BOLETÍN Nº 140 - 17 de noviembre de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO SIETE DE PAMPLONA

Edicto. Sentencia 199/2010

Aránzazu Chocarro Úcar, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia Número Siete de Pamplona.

Doy fe: Que en el presente procedimiento se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia 199/2010. En Pamplona a catorce de octubre de 2010.

Vistos por Beatriz García Noáin, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Siete de Pamplona, los presentes autos de Juicio Ordinario 2332/2009, tramitados en este Juzgado, a instancia de Javier Lerga Esparza, representado en autos por el Procurador Alberto Miramón Gómara, contra Diop Elhadit Mamadou, representado en autos por la Procuradora Uxua Arbizu Rezusta, y contra Sibide Soumaila, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo:

Que estimando, como estimo, íntegramente, la demanda formulada por Alberto Miramón Gómara, Procurador de los Tribunales, y de Javier Lerga Esparza, contra Diop Elhadit Mamadou, representado en autos por la Procuradora Uxua Arbizu Rezusta, y contra Sibide Soumaila, declarado en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a dichos demandados a abonar a la parte actora la cantidad de 5.357,15 (cinco mil trescientos cincuenta y siete con quince) euros, más los intereses correspondientes, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Líbrese y únase testimonio y llévese el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Sibide Soumaila se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pamplona, 5 de noviembre de 2010.-La Secretaria Judicial, Aránzazu Chocarro Úcar.

Código del anuncio: J1018238

Hace cien años

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