BOLETÍN Nº 110 - 10 de septiembre de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 76/2010, de 20 de julio, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones "Cultura sobre ruedas", las bases reguladoras de la convocatoria, la autorización del gasto que asciende a 144.495,17 euros, y la publicación de esta Orden Foral y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

En los Presupuestos Generales de Navarra de 2010, a iniciativa del grupo parlamentario "Socialistas del Parlamento de Navarra", se creó una partida presupuestaria denominada Proyecto "Cultura sobre ruedas", con objeto de facilitar a través de subvenciones el acceso de los ciudadanos navarros a los grandes espectáculos culturales.

Las ayudas anteriormente citadas seguirán el procedimiento de concesión de evaluación individualizada según el orden de presentación de solicitudes.

Visto el informe del Servicio de Acción Cultural en el que se propone la aprobación de la convocatoria de subvenciones "Cultura sobre ruedas", las bases reguladoras de la convocatoria, la autorización del gasto que asciende a 144.495,17 euros, y la publicación de esta Orden Foral y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra, y teniendo en cuenta que se cumplen tanto la finalidad como los requisitos y las obligaciones legalmente establecidas para autorizar el mencionado gasto y obrando en el expediente la conformidad de la Intervención Delegada.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 126/2007, de 3 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana,

ORDENO:

1.º Aprobar la convocatoria de ayudas "Cultura sobre ruedas".

2.º Aprobar las bases reguladoras de las ayudas "Cultura sobre ruedas".

3.º Autorizar un gasto de 144.495,17 euros para la concesión de ayudas, con cargo a la Partida A20002-A2500-4819-335200 denominada Proyecto "Cultura sobre ruedas" del presupuesto de gastos de 2010.

4.º Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Acción Cultural, a la Sección de Convocatorias y Ayudas, al Interventor Delegado de Hacienda en el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, a la Secretaría General Técnica y al Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

5.º Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

6.º Publicar las bases en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 20 de julio de 2010.-El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA
DE SUBVENCIONES "CULTURA SOBRE RUEDAS"

1.ª Objeto y finalidad de las subvenciones.

1. Las ayudas tienen por objeto que los ciudadanos de las zonas rurales situadas a más de 10 kilómetros de los auditorios y teatros, puedan acceder a las actividades programadas "en igualdad de condiciones" mediante el traslado gratuito en autobús.

2.ª Imputación presupuestaria, cuantía e importe de la subvención.

2.1. Estas subvenciones se financiarán con cargo a la partida correspondiente denominada Proyecto "Cultura sobre ruedas" del presupuesto de gastos de la Dirección General de Cultura para el año 2010, por un importe máximo de 144.495,17 euros.

2.2. El importe de las ayudas será el total de la factura del alquiler del autobús.

3.ª Requisitos de los beneficiarios.

Los beneficiarios de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

3.1. Los generales establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

3.2. Ser una organización sin ánimo de lucro, estar legalmente constituida y tener el domicilio social y fiscal en Navarra.

4.ª Presentación de solicitudes y documentación exigida.

4.1. Las solicitudes de ayuda se presentarán, conforme al modelo de solicitud recogido en el Anexo I de las presentes bases, adjuntando de forma preceptiva la documentación en él señalada, en el Registro del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería, 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. El plazo para la presentación de solicitudes y documentación requerida comenzará al día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de Navarra, hasta el 2 de diciembre, inclusive, de 2010 o cuando se agote la dotación presupuestaria.

Si la solicitud de subvención no reuniera los datos de identificación, tanto de la ayuda solicitada como de la persona o entidad solicitante, no se adjuntase la documentación exigida con carácter preceptivo, o no reuniera alguno de los requisitos exigidos en el artículo 71 de la LRJPAC, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la misma ley.

5.ª Órganos de tramitación.

5.1. La tramitación de las solicitudes se efectuará por la Sección de Convocatorias y Ayudas del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana en régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se evaluarán y resolverán conforme al orden de presentación de las mismas y en tanto se disponga del crédito presupuestario para ello.

6.ª Criterios de valoración y resolución de concesión.

6.1. El órgano gestor de la convocatoria atenderá las ayudas según el orden de presentación de solicitudes.

6.2. La Resolución de la convocatoria se hará pública en el tablón de anuncios del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería, 39, Pamplona), y en la página web del Gobierno de Navarra: http://www.navarra.es/home_es/servicios/buscador-avanzado/.

Contra la desestimación expresa o presunta los interesados podrán interponer en el plazo de un mes desde su publicación recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre procedimiento administrativo.

Cualquier comunicación relativa a la presente convocatoria deberá canalizarse a través del Registro del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería, 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.ª Obligaciones de los beneficiarios.

7.1. Destinar la ayuda exclusivamente al alquiler del autobús, para asistir a las actividades culturales.

7.2. Comunicar a la Sección de Convocatorias y Ayudas cualquier eventualidad en el desarrollo del proyecto, que suponga una modificación del mismo, en el momento en que ésta se produzca. Cualquier modificación del proyecto deberá contar con la conformidad previa del Servicio de Acción Cultural, que se otorgará siempre que la modificación no suponga, una alteración sustantiva de la actividad.

7.3. Admitir en todo momento la verificación de la ejecución de la actividad por la Sección de Convocatorias y Ayudas del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

7.4. Comunicar a la Sección de Convocatorias y Ayudas la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

8.ª Pago, plazo y forma de justificación.

8.1. El pago se realizará a lo largo del año y antes del 2 de diciembre, inclusive, de 2010 y estará condicionado a la presentación de:

a) Factura pagada del alquiler del autobús. Estas facturas deberán emitirse conforme al Decreto Foral 2052/2004, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Quedan expresamente excluidos los recibos, presupuestos y albaranes.

b) Documento acreditativo o factura de las entradas en la que conste el número de asistentes.

9.ª Concurrencia y compatibilidad con otras subvenciones.

9.1. La aportación del Gobierno de Navarra será incompatible con cualesquiera otras subvenciones concedidas, con el mismo objeto, por la Administración de la Comunidad Foral, otras administraciones públicas, otros entes públicos o privados, o particulares.

10.ª Reintegro.

En el caso de que el beneficiario no justifique adecuadamente la realización del proyecto, se procederá a solicitar el reintegro total o parcial de la ayuda abonada y de los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha del reintegro, conforme al principio de proporcionalidad y de acuerdo al articulo 35 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

11.ª Infracciones y sanciones.

11.1. En materia de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en el Título IV de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

11.2. El procedimiento sancionador será el fijado en el Título V de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

12.ª Régimen general de subvenciones.

En los aspectos no previstos expresamente en las presentes bases reguladoras resultará de aplicación lo dispuesto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y demás normas de aplicación.

13.ª Recursos contra la convocatoria y las bases reguladoras.

Contra la presente convocatoria y bases reguladoras podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

ANEXO I

Modelo de solicitud
(presentar por duplicado)

Don/Doña ..............................................., NI/NIF .........................., con domicilio en ................................., calle ......................................., Código Postal ......................, teléfono .........................., dirección de correo electrónico ............................................., en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda).

Don/Doña ......................................., DNI/NIF ............................, con domicilio en ................................., calle ...................................., Código Postal ........................, teléfono ................................, dirección de correo electrónico ................................................, presenta,

Solicitud de ayudas "Cultura sobre ruedas" 2010, conforme a las bases aprobadas por Orden Foral ................../2010, de ................, de ...................... (Boletín Oficial de Navarra número .................., de ................, de .................... de 2010).

Destino: Sección de convocatorias y ayudas:

Y, de conformidad con lo previsto en dichas bases reguladoras:

1. Aporta, según se exige en las mismas, los documentos siguientes:

a) Documentación acreditativa de ser una organización no lucrativa legalmente constituida y tener el domicilio social y fiscal en Navarra.

b) Memoria explicativa del proyecto que incluya los siguientes datos:

-Municipio sede del centro.

-Sede del centro.

-Actividad y fecha.

-Presupuesto del alquiler del autobús.

2. Declara no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

3. En relación con la actualización de datos declara su compromiso a comunicar por escrito al Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, en el plazo máximo de 15 días, cualquier modificación que se produzca en las subvenciones especificadas en esta declaración.

4. En relación con la actividad para la que se solicita la subvención, declara:

-Que no ha obtenido ni solicitado ningún tipo de subvención de otras Administraciones Públicas, entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

-Que ha obtenido/solicitado las siguientes subvenciones de otras Administraciones Públicas, entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales:

ENTIDAD A LA QUE
SOLICITÓ LA AYUDA

CANTIDAD SOLICITADA

ESTADO DE LA SUBVENCIÓN
(solicitada/concedida/abonada)

5. En virtud de lo dispuesto en el Apartado 3 de la Disposición Adicional decimoctava de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, la presentación de esta solicitud conlleva la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Hacienda Tributaria de Navarra y por la Tesorería General de la Seguridad Social.

6. El tratamiento de los datos aportados con la presente solicitud se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la demás legislación aplicable. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerá, conforme a la legislación señalada, en el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

En .............................., a ................ de .......................... de 2010.

(Firma)
Nombre y apellidos

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO-INSTITUCIÓN PRÍNCIPE DE VIANA.

Código del anuncio: F1012502

Hace cien años

Boletín Oficial de Navarra

Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.

31001 - Pamplona (Navarra)

848 42 12 50

bon@navarra.es