BOLETÍN Nº 116 - 24 de septiembre de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ULTZAMA

Anexo de tarifas del reglamento de organización y régimen interno para la gestión del centro cívico Venta de Larraintzar de Ultzama. Aprobación definitiva

El Ayuntamiento de Ultzama, en Sesión celebrada el día 7 de abril de 2010, aprobó inicialmente el Reglamento de Organización y Régimen Interno para la gestión del Centro Cívico Venta de Larraintzar de Ultzama.

El Acuerdo de aprobación inicial ha sido publicado en el Boletín Oficial de Navarra, número 55, de fecha de 5 de mayo de 2010, y transcurrido el plazo de Exposición Pública no se han producido alegaciones al Expediente.

El Ayuntamiento de Ultzama, en Sesión celebrada el día 9 de junio de 2010, ha aprobado definitivamente el Reglamento de Organización y Régimen Interno para la gestión del Centro Cívico Venta de Larraintzar de Ultzama y el Anexo de Tarifas del mismo.

Por todo ello y de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, el Ayuntamiento de Ultzama, en Sesión celebrada el día 9 de junio de 2010, procedió a la Aprobación Definitiva del texto de dicho Reglamento y su Anexo de Tarifas a los efectos procedentes.

En el Boletín Oficial de Navarra número 98/2010 de fecha de 13 de agosto se publicó el referido Acuerdo así como el texto íntegro de dicho Reglamento, más se olvidó la publicación del "Anexo de tarifas" aprobado igualmente con dicho Reglamento.

Por todo ello por medio del presente Anuncio se procede a tal subsanación publicándose el Anexo de Tarifas, cuyo texto se expone a continuación.

Larraintzar (Valle de Ultzama), 2 de septiembre de 2010.-El Alcalde, Francisco Pérez Arregui.

NORMA FISCAL REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS
POR UTILIZACIÓN DE LAS SALAS DEL CENTRO CÍVICO
VENTA DE LARRAINTZAR DE LA ZONA DE ULTZAMA

Concepto.

Artículo 1. De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 28 y siguientes de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, se establecen en la presente Norma los precios públicos por la utilización de la salas del Centro Cívico Venta de Larraintzar, con inclusión en su caso de material audiovisual, por las personas físicas o jurídicas, organizaciones y entidades a quienes el Ayuntamiento de Ultzama autorice.

Nacimiento de la obligación de pago.

Artículo 2. Nacerá la obligación de pago del precio público una vez concedida la Autorización, y el mismo deberá realizarse, en todo caso, al menos dos días antes de la celebración del acto.

Artículo 3. El interesado podrá renunciar a la utilización con un mínimo de veinticuatro horas de antelación a la fecha señalada para el acto, en cuyo caso le será devuelto el 50% del importe del precio público.

Obligados al pago.

Artículo 4. Estarán obligados al pago del precio público las personas físicas y jurídicas que soliciten y a quienes el Ayuntamiento autorice la utilización de los locales citados, siempre teniendo en cuenta el calendario de uso vigente y la disponibilidad de los mismos. Para ello deberán presentar la solicitud al Ayuntamiento de Ultzama, siendo en todos los casos prioritaria la ocupación por parte de los usuarios habituales, esto es, actividades organizadas por las entidades locales gestoras del Centro, etc.

Utilización.

Artículo 5. Una vez solicitado el uso de alguna de las salas o espacios del Centro Cívico el Ayuntamiento de Ultzama extenderá al solicitante la correspondiente Autorización al respecto.

La solicitud deberá presentarse con una anterioridad mínima de cinco días a la fecha de utilización y la autorización escrita será otorgada con al menos 24 horas desde que la misma debe hacerse efectiva.

Bases, tipos y tarifas

Artículo 6. Las tarifas a aplicar por la utilización de los locales serán las que figuren en el Anexo de este Reglamento.

Actos exentos de pago.

Artículo 7. Quedan exentos del pago los siguientes actos:

a) Actos de tipo cultural, deportivos o cualquier otro organizados por los Ayuntamientos gestores del Centro Cívico, es decir, Ultzama, Odieta, Lantz, Atez y Anué, o por las Mancomunidades que estos Ayuntamientos tienen constituidas.

b) Actividades de Asociaciones y grupos constituidos de la zona o ámbito de los términos municipales de los Ayuntamientos gestores del Centro Cívico.

c) Escuela de Música Aralar.

Actos sujetos al pago

Artículo 8. Quedan sujetos al pago los siguientes actos:

Grupo 1.-Actos organizados por vecinos o vecinas de la zona o ámbito de los términos municipales de los Ayuntamientos gestores del Centro Cívico, a título individual, que no forman parte de grupos constituidos.

Grupo 2.-Actos organizados por sindicatos, asociaciones, entidades o agrupaciones de fuera de la zona o ámbito de los términos municipales de los Ayuntamientos gestores del Centro Cívico.

Grupo 3.-Actos organizados por empresas y organizaciones privadas o similares, o de tipo comercial, etc.

En todo caso, el Consejo de Participación del Centro Cívico conserva el derecho de excluir o no autorizar determinados actos, que no concuerden con los objetivos y fines del Centro Cívico.

ANEXO

Tarifas 2010

Epígrafe I.

A) Salón de actos.

-Cesión por hasta 4 horas.

  • Grupo 1.- 50 euros.
  • Grupo 2.- 70 euros.
  • Grupo 3.- 100 euros.

-Cesión de jornada completa.

  • Grupo 1.- 80 euros.
  • Grupo 2.- 120 euros.
  • Grupo 3.- 175 euros.

B) Salas pequeñas (números 1, 4, 5 y 6).

-Cesión por hasta 4 horas.

  • Grupo 1.- 0 euros.
  • Grupo 2.- 15 euros.
  • Grupo 3.- 30 euros.

-Cesión de jornada completa.

  • Grupo 1.- 0 euros.
  • Grupo 2.- 25 euros.
  • Grupo 3.- 45 euros.

C) Salas grandes (números 2 y 3).

-Cesión por hasta 4 horas.

  • Grupo 1.- 0 euros.
  • Grupo 2.- 30 euros.
  • Grupo 3.- 50 euros.

-Cesión de jornada completa.

Grupo 1.- 0 euros.

Grupo 2.- 45 euros.

Grupo 3.- 75 euros.

-Epígrafe II

1.-El Consejo de Participación, en un momento dado, podrá decidir por motivos de interés público que una actividad está exenta de pago aunque sea promovida o desarrollada por un grupo sujeto de pago.

2.-En caso de que por incorrecta utilización del equipamiento del Centro Cívico este sufra algún desperfecto, éste se tendrá que abonar por parte del promotor o responsable de dicha actividad.

Código del anuncio: L1014662