BOLETÍN Nº 13 - 29 de enero de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Edicto de notificación
Demanda 0000685/2009

En el procedimiento de Demanda, número 0000685/2009, seguido en este Juzgado a instancia de Roberto Carcas Pérez, Alfredo Escribano Alava, Oscar Lacarra Luna, Iñigo Lorente Pejenaute, Joseba Martínez Bouzas y Bárbara Monyano Laborda contra Electrofrío Navarra Sur, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que estimando la demanda de cantidad interpuesta por Roberto Carcas Pérez, Alfredo Escribano Álava, Oscar Lacarra Luna, Iñigo Lorente Pejenaute, Joseba Martínez Bouzas y Bárbara Moyano Laborda frente a Electrofrío Navarra Sur, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las cantidades que a continuación se detallan:

DEMANDANTES

INDEMNIZACIÓN 60%

SALARIO

Roberto Carcas Pérez

2.816,76

9.500,98

Alfredo Escribano Alava

4.565,52

9.975,89

Oscar Lacarra Luna

11.293,20

16.694,01

Iñigo Lorente Pejenaute

4.348,20

9.500,98

Joséba Martínez Bouzas

4.286,52

9.500,98

Barbara Moyano Laborda

6.920,76

10.184,04

Devengando las cantidades salariales el 10 por 100 de interés por recargo de mora, y condenando al Fogasa a estar y pasar por esta declaración.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se advierte a la empresa que si recurre deberá acompañar al anuncio justificante de haber ingresado 150 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cta: 4148.0000.65.0685 09 en la sucursal del Banesto de la calle Cortes de Navarra (Oficina número 0030-8025), y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y oficina, esta vez con número de cuenta 4148.0000.67 0685 09, la cantidad objeto de condena. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria habrá de consignarse como clave de la oficina receptora el número 8025.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de Justicia Gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Electrofrío Navarra Sur, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 13 de enero de 2010.-La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

Código del anuncio: J1000544