BOLETÍN Nº 107 - 3 de septiembre de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

GARÍNOAIN

Exposición pública. Ordenanza Fiscal Reguladora
de las Tasas por Enseñanza en la Escuela de Música

El Pleno del Ayuntamiento de Garínoain, en sesión ordinaria del día 28 de julio de 2010, aprobó la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Enseñanza en la Escuela de Música, cuyo texto se transcribe en el anexo.

De conformidad con la legislación vigente, el expediente se somete a información pública, por un plazo de 30 días, a fin de que los interesados puedan formular las reclamaciones, reparos u observaciones que consideren oportunos.

Transcurrido dicho plazo sin que se hubiere presentado reclamación alguna, la Ordenanza se entenderá definitivamente aprobada.

Garínoain, 2 de agosto de 2010.-El Alcalde/Presidente, Xabier Barrena.

Anexo

Ordenanza Fiscal Reguladora
de las Tasas por Enseñanza en la Escuela de Música

Fundamentos y naturaleza

Artículo 1. Normativa que sirve de base a la presente ordenanza:

-Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

-Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

-Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.

-Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

-Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra.

Artículo 2. Las enseñanzas que se imparten en la Escuela Municipal de Música son un servicio municipal, de conformidad con las prescripciones vigentes, constituyendo el objeto de la tasa.

Hecho imponible

Artículo 3. Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de los servicios de enseñanza de música en sus diversas modalidades y asignaturas.

Sujeto pasivo

Artículo 4. Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyente, las personas físicas que soliciten o resulten beneficiadas por las enseñanzas que se imparten en la Escuela Municipal de Música.

Cuota tributaria

Artículo 5. 1. Matrícula.

Todos los alumnos que se matriculan en la escuela deberán pagar una tasa de matriculación independiente de las tasas mensuales. El pago de esta tasa se hará efectivo en el mes de octubre y será de 100 euros.

2. La tasa regulada en esta Ordenanza se establece según la siguiente tarifa:

MÚSICA Y MOVIMIENTO

Aula Infantil (alumnos de 4 y 5 años)

Taller de música (alumnos de 6 años)

(1 h/semana)

15,25 euros/mes

PRIMER CICLO

Cursos 1.º y 2.º:

Lenguaje musical (2h/semana)

Instrumento (30 min/semana indiv.)

46,78 euros/mes

SEGUNDO CICLO

Cursos 3.º y 4.º:

Lenguaje musical (2h/semana)

Instrumento (40 min/semana indiv.)

Conjunto Instrumental, Banda txiki o Agrupación de guitarras (1h/semana)

52,88 euros/mes

TERCER CICLO

Cursos 5.º y 6.º:

Lenguaje musical (2h/semana)

Instrumento (45 min/semana indiv.)

Conjunto Instrumental, Banda txiki o Agrupación de guitarras (1h/semana)

56,95 euros/mes

CUARTO CICLO

Optativo para los alumnos adultos o que hayan acabado los tres ciclos obligatorios a matricularse en lo que necesiten:

Instrumento: (45 min/semana) .................................

LenguajeMusical: (1h/semana) ................................

Conjunto Instrumental, Banda txiki o Agrupación de guitarras:

(1h/semana) ............................................................

Informática Musical:

(1h/semana) .............................................................

36,61 euros/mes

15,25 euros/mes

6,10 euros/mes (si se imparte otra asignatura)

15,25 euros/mes (si sólo se imparte esta asignatura)

15,25 euros/mes

Las tasas serán actualizadas anualmente de acuerdo a la variación del IPC anual en Navarra. En el caso de que la variación del IPC sea negativa, se mantendrán los importes del año anterior.

3. Todo alumno que se matricule en los ciclos 1, 2 y 3 deberá cursar todas las asignaturas obligatoriamente.

4. Aquellas familias con más de dos miembros en la escuela de música no tendrán que abonar las matrículas a partir del tercer miembro.

5. La firma de la matrícula supondrá aceptar el Reglamento Interno de la Escuela que estará a disposición de los interesados.

Criterios de admisión, promoción y pérdida de plaza en el Centro

Artículo 6. Admisión y promoción.

Los alumnos que soliciten plaza en la Escuela deberán cumplir las siguientes condiciones:

-Aula Infantil: Edad mínima 4 años.

-Taller de Música y Movimiento: Tener 6 años o cumplirlos en ese año natural.

-Ciclos 1.º a 3.º: Edad mínima 7 años o cumplirlos en ese año natural y haber aprobado el ciclo inmediatamente inferior.

-Ciclo 4.º: Haber aprobado los tres ciclos anteriores en esta u otra escuela o ser mayor de edad.

-En el caso de presentarse algún alumno cuyos conocimientos sean superiores a los supuestos de acuerdo a sus circunstancias, a instancia del propio interesado, se establecerán los mecanismos oportunos con la finalidad de situarlo legalmente en el lugar correspondiente a su nivel de conocimiento en la materia.

Artículo 7. Cese.

Una vez realizada la inscripción en un Curso, el alumno o sus representantes legales deberán seguir aportando la cantidad correspondiente a la mensualidad estipulada durante todo el curso, excepto en tres casos:

-Baja en los quince primeros días del curso.

-Baja por enfermedad prolongada que impida realizar alguna asignatura.

-Baja por traslado domiciliario siempre que éste sea fuera de los términos de Garínoain o Barásoain. Se incluye éste último por constituir ambos municipios núcleos poblacionales contiguos, separados únicamente por una calle/carretera.

Declaración e ingreso

Artículo 8. Los interesados en la prestación de los servicios objeto de esta tasa presentarán la solicitud de inscripción en las oficinas municipales y procederán al pago de su importe con carácter mensual, a excepción de la cuota de matriculación que será sólo en octubre.

El procedimiento de pago será la domiciliación bancaria.

Se repercutirá en el sujeto pasivo los gastos por devolución de recibo.

Vigencia

Artículo 9. La presente ordenanza se aplicará a partir del día siguiente en que se publique en el Boletín Oficial de Navarra, y permanecerá en vigor hasta tanto se acuerde su modificación o derogación expresa.

Código del anuncio: L1013144