BOLETÍN Nº 119 - 1 de octubre de 2010

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

EGÜÉS

Resoluciones sancionadoras

No habiendo podido practicarse la notificación de las resoluciones sancionadoras en los expedientes incoados que se detallan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se procede a la notificación de las mismas mediante la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia de los denunciados.

1. Nombre y Apellidos del sancionado: Don Íñigo Rodríguez Áriz (D.N.I. 44***930P). Incoación expediente: Decreto Alcaldía número 268/2010, de 19 de abril. Resolución Sancionadora: Decreto de Alcaldía número 597/2010, de 24 de agosto. Infracción cometida: Generar ruidos que perturban el descanso de los vecinos. Por los Policías Municipales del Ayuntamiento del Valle de Egüés números 022 y 018, mediante Informe de Policía Municipal de 31 de marzo de 2010 en el que se hace constar que el 22 de marzo de dos mil diez y sobre las 22:45 horas, se están generando ruidos en la vivienda de la calle Selva de Irati número 4 -1.º A, de Sarriguren. En concreto, según el Informe de los Agentes denunciantes, la fuente del ruido procede de dicha vivienda por causa de la música a gran volumen, realizándose un acta de medición de ruido con resultado positivo, siendo la persona responsable de la citada infracción don Íñigo Rodríguez Áriz. Preceptos infringidos: 35 g) de la Ordenanza municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos en el término municipal del Valle de Egüés, en el que se tipifica como infracción grave la reincidencia en infracciones leves, consistentes éstas en la generación de ruidos que perturban el descanso de los vecinos (artículo 36 a) de la Ordenanza Municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos en el Valle de Egüés, en el que se considera infracción leve perturbar levemente la convivencia ciudadana mediante actos que incidan en la tranquilidad o en el ejercicio de derechos legítimos de otras personas"; Así el Artículo 7.3 (Título III, Capítulo I) indica que no está permitido provocar ruidos que perturben el descanso de los vecinos; y el Artículo 20.1 de dicha Ordenanza, en el que se señala que todos los ciudadanos están obligados a respetar la tranquilidad y el descanso de los vecinos y a evitar la producción de ruidos que alteren la normal convivencia. Importe de la multa: 600,50 euros.

2. Nombre y Apellidos del sancionado: Don Anthony Xavier Vidal (Documento número X99***77G). Incoación expediente: Decreto de Alcaldía número 257/2010, de 19 de abril. Resolución Sancionadora: Decreto de Alcaldía número 603/2010, de 25 de agosto. Infracción cometida: Se comprueba la existencia de un perro, en condiciones higiénica-sanitarias indebidas, en el jardín de la vivienda de la calle Urbasa 123 de Sarriguren, en fecha 24 de febrero de 2010, sobre las 21:40 horas; En concreto, el animal se encuentra en un jardín muy descuidado, en el que se observan gran cantidad de deposiciones y suciedad, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por los Policías Municipales del Ayuntamiento del Valle de Egüés números 018 y 045 y en el Informe de Policía Municipal número 663-10 de fecha 24 de febrero de 2010, siendo la persona responsable de la citada infracción don Anthony Xavier Vidal. Preceptos infringidos: artículo 24.3 b) de la Ley Foral 7/1994 de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.3.b) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción grave el mantenimiento de los animales en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higiénico-sanitario, o en condiciones higiénico-sanitarias indebidas. Importe de la multa: 375,63 euros.

El importe de las multas deberá abonarse por los sancionados en el plazo de un mes a contar de la presente notificación. Caso contrario se procederá vía apremio con los recargos legalmente procedentes.

La cuantía de las multas queda reducida en un 30 por ciento, si el sancionado, muestra su conformidad con la sanción, realiza el abono de la misma dentro del plazo de un mes desde su notificación, y renuncia por escrito a toda acción impugnatoria.

Contra las citadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de este edicto.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este edicto.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto.

Asimismo, se les manifiesta que los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento del Valle de Egüés sitas en calle San Martín, 26 donde podrán examinarlo de ocho treinta a catorce treinta horas en días laborables de lunes a viernes.

Egüés, 20 de septiembre de 2010.-El Alcalde, José A. Andía García de Olalla.

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