BOLETÍN Nº 116 - 24 de septiembre de 2010

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 9 de agosto de 2010, mediante la que declara a la empresa Tabicados y Maestreos, S.L .con C.I.F número B31971146, responsable solidario de las deudas contraídas por la empresa Asesoria y Direccion de Obras, S.L. con C.I.F. B31942576, con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Tabicados y Maestreos, S.L. la cantidad de 510.688,85 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106799856

31/10/015262818

09/08-09/08

13.595,26

0111

31106799856

31/10/015262919

06/08-06/08

1.302,63

0111

31106799856

31/10/015263020

07/08-07/08

1.275,38

0111

31106799856

31/10/015263121

08/08-08/08

1.181,60

0111

31106799856

31/10/015263222

09/08-09/08

391,23

0111

31106799856

31/10/015263323

10-08-10/08

20.417,02

0111

31106799856

31/10/015263424

09/06-09/06

9.205,22

0111

31106799856

31/10/015263525

10/06-10/06

10.990,51

0111

31106799856

31/10/015263626

10/06-10/06

87,45

0111

31106799856

31/10/015263727

02/07-02/07

17.124,17

0111

31106799856

31/10/015263828

07/06-07/06

12.601,09

0111

31106799856

31/10/015263929

01/06-06/06

130,35

0111

31106799856

31/10/015264030

07/06-12/06

308,92

0111

31106799856

31/10/015264131

01/07-03/07

2.108,68

0111

31106799856

31/10/015264232

06/07-06/07

21.605,86

0111

31106799856

31/10/015264333

07/07-08/07

1.090,60

0111

31106799856

31/10/015264434

10/07-10/07

17.955,56

0111

31106799856

31/10/015264535

11/06-12/06

776,48

0111

31106799856

31/10/015264636

11/07-11/07

18.922,17

0111

31106799856

31/10/015264737

12/07-12/07

20.035,33

0111

31106799856

31/10/015264838

01/08-01/08

17.581,12

0111

31106799856

31/10/015264939

01/07-12/07

2.655,86

0111

31106799856

31/10/015265040

01/08-02/08

715,67

0111

31106799856

31/10/015265141

02/08-02/08

17.456,59

0111

31106799856

31/10/015265242

03/08-03/08

18.103,39

0111

31106799856

31/10/015265343

04/08-04/08

472,73

0111

31106799856

31/10/015265444

09/05-09/05

16.960,38

0111

31106799856

31/10/015265545

12/05-12/05

22.975,28

0111

31106799856

31/10/015265646

01/06-02/06

1.522,02

0111

31106799856

31/10/015265747

02/06-02/06

15.847,87

0111

31106799856

31/10/015265848

03/06-03/06

164,00

0111

31106799856

31/10/015265949

03/06-03/06

14.356,06

0111

31106799856

31/10/015266050

04/06-04/06

246,26

0111

31106799856

31/10/015266151

04/04-05/04

51,02

0111

31106799856

31/10/015266252

07-04-07/04

7.521,84

0111

31106799856

31/10/015266353

04/04-04/04

7.654,66

0111

31106799856

31/10/015266454

04/04-04/04

354,06

0111

31106799856

31/10/015266555

04/06-04/06

1.025,60

0111

31106799856

31/10/015266656

06/06-06/06

1.020,36

0111

31106799856

31/10/015266757

07/06-07/06

1.046,83

0111

31106799856

31/10/015266858

09/06-09/06

1.007,96

0111

31106799856

31/10/015266959

01/06-01/06

20.782,87

0111

31106799856

31/10/015267060

10/06-10/06

536,16

0111

31106799856

31/10/015267161

01/05-12/05

1.404,13

0111

31106799856

31/10/015267262

05/06-05/06

1.056,93

0111

31106799856

31/10/015267363

04/08-04/08

6.120,10

0111

31106799856

31/10/015267464

05/08-05/08

4.724,32

0111

31106799856

31/10/015267565

07/08-07/08

4.756,55

0111

31106799856

31/10/015267666

01/07-01/07

13.132,07

0111

31106799856

31/10/015267767

08/08-08/08

4.149,30

0111

31106799856

31/10/015267868

09/08-09/08

3.723,79

0111

31106799856

31/10/015267969

08/06-08/06

1.044,18

0111

31106799856

31/10/015268070

07/07-07/07

21.668,89

0111

31106799856

31/10/015268171

07/05-07/05

20.452,68

0111

31106799856

31/10/015268272

05/04-05/04

5.832,13

0111

31106799856

31/10/015268373

06/08-06/08

4.334,64

0111

31106799856

31/10/015268474

11/08-11/08

19.648,48

0111

31106799856

31/10/015268575

12/08-12/08

13.652,90

0111

31106799856

31/10/015268676

01/09-01/09

14.372,94

0111

31106799856

31/10/015268777

03/09-03/09

6.796,90

0111

31106799856

31/10/015268878

04/09-04/09

6.246,68

0111

31106799856

31/10/015268979

05/09-05/09

2.350,96

0111

31106799856

31/10/015269080

06/09-06/09

2.595,08

0111

31106799856

31/10/015269181

07/09-07/09

1.681,72

0111

31106799856

31/10/015269282

08/09-08/09

1.467,06

0111

31106799856

31/10/015269383

08/08-08/08

8.312,32

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 510.688,85 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del interesado, sito en Murchante, Pg. Carrilabarca, Nave 23 Bis, Pta. 2 sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se hace público el trámite mediante el presente anuncio a fin de que sirva de notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre de 1997) y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Murchante y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 13 de septiembre de 2010.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivacion de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 15 de junio de 2010, mediante la que declara a la empresa Reformas y Construcciones Eguzki, S.L con C.I.F número B31960859, responsable solidario de las deudas contraídas por las empresas Gurea Soluciones, S.L con C.I.F. B31787666, con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Reformas y Construcciones Eguzki, S.L la cantidad de 142.402,34 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106508957

31/10/013873189

03/08-03/08

745,83

0111

31106508957

31/10/013873290

04/08-04/08

843,56

0111

31106508957

31/10/013873391

09/07-09/07

13.453,55

0111

31106508957

31/10/013873492

09/07-09/07

79,77

0111

31106508957

31/10/013873593

05/07-05/07

7.897,87

0111

31106508957

31/10/013873694

06/07-06/07

10.555,64

0111

31106508957

31/10/013873795

07/07-07/07

11.285,99

0111

31106508957

31/10/013873896

10/07-10/07

9.657,70

0111

31106508957

31/10/013873900

11/07-11/07

11.707,58

0111

31106508957

31/10/013874001

12/07-12/07

12.537,02

0111

31106508957

31/10/013874102

01/08-01/08

11.534,01

0111

31106508957

31/10/013874203

01/08-01/08

274,02

0111

31106508957

31/10/013874304

02/08-02/08

8.798,92

0111

31106508957

31/10/013874405

03/08-03/08

191,21

0111

31106508957

31/10/013874506

03/08-03/08

7.122,56

0111

31106508957

31/10/013874607

04/08-04/08

7.904,42

0111

31106508957

31/10/013874708

05/08-05/08

374,58

0111

31106508957

31/10/013874809

05/08-05/08

6.798,75

0111

31106508957

31/10/013874910

06/08-06/08

5.617,64

0111

31106508957

31/10/013875011

06/08-07/08

519,06

0111

31106508957

31/10/013875112

07/08-07/08

5.118,54

0111

31106508957

31/10/013875213

08/08-08/08

2.244,82

0111

31106508957

31/10/013875314

09/08-09/08

1.980,02

0111

31106508957

31/10/000850032

08/08-02/09

5.159,28

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 142.402,34 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del interesado, sito en Pamplona, calle Concejo de Sagaseta, 12-4.º B sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se hace público el trámite mediante el presente anuncio a fin de que sirva de notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre de 1997) y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 10 de septiembre de 2010.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivacion de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 30 de junio de 2010, mediante la que declara a don José Luis Lizarraga Eraso con D.N.I. número 15837941A, en su calidad de administrador de la empresa Pintura y Decoración Lizarraga Hnos., S.L. con C.I.F número B31587256, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a don José Luis Lizarraga Eraso la cantidad de 7.874,48 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31107313754

31/10/014566236

07/08-07/08

3.721,75

0111

31107313754

31/10/014566337

08/08-08/08

4.152,73

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 7.874,48 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del interesado, sito en Pamplona, calle Miguel Astrain, 15-3.º A sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se hace público el trámite mediante el presente anuncio a fin de que sirva de notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre de 1997) y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la Avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 13 de septiembre de 2010.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Código del anuncio: E1015251