BOLETÍN Nº 153 - 17 de diciembre de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 682/2010, de 8 de noviembre, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto eléctrico en baja tensión de la línea aérea aislada y distribución eléctrica interior para instalación de nave de ovino en Leache, en la parcela 705 del polígono 5, promovido por S.C.A. Sola Irurozqui, J y E.

Con fecha 5 de marzo de 2010 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Dicho expediente se incluye en el Anexo 2C epígrafe O del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo de Intervención para la Protección Ambiental.

La línea se ha previsto en 230/400 V de tensión y 143,4 kW de potencia y una longitud total de 368 ml, de los que 268 corresponden a aéreo y 100 ml van en canalización en zanja. El tramo aéreo, que consta de 7 vanos, se tiende sobre postes de hormigón de 11 m de altura, alineados con el camino que parte hacia el Norte desde la población. Los tramos enterrados se incluirán en zanja de 0,8 m de profundidad y seccionados en arquetas de 60x60 cm en su punto de partida y final y junto a los apoyos de amarre. La zanja irá hormigonada, en su recorrido por suelo urbanizado y en tierras por la parcela 705 hasta la nave. Los conductores irán aislados con polietileno reticulado y se incluirán en manguera de 160 mm de PVC en el caso de los conductores incluidos en la zanja.

Se ha recibido informe municipal favorable e informe favorable de Sección de Planeamiento Urbanístico Municipal el día 7 de mayo de 2010.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral se establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Conceder Autorización de Afecciones Ambientales al Proyecto eléctrico en baja tensión de la línea aérea aislada y distribución eléctrica interior para nave ovina en Leache, parcela 705 del polígono 5, promovido por S.C.A. Sola Irurozqui, J y E.

2.º La presente Autorización estará sujeta a la aplicación de las siguientes medidas correctoras:

-El tramo aéreo que discurre por la parcela 705 puede llevarse a cabo enterrado en zanja, en caso de ser considerado adecuado por el promotor.

-Al inicio de las obras se desbrozará la tierra vegetal (horizonte superficial fértil del suelo) y se acopiará separadamente del resto de las tierras de excavación, utilizándola para relleno de la parte superior de de zanja para la restitución de la naturalidad del suelo afectado por la línea soterrada. El resto de los sobrantes que se pudieran producir, distintos a tierra vegetal, serán cargados y trasladados a vertedero autorizado de acuerdo con su naturaleza.

-Respecto a otras infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución de la actividad pretendida o que pudieran condicionar, en su caso, dicha ejecución, el promotor se proveerá de cuantas autorizaciones fueran precisas de los órganos competentes en razón de la materia que se trate.

3.º Esta autorización tendrá los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º La Autorización de Afecciones Ambientales del Proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 2000 euros para garantizar la restauración o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada.

5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

6.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

7.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Ayuntamiento de Leache y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de noviembre de 2010.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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