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BOLETÍN Nº 117 - 27 de septiembre de 2010
1. Comunidad Foral de Navarra
1.4. Subvenciones, ayudas y becas
RESOLUCIÓN 333/2010, de 21 de septiembre, de la Directora General de Transportes, por la que se por la que se modifican las bases de la convocatoria de subvenciones correspondientes a la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados".
Mediante Resolución 178/2010, de 28 de mayo, de la Directora General de Transportes se aprobó la convocatoria de subvenciones correspondientes a la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados". Dicha Resolución se publicó en el Boletín Oficial de Navarra, número 68, de 4 de junio de 2010.
El Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes ha propuesto la modificación de las bases que rigen dicha convocatoria a fin de agilizar la tramitación de las solicitudes, tanto para las entidades colaboradoras como para los beneficiarios de las ayudas, así como para posibilitar el reconocimiento de la condición de entidad colaboradora para la gestión de estas subvenciones a los talleres de reparación que obtengan el número de registro especial en electricidad y mecánica o de reparación de neumáticos del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo con posterioridad a la publicación de dicha convocatoria. En este sentido, se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de adhesión como entidad colaboradora.
En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 7 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y por el artículo 28 del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
RESUELVO:
1.º Modificar las bases de la convocatoria de subvenciones correspondientes a la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados", aprobada por Resolución 178/2010, de 28 de mayo, de la Directora General de Transportes, que quedan redactadas en la forma que se recoge en el Anexo I de esta Resolución.
2.º Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Indicar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 21 de septiembre de 2010.-La Directora General de Transportes, Susana Labiano Bastero.
ANEXO I
Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones correspondientes a la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados"
Base 1.-Objeto.
La finalidad de las subvenciones de la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados" es contribuir a mejorar la seguridad de los vehículos y a reducir el impacto de la crisis en el sector del transporte, tener un impacto medioambiental positivo y repercutir en el mantenimiento de los puestos de trabajo de las empresas dedicadas a la reparación de vehículos y de fabricación de piezas.
Base 2.-Elementos subvencionables e importe de las ayudas.
1. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por reparación y serán subvencionables únicamente aquellos recambios que tengan relación con alguno de los siguientes elementos:
1.1. Mecanismos de seguridad activa:
a) Frenos.
b) Dirección.
c) Suspensiones.
d) Amortiguadores.
e) Ejes.
f) Iluminación.
g) Neumáticos y llantas.
1.2. Mecanismos de seguridad pasiva:
a) Cinturones.
b) Airbags.
1.3. Mecanismos de emisiones:
a) Sistemas de expulsión de gases.
b) Catalizadores.
2. Se subvencionarán únicamente los recambios de las reparaciones en vehículos de las siguientes categorías establecidas en la Directiva 2001/116/CE:
2.1. Categoría M: Vehículos a motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
a) Categoría M1: Vehículos de 8 plazas como máximo (excluida la del conductor) diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
b) Categoría M2: Vehículos con más de 8 plazas (excluida la del conductor) cuya masa máxima no supere las 5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
c) Categoría M3: Vehículos con más de 8 plazas (excluida la del conductor) cuya masa máxima supere las 5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
2.2. Categoría N: Vehículos de motor con al menos 4 ruedas diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.
a) Categoría N1: Vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.
b) Categoría N2: Vehículos cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas e inferior a 12 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.
c) Categoría N3: Vehículos cuya masa máxima supere las 12 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.
2.3. Categoría O: Remolques (incluidos los semirremolques).
a) Categoría O1: Remolques con una masa máxima que no supere las 0,75 toneladas.
b) Categoría O2: Remolque cuya masa máxima sea superior a 0,75 toneladas e inferior a 3,5 toneladas.
c) Categoría O3: Remolques cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas e inferior a 10 toneladas.
d) Categoría O4: Remolques cuya masa máxima supere las 10 toneladas.
3. Los importes de las ayudas serán los siguientes:
3.1. Vehículos de las categorías M1, N1 y O1: el 15% del importe de los recambios establecidos en el apartado 1 de esta base reguladora, hasta un máximo de 100 euros por vehículo.
3.2. Vehículos de las categorías M2, M3, N2, N3, O2, O3 y O4: el 15% del importe de los recambios establecidos en el apartado 1 de esta base reguladora, hasta un máximo de 150 euros por vehículo.
4. El máximo de solicitudes a subvencionar será:
4.1. Beneficiarios incluidos en el apartado 1.1. de la base 3 de la presente convocatoria: 1 vehículo.
4.2. Beneficiarios incluidos en el apartado 1.2. de la base 3 de la presente convocatoria: 3 vehículos.
4.3. Beneficiarios incluidos en el apartado 1.3. de la base 3 de la presente convocatoria: 5 vehículos.
5. Las ayudas comprendidas en esta convocatoria deberán realizarse en una única reparación por cada vehículo, acreditada mediante una única factura.
6. Exclusiones de la subvención:
6.1. En ningún caso se subvencionarán las sustituciones de elementos que estén en garantía o cubiertos por algún tipo de seguro.
6.2. Asimismo, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas los talleres admitidos como entidades colaboradoras.
7. Se podrán acoger a la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados" las reparaciones realizadas desde el 22 de junio de 2010 hasta la fecha de finalización de esta convocatoria. A estos efectos, se entenderá por fecha de reparación la fecha de facturación.
Base 3.-Requisitos de los beneficiarios.
1. Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas de la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados":
1.1. Las personas físicas, mayores de edad y residentes en Navarra. Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos deberán presentar copia del DNI o NIE y, en el caso de que el DNI o NIE no refleje el domicilio en Navarra, además certificado de empadronamiento en el que conste que reside en Navarra con fecha anterior a 1 de enero de 2010.
1.2. Los profesionales autónomos que ejerzan su actividad en Navarra, lo que se acreditará mediante la presentación de copia del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o, en el caso de no habérsele girado ningún recibo, justificante de hallarse dado de alta en el Registro del citado Impuesto.
1.3. Las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMEs) que ejerzan su actividad en Navarra, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que ocupen a menos de 250 personas.
b) Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
c) Que no participe o esté participada por otras empresas en la medida de lo dispuesto en el Anexo 1 del Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008.
Los criterios señalados en el presente punto deberán ser los correspondientes al último ejercicio contable cerrado antes de la fecha de solicitud de la subvención. Si en la fecha de publicación de esta convocatoria la empresa no hubiera cerrado ningún ejercicio, la concesión de la ayuda quedará condicionada a que en la primera fecha de cierre cumpla los citados límites.
La acreditación de reunir los requisitos de este apartado 1.3 se realizará mediante la presentación de copia del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, y de la declaración responsable sobre la condición de PYME que se incluye en el formulario de solicitud.
2. Los beneficiarios deberán estar al corriente del pago del impuesto de circulación y del seguro obligatorio de cada uno de los vehículos por los que soliciten la ayuda, lo que se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud. El Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes podrá requerir al solicitante, en cualquier momento, la documentación que acredite el cumplimiento de este requisito.
3. Los beneficiarios deberán ser titulares de los vehículos por los que solicitan la ayuda, y dichos vehículos deberán tener el permiso de circulación expedido en Navarra, lo que se acreditará mediante la presentación de una copia del mismo.
4. Los solicitantes deberán cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.
Base 4.-Entidades colaboradoras: requisitos y procedimiento de adhesión.
Podrán actuar como entidad colaboradora en la gestión de las subvenciones de la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados" las personas físicas o jurídicas, que cumpliendo los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley Foral de Subvenciones realicen una actividad de reparación de vehículos en un establecimiento abierto en Navarra con número de registro especial en electricidad y mecánica concedido por el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo y, para los vehículos comprendidos en el apartado 3.2 de la Base 2, los talleres con número de registro especial de reparación de neumáticos concedido por dicho Departamento.
El documento de adhesión como entidad colaboradora se tramitará en los impresos normalizados elaborados al efecto, los cuales podrán obtenerse en la página web del Gobierno de Navarra y en la de la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos (ANTRV).
El taller de reparación deberá imprimir el documento de adhesión y, una vez firmado, presentarlo en el Registro del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Avenida San Ignacio, 3, 31001 Pamplona) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Este documento podrá presentarse durante todo el periodo de vigencia de esta convocatoria.
El documento de adhesión deberá ir acompañado de la copia del DNI o NIE de la persona firmante, que deberá ser el representante del taller y tener poderes legales para dicha representación, del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas (epígrafe 691.2), y del certificado del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo de tener concedido el número de registro especial en electricidad y mecánica, o de reparación de neumáticos.
La Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos podrá intermediar en la presentación de solicitudes de adhesión de los talleres de reparación como entidades colaboradoras, recibiéndolas de los interesados y registrándolas en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, mediante una instancia general en la que figure el número de solicitudes y la relación de solicitantes, que irá acompañada de los documentos de adhesión y la documentación obligatoria.
La Dirección General de Transportes comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos para ser entidad colaboradora y resolverá las solicitudes presentadas.
Si la documentación no estuviera completa o no reuniera los requisitos establecidos, se requerirá su subsanación, con el apercibimiento de que transcurrido el plazo de 10 días sin que así se hiciera se tendrá al taller por desistido de su solicitud de adhesión.
Los derechos y obligaciones de las entidades colaboradoras de convocatoria de subvenciones de la "Medida anticrisis: Plan puesta a punto 2010: Vehículos turismos y pesados" serán los establecidos en el documento de adhesión.
La solicitud de adhesión al citado Plan conllevará la asunción de los derechos y obligaciones establecidas en la Ley Foral de Subvenciones y los derivados de las presentes ayudas; a tal fin se utilizará el formulario que estará disponible en la ficha de la ayuda en la página web del Gobierno de Navarra.
Base 5.-Procedimiento de actuación.
1. Los solicitantes de la subvención y las entidades colaboradoras deberán actuar conforme al procedimiento que se señala a continuación:
El cliente se dirigirá a una entidad colaboradora y solicitará la realización de un chequeo al vehículo. A tal fin puede consultar el "Listado de entidades colaboradoras" en la ficha de la ayuda en la página web del Gobierno de Navarra y en la página web de la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos.
La entidad colaboradora deberá comprobar que el cliente no ha solicitado anteriormente esta subvención para el mismo vehículo. Dicha comprobación podrá efectuarse en la aplicación informática habilitada al efecto o en el centro de llamadas que la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos pondrá a su disposición para esta finalidad.
2. La entidad colaboradora, tras comprobar que el cliente cumple los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención, reservará la cantidad máxima de la ayuda por un plazo máximo de 7 días naturales. En dicho plazo realizará un chequeo gratuito al vehículo, cuya ejecución constará en un documento modelo descriptivo de la revisión realizada, y que firmarán un representante del taller y el solicitante, y en ese mismo plazo deberá llevar a cabo la reparación.
3. Si se realizara sustitución o reparación en el vehículo de alguno de los elementos comprendidos en la base 2 de esta convocatoria, registrará la solicitud en la aplicación informática y convalidará la reserva de la subvención, fijando el importe de la misma. La entidad colaboradora descontará del precio de la reparación el importe de la subvención establecida en la base 2 de esta convocatoria.
Asimismo, la entidad colaboradora cumplimentará la solicitud de subvención en los impresos normalizados elaborados al efecto, los cuales podrán obtenerse en la página web del Gobierno de Navarra y en la de la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos (ANTRV). Dicha solicitud la tramitará por duplicado para que la firme el solicitante, haciéndole entrega de uno de los ejemplares, verificando que el solicitante es el titular del vehículo por el que solicita la ayuda y que dicho vehículo tiene el permiso de circulación, expedido en Navarra, y se hará cargo de la documentación requerida al cliente para justificar el derecho a la subvención, y concretamente:
-Las personas físicas: fotocopia del DNI o NIE y fotocopia del permiso de circulación del vehículo. En el caso de que el DNI o NIE no refleje el domicilio en Navarra, además certificado de empadronamiento original en el que conste que reside en Navarra con fecha anterior a 1 de enero de 2010.
-Los profesionales autónomos y las PYMEs: copia del último recibo del IAE o, en caso de no habérsele girado ningún recibo, fotocopia del justificante de hallarse dado de alta en el Registro del citado Impuesto. Así mismo deberán presentar fotocopia del permiso de circulación.
4. El expediente de cada reparación deberá incluir como mínimo la siguiente documentación:
a) Solicitud de la subvención, que incluye las declaraciones responsables que se indican en la base 3, y la documentación establecida en el apartado 3 de esta base.
b) Copia de la factura, en la que consten los siguientes datos: apellidos y DNI o NIE del cliente, elementos sustituidos, precio (con detalle de IVA e impuestos), matrícula y categoría del vehículo.
5. En el plazo máximo de un mes, la entidad colaboradora enviará toda la documentación a la Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos, para el examen y comprobación de la misma.
6. La Asociación Navarra de Talleres de Reparación de Vehículos examinará dicha documentación y comprobará que el solicitante cumple con los requisitos especificados en la convocatoria para ser beneficiario de la subvención. En el plazo máximo de 15 días desde su recepción, la Asociación remitirá la documentación recibida a la Dirección General de Transportes.
Base 6.-Plazo de solicitud.
El plazo de solicitud de la subvención se inició el día 22 de junio de 2010 y finalizará el día 31 de diciembre de 2010, o en el momento de finalización de la consignación presupuestaria prevista en la convocatoria. La Dirección General de Transportes se reserva la potestad de acordar la finalización anticipada de la medida, atendiendo a la utilidad de la misma, debiendo resolver en todo caso las solicitudes presentadas con anterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la Resolución que aprueba la finalización anticipada.
Base 7.-Criterios para la concesión de las subvenciones.
La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de evaluación individualizada, de modo que los expedientes se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario suficiente para ello.
A este respecto, el orden de presentación de las solicitudes será el correspondiente a la convalidación mencionada en el apartado 3 de la base 5.
Base 8.-Concesión de las subvenciones.
1. El Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes evaluará las solicitudes conforme a los criterios establecidos en estas bases, y elevará propuesta de concesión de la subvención a los beneficiarios y de abono a las entidades colaboradoras del importe, equivalente a la subvención, previamente descontado en la factura. En dicha propuesta de resolución se hará constar que los beneficiarios cumplen los requisitos exigidos.
2. La Directora General de Transportes será el órgano competente para resolver sobre la concesión de la subvención. La resolución se dictará y notificará a las entidades colaboradoras en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el Registro del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones. Así mismo dicha resolución se publicará en la página web del Gobierno de Navarra.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado la misma, la solicitud se entenderá desestimada. Contra la desestimación expresa o presunta los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, en el plazo de un mes.
3. En el caso de que la entidad colaboradora no haya cumplido diligentemente sus obligaciones no le será abonado el importe de la subvención descontado en la factura de compra, sin que los talleres puedan repercutirlo a los clientes. En caso de que se compruebe el incumplimiento de los requisitos establecidos en la declaración responsable por parte del solicitante de la ayuda, la entidad colaboradora quedará eximida de cualquier responsabilidad, y el importe de la subvención será exigido a los beneficiarios.
Base 9.-Obligaciones de los beneficiarios y efectos de su incumplimiento.
1. Los beneficiarios de esta subvención quedan sometidos a las obligaciones establecidas con carácter general en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones.
2. El incumplimiento por el beneficiario de alguna de sus obligaciones dará lugar al reintegro de la subvención conforme al procedimiento establecido en el artículo 35 de la Ley Foral de Subvenciones.
Base 10.-Consignación presupuestaria.
La consignación presupuestaria será de 1.490.000 euros con cargo a la partida 630000/62100/4809/441100 denominada "Medida anticrisis-28. Puesta a Punto de vehículos turismos y pesados" de los Presupuestos de Gastos de 2010. En principio se destinarán 745.000 euros a los vehículos comprendidos en el apartado 3.1. de la base 2 de esta convocatoria y 745.000 euros a los vehículos comprendidos en el apartado 3.2. de la citada base 2. Si una de dichas cuantías se agotara y hubiera sobrante en la otra podrá ampliarse una y reducirse la otra de acuerdo con la demanda y a criterio de la Dirección General de Transportes.
Base 11.-Seguimiento y control de las subvenciones.
El Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones realizará actuaciones de seguimiento y control de las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, a fin de verificar el cumplimiento por parte de los beneficiarios y de las entidades colaboradoras de los requisitos y obligaciones exigidos en la misma.
Base 12.-Ayudas de minimis.
Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de "ayudas de minimis" conforme a lo previsto en el Reglamento 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis.
De conformidad con dicho Reglamento, la ayuda total de minimis concedida a cualquier empresa no deberá exceder de 200.000 euros o de 100.000 euros para las empresas que operan en el sector del transporte por carretera, durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. A estos efectos, las empresas deben declarar en sus solicitudes que no sobrepasan los límites de ayuda establecidos en el citado Reglamento.
Base 13.-Compatibilidad.
Las subvenciones objeto de esta convocatoria son compatibles con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales. Asimismo, serán compatibles con los descuentos que las entidades colaboradoras puedan establecer para sus clientes.
En cualquier caso, el importe de las subvenciones concedidas para la realización de una misma actividad no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Base 14.-Recurso contra las bases reguladoras.
Contra estas bases reguladoras los interesados, que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Base 15.-Publicidad de las subvenciones concedidas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Foral de Subvenciones se publicarán en la página web del Gobierno de Navarra las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.
Código del anuncio: F1015553
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