BOLETÍN Nº 139 - 15 de noviembre de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Procedimiento 377/2010

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 0000377/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Achour Madmad contra la empresa Yahya Rahaoui y Fogasa sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Fallo:

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Achour Madmad frente a la empresa Yahya Rahaoui y Fogasa, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 8.763,01 euros (ocho mil setecientos sesenta y tres euros con un céntimo) y absuelvo al Fogasa de todos los pedimentos contra el mismo deducidos, sin perjuicio de las responsabilidad subsidiaria que legalmente pudiera corresponderle.

Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado, Graduado Social Colegiado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado o Graduado Social Colegiado que le dirija el Recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,00 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el grupo banesto (Banco Español de Crédito Sociedad Anónima, Banco de Vitoria Sociedad Anónima), sucursal de la Calle Cortes de Navarra número Cinco, de Pamplona y cuenta número 3159, procedimiento número 3159 0000 65 0377 10. Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3159 0000 67 0377 10, la cantidad objeto de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Yahya Rahaoui, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones. Se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Pamplona, 29 de octubre de 2010.-La Secretaria Judicial, Aranzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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