BOLETÍN Nº 126 - 18 de octubre de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Edicto. Cédula de notificación. Procedimiento 613/2010

Alfonso Pérez Ruiz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 613/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Ángel González Antoñanzas contra la empresa Instalaciones Sanca, S.L. y FOGASA, sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que estimando la demanda formulada por Ángel González Antoñanzas contra Instalaciones Sanca, S.L. y FOGASA, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando a la empresa demandada a que, a su elección, que deberá manifestar en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, le readmita en su mismo puesto de trabajo o le indemnice en la suma de 34.445,59 euros, entendiéndose que de no hacerlo en el plazo indicado opta por lo primero, y en todo caso con abono de los salarios dejados de percibir desde el día siguiente al de la fecha de efectos del despido (es decir, desde el día 30 de julio de 2010) hasta la de la notificación de la sentencia, a razón de 74,68 euros diarios, teniéndose por demandado al FOGASA a los efectos legales procedentes.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,00 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, con referencia expediente: 4148 0000 65 0613 10 en la entidad Banesto, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y Cuenta, esta vez con la referencia: 4148 0000 67 0613 10, la cantidad objeto de condena, indemnización y salarios de tramitación. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria habrá que consignarse en la cuenta 0030.1846.42.0005001274, indicando como concepto las referencias citadas.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado o Graduado Social colegiado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de Justicia Gratuita.

Se hace saber a la empresa que la opción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social, dentro del plazo de cinco días desde la notificación de la Sentencia que declara el despido improcedente, sin esperar a la firmeza de la misma, si fuera la de instancia, y, a su vez, que en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o indemnización, se entiende que procede la primera.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Instalaciones Sanca, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones. Se harán fijando una copia de la resolución en el tabón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Pamplona, 29 de septiembre de 2010.-El Secretario Judicial, Alfonso Pérez Ruiz.

Código del anuncio: J1016115