las orillas de los ríos afectados. Tampoco se realizarán rellenos para la ubicación de las grúas de colocación de vigas por lo que éstas se deberán colocar mediante lanzaderas".

Mediante oficio de 16 de agosto de 2010 el Servicio de Caminos y Construcción remite documentación denominada Propuesta de Diversas actuaciones en Cauces Fluviales por las Obras de la Variante Irurita a Elizondo: Regata Artesiaga, Río Baztán y Arroyo Baguerdi en el que se propone la ejecución de un vado provisional en el arroyo Baguerdi, otro en el río Baztán y una pequeña ataguía en el arroyo Artesiaga. Por tanto, en cuanto al arroyo Artesiaga y al río Baztán supone la necesidad de modificar el condicionado de la indicada resolución.

La justificación aportada para dicha propuesta es que permitirá construir los Viaductos 1, 2 y 3 de esta obra y mover las tierras provenientes de los desmontes y de los préstamos, sin salir de la traza abierta y sin necesidad de utilizar las carreteras de la zona (NA-4404, NA-4405, NA-4445 y N-121-B) y diversas calles de Irurita hasta la carretera N-121-B.

En la documentación entregada se indica que una vez iniciada la obra se ha producido un importante cambio en el capítulo de movimientos de tierras por la baja aptitud de los materiales de desmonte para la ejecución de los terraplenes en contra de lo previsto en el proyecto licitado. Por ello se ha tramitado un préstamo vertedero en la orilla izquierda del río Baztán que supone la necesidad de cruzar dicho río para mover materiales desde el préstamo hacia las zonas de terraplén y desde las zonas de desmonte hacia el hueco del préstamo que funcionará como vertedero.

También se indica que no es viable la ejecución del viaducto de Artesiaga sin ejecutar la ataguía propuesta.

La propuesta de vado en el río Baztán consistirá en la ubicación de una batería de 3 tubos de drenaje de 1,8 m de Ø sobre el que se efectuará un relleno al norte y en paralelo del trazado del futuro viaducto que permitirá el recorrido de los vehículos de transporte de tierras de la obra perpendicularmente al cauce. El vado del arroyo Baguerdi será de un sólo tubo de las mismas características que el anterior. Ambas propuestas se hacen para unos 4 o 5 meses durante el plazo de obra.

En cuanto a la ataguía del arroyo Artesiaga, se efectuará un relleno de unos 20 m de largo y unos 5 m de anchura que afectará a la orilla derecha del arroyo antes del puente viejo de Iezabal ocupando ligeramente su cauce. Esta ataguía permanecerá construida durante unos 2 meses.

La documentación entregada, además, incluye un estudio de alternativas valorando la nueva propuesta en relación a posibles trayectos para el movimientos de las tierras sin ejecutar el vado del río Baztán siendo sensiblemente más sencillo el uso de dicho vado concluyendo que la nueva propuesta es la única que hará viable el cumplimiento del proyecto licitado ya que de otro modo se obstaculizará el desarrollo de los trabajos previstos.

El Servicio de Calidad Ambiental informa que la propuesta está suficientemente justificada ya que permitirá ejecutar en terreno seco el montaje de vigas y la construcción de las zapatas de la pila 2 (excavación, cimentación pilotaje, grúas de encofrado, etc.) del viaducto 1 correspondiente con el cruce del arroyo de Artesiaga y, en cuanto al vado del río Baztán, permitirá evitar el transporte de unos 150.000 m³ a 170.000 m³ de materiales por las indicadas calles y carreteras de la zona (unos 240 camiones bañera cada día durante 5-6 meses) que en su lugar se llevarán por la traza abierta de la nueva variante mediante el empleo de extravíales durante unos 4 meses. La documentación incluye una adecuada valoración ambiental de la propuesta e incluye nuevas medidas correctoras para reducir el impacto sobre ambos cauces y sobre la flora y fauna asociada a ellos.

Esta modificación no supone un cambio en el diseño del proyecto ni en el ámbito territorial del mismo pero si en sus posibles afecciones así como en las medidas correctoras establecidas para él, en el proceso de evaluación de impacto ambiental al que fue sometido.

En cuanto a la ejecución de la ataguía la afección a los hábitats ribereños es semejante a la inicialmente prevista ya que se efectúa igualmente el desbroce de la vegetación existente en esa orilla. En el caso del vado del río Baztán es ligeramente mayor ya que se afecta una masa de vegetación debido a la ejecución del vado en paralelo a la zona afectada por el propio viaducto.

De acuerdo con el indicado artículo 57 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, teniendo en cuenta que el promotor y el órgano sustantivo coinciden, mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 123 de 11 de octubre de 2010 se sometió a información pública la propuesta durante 15 días hábiles. Durante ese periodo no se han recibido alegaciones.

Tras ese periodo de información pública el Servicio de Calidad Ambiental informa que las afecciones a los hábitats ribereños es ligeramente mayor a la inicialmente pero asumible y recuperable tras la aplicación de las medidas correctoras previstas, especialmente en cuanto a la restauración y revegetación de las orillas y del cauces.

Los tramos del río Baztán y del arroyo Artesiaga afectados por la nueva propuesta se incluyen dentro del Lugar de Importancia Comunitaria ES2200023 "Desembocadura del Arroyo Artesiaga". La afección de los cauces y lechos de ambos tramos, no estaba prevista inicialmente pero es asumible si se da el cumplimiento de las medidas correctoras oportunas. Además dicha afección es reversible ya que tras las obras se restituirá la sección del cauce que existía previamente.

Por tanto, se acuerda dicha modificación en cumplimiento del indicado artículo 57 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, estableciendo las condiciones ambientales oportunas para que se mantenga el carácter favorable de la declaración de impacto ambiental de este proyecto.

En consecuencia, a la vista de los informes obrantes en el expediente, de conformidad con el artículo 1.d de la Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se delega el ejercicio de competencias en materia medioambiental,

RESUELVO:

1.º Se aprueba la modificación no sustancial de la Declaración de Impacto Ambiental formulada por Resolución 2445/2007, de 28 de noviembre, del Director General de Medio Ambiente y Agua sobre el "Estudio Informativo de la construcción de la carretera N-121-B, Tramo Irurita-Elizondo", promovido por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, indicando que está justificado y es ambientalmente viable la ejecución con condiciones de la propuesta de un vado provisional en el arroyo Baguerdi, otro en el río Baztán y una pequeña ataguía en el arroyo Artesiaga para el correcto desarrollo del proyecto de esa variante.

2.º La propuesta se ejecutará siguiendo el condicionado ambiental incluido en la documentación informada por la Resolución 2445/2007, de 28 de noviembre y cumpliendo además las siguientes condiciones cuya ejecución se considera necesaria para la minimización de los impactos así como para recuperar rápidamente la realidad física y natural afectada temporalmente por su desarrollo:

-Se deberá garantizar que en aguas bajas pasa suficiente volumen de agua por los vanos.

-Si existe suficiente caudal se sustituirán los tubos propuestos en el vado del río Baztán por una batería de 2 o 3 marcos que en conjunto posean la sección necesaria.

-La parte baja de los marcos y del tubo se enterrará en los materiales del lecho para evitar que la falta de rugosidad y la solidez del hormigón afecten a la movilidad de la fauna acuática de la zona.

-Las ataguías y vados se harán con materiales rocosos para evitar que las aguas de esos cauces tanto si vienen bajas como en avenida, arrastren los finos que se hayan empleado en su ejecución.

-Se deberá entregar una propuesta de restauración para cada una de las tres actuaciones que incluya una definición detallada de las acciones a ejecutar y, especialmente, se describirá y presupuestará la revegetación de las orillas de los tres cauces afectadas por estos trabajos. El plazo de ejecución de dicha restauración será diciembre de 2011.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento en cumplimiento del artículo 57 del Decreto Foral 93/2006 de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Departamento de Obras Públicas, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Servicio de Conservación de la Biodiversidad y al Ayuntamiento del Valle de Baztán, a los efectos oportunos.

Pamplona, 9 de noviembre de 2010.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

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