BOLETÍN Nº 107 - 3 de septiembre de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 244/2010, de 11 de agosto, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para el apoyo a la profesionalización de jóvenes artistas de Navarra.

El Gobierno de Navarra, a través del Instituto Navarro de la Juventud, viene apoyando a las personas jóvenes en el fomento de su creatividad y en el reconocimiento de jóvenes con inquietudes artísticas y creadoras, tal y como recoge el Decreto Foral 217/2007, de 24 de septiembre, por el que se crea dicho Organismo autónomo y se aprueban sus estatutos.

Uno de los objetivos del Instituto Navarro de la Juventud es promover el desarrollo cultural de la población juvenil, tal y como se recoge en el artículo 19, apartado i), del Decreto Foral 217/2007, de 24 de septiembre, así como el de favorecer la formación y el proceso de producción de los jóvenes artistas. Este es el caso de las ayudas a la promoción del arte joven que tienen como objetivo apoyar a los jóvenes artistas, favoreciendo el proceso creativo y la mejora en el aumento y en la calidad para sus medios y recursos artísticos.

El Instituto Navarro de la Juventud en el marco del programa "Encuentros de Jóvenes Artistas de Navarra" viene realizando una serie de acciones con el objeto de favorecer la promoción de artistas jóvenes tanto en nuestra Comunidad Foral como en otras Comunidades Autónomas.

No obstante, el Instituto Navarro de la Juventud tras la celebración del XXV aniversario de Encuentros y tras el diálogo mantenido con artistas de las distintas modalidades, diseña una convocatoria de apoyo a la profesionalización de jóvenes artistas de Navarra.

De esta manera el Instituto Navarro de la Juventud pretende ofrecer a los y las jóvenes artistas de Navarra una apoyo estructurado y más contundente que les permita por una lado, la adquisición y mejora de competencias artísticas y por otro, la mejora de su profesionalidad.

Esta convocatoria se diseña en base a varios elementos fundamentales:

1. Diálogo permanente y estructurado con jóvenes artistas.

2. Coordinación entre departamentos del Gobierno de Navarra con competencia en la materia, es decir el Departamento de Cultura y el Instituto Navarro de la Juventud.

3. Optimización de recursos existentes en la Comunidad Foral en relación con el fomento y la promoción de artistas.

En consecuencia, en uso de las facultades que me han sido conferidas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

1.º Aprobar las bases de la convocatoria de ayudas a la promoción y creatividad artística de los jóvenes artistas de Navarra.

2.º Autorizar un gasto de 70.000,00 euros para hacer frente a la presente convocatoria que se abonará con cargo a la Partida Económica 960002-96100-4809-232103 denominada "Apoyo a la promoción y creatividad de los jóvenes", del presupuesto de gasto del año 2011, o la partida presupuestaria análoga que se habilite en tal ejercicio, condicionado a la existencia de crédito en la misma.

3.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

4.º Trasladar la presente Orden Foral a la Intervención Delegada del Instituto Navarro de la Juventud, al Instituto Navarro de la Juventud, a la Sección de Programas para Jóvenes y a la Subdirección de Juventud del Instituto Navarro de la Juventud, a los efectos oportunos.

Pamplona, 11 de agosto de 2010.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

ANEXO

Bases

Normas Generales

1.º Objeto y finalidad.

El Instituto Navarro de la Juventud con la presente convocatoria pretende apoyar a los y las jóvenes artistas de Navarra, especialmente a aquellas personas premiadas en el Certamen de Encuentros 2008 y 2009 así como aquellas personas que cuenten con una trayectoria en el arte, en la mejora y adquisición de competencias artísticas así como en la mejora de su profesionalización contribuyendo de esta manera a su crecimiento en el sector cultural y artístico.

2.º Personas Beneficiarias.

2.1. Podrán participar las personas o grupos de jóvenes cuyas edades estén comprendidas entre 18 y 35 años, cumplidos a 31 de diciembre de 2010.

2.2. Cuando se trate de grupos o colectivos, se entenderá como representante de los mismos a la persona que firme la solicitud. Y, por la propia especificidad y circunstancias de estos grupos, un 35% de los componentes podrán superar el límite de edad, siempre que el grupo esté formado por 3 o más personas.

3.º Requisitos de las personas o grupos beneficiarios.

Ser natural o estar empadronado en Navarra con anterioridad al 1 de enero de 2008, circunstancia ésta que se justificará con certificado de empadronamiento y que deberá mantenerse durante el tiempo de disfrute de la ayuda.

Que hayan sido personas premiadas en el programa Encuentros de Jóvenes Artistas de Navarra durante los años 2008 y 2009 o bien que demuestren una trayectoria y proyección en el ámbito de la creación artística. Circunstancia ésta que se avalará mediante curriculum artístico, méritos alcanzados u otros en que así se demuestre.

Las personas o grupos que opten a la promoción no podrán ser personas beneficiarias de los premios del Certamen de Encuentros de Jóvenes Artistas 2010 ni haberse beneficiado de promociones anteriores a la presente convocatoria.

4.º Modalidades.

Las modalidades artísticas que se recogen en la presente convocatoria son:

-Artes Escénicas.

-Artes Plásticas.

-Creación Audiovisual.

-Géneros Literarios.

Y otras modalidades artísticas enmarcadas en el arte actual (diseño, moda, cine, baile, arte y nuevas tecnologías, ...).

La modalidad de Músicas no se contempla en la presente convocatoria por tener su propio apoyo mediante la inclusión de grupos e intérpretes musicales en el Circuito Nacional de Artistas en Ruta promovido por Artistas e Intérpretes de España (A.I.E.) en colaboración con el Instituto Navarro de la Juventud. En el caso de que los solicitantes renunciasen expresamente a su participación en el citado Circuito podrán ser atendidas sus solicitudes en el apartado de otras modalidades artísticas. En ningún caso se podrán beneficiar del apoyo de la presente convocatoria aquellos grupos participantes en la promoción del Circuito Nacional Artistas en Ruta.

5.º Presentación de Solicitudes.

5.1. Las solicitudes para el apoyo a la profesionalización de jóvenes artistas se presentarán, conforme al modelo de solicitud, de manera presencial en el Registro del Instituto Navarro de la Juventud en la calle Yanguas y Miranda, número 27 de Pamplona, de manera telemática a través de la página web www.juventud.navarra.es o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

5.2. El plazo de presentación de las solicitudes para todas las modalidades artísticas convocadas finalizará en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria.

6.º Documentación requerida.

Las solicitudes se acompañarán de los siguientes documentos:

-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o NIF/NIE.

-Certificado de empadronamiento para aquellas personas no nacidas en Navarra.

-Curriculum personal y artístico de la persona o grupo solicitante, con especial referencia a cuanto tenga relación con el ámbito de solicitud de la ayuda.

-Memoria explicativa de la actividad por la que se solicita ayuda, tan amplia y precisa como sea posible incluyendo motivación y con expresa indicación de su costo.

Los solicitantes podrán incorporar a la documentación referida cuantos elementos estimen oportunos para acreditar mejor sus méritos y apreciar sus peticiones.

Si la solicitud de ayuda no viniera cumplimentada en todos sus términos se requerirá al solicitante la subsanación del defecto observado concediendo para ello un plazo máximo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento de subsanación.

7.º Instrucción y valoración.

7.1. Las ayudas objeto de la presente convocatoria se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva previsto en la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre, de subvenciones.

7.2. La instrucción del procedimiento de concesión corresponde a la Subdirección de Juventud a través de la Sección de Programas para jóvenes.

7.3. La valoración de las solicitudes se realizará por una comisión presidida por la Subdirectora de Juventud e integrada por la Jefa de sección de Programas para jóvenes, el Jefe de sección de Secretaría General y personas expertas en el área de la creación y gestión de empresas y/o en arte en las modalidades objeto de la convocatoria, nombradas por la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud.

7.4. La comisión evaluadora valorará las solicitudes de subvención con arreglo a los criterios de valoración previstos en la presente convocatoria y formulará la propuesta de resolución a la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud.

8.º Criterios de Valoración.

Para la concesión de las ayudas para el apoyo a la profesionalización previstas en esta Orden Foral se atenderá, en primer lugar, aquellas solicitudes de las personas ganadoras de Encuentros 2008 y 2009 y en segundo lugar el resto de solicitudes. Como norma general la valoración se realizará atendiendo a los siguientes criterios establecidos:

-Trayectoria y proyección del artista o grupo hasta un máximo de 35 puntos.

-Contribución a la adquisición de competencias artísticas hasta 25 puntos.

-Contribución a la profesionalización de la persona solicitante hasta 40 puntos.

La comisión evaluadora además de la documentación presentada realizará una entrevista personal a aquellas personas que en la valoración de la documentación alcancen como mínimo 50 puntos. Dicha entrevista tendrá una valoración máxima de 60 puntos.

Las solicitudes para poder optar a las ayudas de la presente convocatoria deberán alcanzar como mínimo 80 puntos en la valoración.

9.º Importe de la ayuda.

La cuantía máxima de la ayuda para aquellas personas o grupos ganadores que obtuvieron el primer premio de Encuentros 2008 y 2009 podrá llegar al 50% del presupuesto total aceptado en la solicitud y en ningún caso podrá superar los 4.000 euros por persona o colectivo solicitante.

La cuantía máxima de la ayuda para el resto de solicitudes podrá llegar al 50% del presupuesto total aceptado en la solicitud y en ningún caso podrá superar los 1.000 euros por persona o colectivo solicitante.

Para hacer frente a las presentes ayudas se asigna un crédito total máximo de 70.000 euros.

10.º Resolución de las ayudas.

10.1. La concesión de ayudas se efectuará por Resolución de la Directora Gerente del Instituto Navarro de la Juventud en un plazo de tres meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

10.2. La resolución de la convocatoria se hará pública en la web www.juventud.navarra.es y se notificará a las personas solicitantes.

10.3. Una vez notificada la concesión de la ayuda, será imprescindible que el solicitante exprese por escrito su conformidad con la cuantía de ésta, en el plazo de quince días naturales contados a partir de la recepción de la comunicación, comprometiéndose a cubrir la diferencia con sus propios medios y a mantener el proyecto en los términos previstos de su presentación. Transcurrido este plazo, de no manifestar la conformidad por escrito, se entenderá que renuncian a la ayuda.

Esta notificación como cualquier otra documentación relativa a la presente convocatoria deberá canalizarse a través del Registro del Instituto Navarro de la Juventud, a través de www.juventud.navarra.es o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

11.º Obligaciones de las personas beneficiarias.

11.1. Destinar la ayuda exclusivamente al objeto para el que le fue concedida.

11.2. Comunicar al Instituto Navarro de la Juventud cualquier eventualidad en el desarrollo del objeto de la ayuda que suponga una modificación de la misma.

11.3. Si se realiza publicidad, difusión de la actividad, documentación o cualquier referencia, tanto escrita como oral, en relación con el destino de la ayuda deberá constar la participación del Gobierno de Navarra y del Instituto Navarro de la Juventud:

-Logotipo del Gobierno de Navarra.

-Texto: Impulsado por Instituto Navarro de la Juventud.

11.4. Justificar ante el Instituto Navarro de la Juventud la realización de las acciones objeto de la ayuda así como de los gastos realizados.

12.º Pago, plazo y forma de justificación.

12.1. El importe de la ayuda concedida será abonada tras la presentación de la memoria de justificación y presentación de las correspondientes facturas.

12.2. El beneficiario de la ayuda estará obligado a presentar la justificación antes del 15 de noviembre de 2011 entregando para ello memoria descriptiva de la acción objeto de la ayuda así como los justificantes del gasto realizado y los justificantes de pago. Estas facturas deberán emitirse conforme a la legislación vigente y quedan expresamente excluidos los recibos, presupuestos y albaranes.

12.3. Se deberá justificar el total del gasto subvencionado. Asimismo las justificaciones de pago deberán alcanzar, como mínimo, el importe de la subvención concedida.

13.º Compatibilidad de la ayuda.

La subvención concedida será compatible con otras subvenciones de la propia Administración, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados, o de particulares nacionales o internacionales. En este sentido, los beneficiarios deberán comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. En todo caso, el importe de éstas no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que, aislada o conjuntamente, supere el coste de la actuación subvencionada.

14.º Reintegro.

En el caso de que la persona beneficiaria no justifique adecuadamente la realización del proyecto, se procederá a solicitar el reintegro total o parcial de la ayuda abonada conforme al principio de proporcionalidad y de acuerdo con el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005 de 9 de noviembre, de subvenciones.

Asimismo será motivo de reintegro de las ayudas aquellas acciones u obras que por su naturaleza puedan ser consideradas difamatorias, racistas, sexistas, xenófobas, discriminatorias, pornográficas, violentas o que de cualquier modo sean contrarias a la legislación vigente, o resulten claramente ilícitas o ilegales y por tanto rechazables de subvención por parte de una Administración Pública.

15.º Infracciones y Sanciones.

En materia de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en el título IV de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

16.º Recursos.

Contra la presente convocatoria y bases reguladoras podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

Normas Específicas

I.-Artes escénicas.

1.º Objetivo.

1.1. El objetivo es apoyar a jóvenes artistas de Navarra, especialmente a aquellas personas premiadas en el Certamen de Encuentros 2008 y 2009 así como aquellas personas que cuenten con una trayectoria en artes escénicas, en la mejora y adquisición de competencias artísticas así como en la mejora de su profesionalización contribuyendo de esta manera a su crecimiento en el sector cultural y artístico.

1.2. Se entiende por artes escénicas aquellas artes relacionadas con montajes y obras del mundo de la danza, teatro, circo, ballet, performance, o cualquier otra tendencia de expresión corporal.

2.º Acciones subvencionables.

El Instituto Navarro de la Juventud concederá ayudas para acciones realizadas antes del 1 de noviembre de 2011 destinadas a:

Apoyar la profesionalización de jóvenes, grupos o compañías en el ámbito de las artes en movimiento.

Contribuir a la adquisición de competencias mediante la formación permanente tanto de jóvenes, grupos o compañías en el ámbito de las artes escénicas.

Apoyar la promoción y difusión artística de obras o representaciones premiadas o creadas en los dos últimos años para favorecer su presencia tanto en redes, en festivales, en circuitos de ámbito internacional, nacional o regional así como otras acciones de interés promocional para los y las artistas.

Apoyar otras acciones que se consideren de interés para el desarrollo profesional de la persona o las personas creadoras.

3.º Documentación específica de la modalidad.

Además de la documentación señalada en la base 6 del apartado de normas generales de esta convocatoria, el solicitante deberá presentar una memoria explicativa incluyendo la siguiente documentación:

-En el caso de solicitar ayudas para la profesionalización, documento con acciones concretas a desarrollar con presupuesto de las mismas.

-En el caso de solicitar ayudas para la formación permanente, descripción pormenorizada de la acción o acciones formativas: objetivos, contenido formativo, número horas, cronograma y cuantos datos el solicitante considere de interés.

-En el caso de solicitar ayudas para la promoción de obra o interpretación, detalle de dicha promoción con acciones concretas, lugares, fechas aproximadas y presupuesto detallado.

4.º Obligaciones específicas de las personas, grupos o compañías beneficiarias.

Además de las establecidas con carácter general en el apartado normas generales, deberán:

-En el caso de apoyo a la profesionalización, memoria de las acciones realizadas y justificantes de gastos realizados.

-En el caso de formación permanente, documentación acreditativa del aprovechamiento de los estudios realizados, certificación y breve memoria de la acción formativa así como justificantes de los gastos realizados.

-En el caso de la promoción de obra, memoria justificativa de las acciones realizadas con justificación de gastos e indicadores de resultados.

II.-Artes plásticas.

1.º Objetivo.

1.1. El objetivo es apoyar a jóvenes artistas de Navarra, especialmente a aquellas personas premiadas en el Certamen de Encuentros 2008 y 2009 así como aquellas personas que cuenten con una trayectoria en artes plásticas, en la mejora y adquisición de competencias artísticas así como en la mejora de su profesionalización contribuyendo de esta manera a su crecimiento en el sector cultural y artístico.

1.2. Se entiende por artes plásticas la pintura, escultura, grabado, dibujo, fotografía, video, obra gráfica, instalación, videoarte, arte electrónico, procedimientos mixtos o cualquier otra tendencia de actualidad, y también proyectos interdisciplinares.

2.º Acciones subvencionables.

El Instituto Navarro de la Juventud concederá ayudas para acciones realizadas antes del 1 de noviembre de 2011 destinadas a:

Apoyar la producción artística (realización de proyecto).

Contribuir a la adquisición de competencias mediante la formación permanente en el ámbito de las artes plásticas tanto a nivel regional, nacional como internacional.

Apoyar la participación de intercambios o residencias artísticas a realizar por la persona solicitante tanto en el ámbito regional, nacional como internacional.

Apoyar otras acciones que se consideren de interés para el desarrollo profesional de la persona o personas creadoras.

3.º Documentación específica de la modalidad.

Además de la documentación señalada en la base 6, del apartado de normas generales de esta convocatoria, el solicitante deberá presentar una memoria explicativa de la solicitud incluyendo la siguiente documentación:

-En el caso de apoyo a la producción artística, memoria explicativa del proyecto para el que se solicita ayuda, tan amplia y precisa como sea posible con expresa indicación de su costo.

-En el caso de formación permanente, descripción pormenorizada de la acción o acciones formativas: objetivos, contenido formativo, número horas, cronograma, presupuesto y cuantos datos el solicitante considere de interés.

-En el caso de apoyo para la participación de intercambios y/o residencias, descripción detallada del programa: objetivos, contenido, cronograma, presupuesto y cuantos datos el solicitante considere de interés.

4.º Obligaciones específicas de las personas, grupos o compañías beneficiarias.

Además de las establecidas con carácter general en el apartado normas generales, deberán:

-En el caso de realización de proyecto, deberán comprometerse a exponer el proyecto realizado en las fechas y condiciones que se determine con el Instituto Navarro de la Juventud.

-En el caso de formación permanente, documentación acreditativa del aprovechamiento de los estudios realizados, certificación y breve memoria de la acción formativa así como justificantes de los gastos realizados.

-En el caso de apoyar la participación en intercambios y residencias, certificación y breve memoria de la acción así como justificantes de los gastos realizados.

III.-Creación audiovisual.

1.º Objetivo.

1.1. El objetivo es apoyar a jóvenes artistas de Navarra, especialmente a aquellas personas premiadas en el Certamen de Encuentros 2008 y 2009 así como aquellas personas que cuenten con una trayectoria en creación audiovisual, en la mejora y adquisición de competencias artísticas así como en la mejora de su profesionalización contribuyendo de esta manera a su crecimiento en el sector cultural y artístico.

1.2. Se entiende por creación audiovisual la elaboración de documentales, CDs interactivos, piezas de ficción, videocreaciones, spots, animaciones ... o cualquier otra tendencia de actualidad que utilice las técnicas audiovisuales mixtas y, también, proyectos interdisciplinares.

2.º Acciones subvencionables.

El Instituto Navarro de la Juventud concederá ayudas para acciones realizadas antes del 1 de noviembre de 2011 destinadas a:

Apoyar la producción artística (realización proyecto).

Contribuir a la adquisición de competencias mediante la formación permanente en el ámbito de la creación audiovisual tanto regional, nacional como internacional.

Apoyar otras acciones que se consideren de interés para el desarrollo profesional de la persona o personas creadoras.

3.º Documentación específica de la modalidad.

Además de la documentación señalada en la base 6, del apartado de normas generales de esta convocatoria, el solicitante deberá presentar una memoria explicativa de la solicitud incluyendo la siguiente documentación:

-En el caso de apoyo a la producción artística, memoria explicativa del proyecto para el que se solicita ayuda, tan amplia y precisa como sea posible con expresa indicación de su costo.

-En el caso de formación permanente, descripción pormenorizada de la acción o acciones formativas: objetivos, contenido formativo, número de horas, cronograma, presupuesto y cuantos datos el solicitante considere de interés.

4.º Obligaciones específicas de las personas, grupos o compañías beneficiarias.

Además de las establecidas con carácter general en el apartado normas generales, deberán:

-En el caso de realización de proyecto, deberán comprometerse a exponer el proyecto realizado en las fechas y condiciones que se determine con el Instituto Navarro de la Juventud.

-En el caso de formación permanente, deberán presentar documentación acreditativa del aprovechamiento de los estudios realizados, certificación y breve memoria de la acción formativa así como justificantes de los gastos realizados.

IV.-Géneros literarios.

1.º Objetivo.

1.1. El objetivo es apoyar a jóvenes artistas de Navarra, especialmente a aquellas personas premiadas en el Certamen de Encuentros 2008 y 2009 así como aquellas personas que cuenten con una trayectoria en géneros literarios, en la mejora y adquisición de competencias artísticas así como en la mejora de su profesionalización contribuyendo de esta manera a su crecimiento en el sector cultural y artístico.

1.2. Se entiende por géneros literarios la creación de poesía, narrativa, ensayo, relato, o cualquier otra tendencia literaria. Las obras presentadas pueden abarcar los siguientes géneros literarios: poesía, relato, cuento infantil, novela, teatro, ensayo y guión literario (cortometraje o largometraje).

2.º Acciones subvencionables.

El Instituto Navarro de la Juventud concederá ayudas para acciones realizadas antes del 1de noviembre de 2011 destinadas a:

Contribuir a la adquisición de competencias mediante la formación permanente tanto a nivel estatal, nacional e internacional en el ámbito de los géneros literarios.

Apoyar la participación de intercambios o residencias artísticas a realizar por la persona solicitante tanto en el ámbito regional, nacional como internacional.

Apoyar la edición y publicación de obras en el ámbito de géneros literarios.

Apoyar otras acciones que se consideren de interés para el desarrollo profesional de la persona o personas creadoras.

3.º Documentación específica de la modalidad.

Además de la documentación señalada en la base 6, del apartado de normas generales de esta convocatoria, el solicitante deberá presentar una memoria explicativa de la solicitud incluyendo la siguiente documentación:

-En el caso de formación permanente, descripción pormenorizada de la acción o acciones formativas: objetivos, contenido formativo, número horas, cronograma, presupuesto y cuantos datos el solicitante considere de interés.

-En el caso de apoyo para la participación de intercambios y/o residencias, descripción detallada del programa: objetivos, contenido, cronograma, presupuesto y cuantos datos el solicitante considere de interés.

-En el caso de la edición de obras sinopsis de la obra a editar, así como proyecto, presupuesto, cronograma y cualquier otro detalle de la edición.

4.º Obligaciones específicas de las personas, grupos o compañías beneficiarias.

Además de las establecidas con carácter general en el apartado normas generales, deberán presentar:

-En el caso de formación permanente, al finalizar la acción formativa documentación acreditativa del aprovechamiento de los estudios realizados, certificación y breve memoria de la acción formativa así como justificantes de los gastos realizados.

-En el caso de apoyar la participación en intercambios y residencias, certificación y breve memoria de la acción así como justificantes de los gastos realizados.

-En el caso de publicación de obra, justificación económica de los gastos de edición y ejemplares de la obra publicada. Asimismo, si la obra va ser presentada públicamente se realizará en las fechas y condiciones que se determine con el Instituto Navarro de la Juventud.

V.-Otras modalidades artísticas.

1.º Objetivo.

1.1. El objetivo es apoyar a jóvenes artistas de Navarra, especialmente a aquellas personas premiadas en el Certamen de Encuentros 2008 y 2009 así como aquellas personas que cuenten con una trayectoria en la mejora y adquisición de competencias artísticas así como en la mejora de su profesionalización contribuyendo de esta manera a su crecimiento en el sector cultural y artístico.

1.2. Se entiende por otras modalidades artísticas aquellas expresiones y experimentaciones del arte actual como diseño, moda, cine, arte y nuevas tecnologías, etc.

2.º Acciones subvencionables.

El Instituto Navarro de la Juventud concederá ayudas para acciones realizadas antes del 1 de noviembre de 2011 destinadas a:

Contribuir a la adquisición de competencias mediante la formación permanente tanto a nivel estatal, nacional e internacional en el ámbito de los géneros literarios.

Apoyar otras acciones que se consideren de interés para el desarrollo profesional de la persona o personas creadoras.

3.º Documentación específica de la modalidad.

Además de la documentación señalada en la base 6, del apartado de normas generales de esta convocatoria, el solicitante deberá presentar una memoria explicativa de la solicitud incluyendo la siguiente documentación:

-En el caso de formación permanente, descripción pormenorizada de la acción o acciones formativas: objetivos, contenido formativo, número horas, cronograma, presupuesto y cuantos datos el solicitante considere de interés.

-En el caso de cualquier acción memoria explicativa de la actividad por la que se solicita ayuda, tan amplia y precisa como sea posible.

4.º Obligaciones específicas de las personas, grupos o compañías beneficiarias.

Además de las establecidas con carácter general en el apartado normas generales, deberán presentar:

-En el caso de formación permanente, al finalizar la acción formativa documentación acreditativa del aprovechamiento de los estudios realizados, certificación y breve memoria de la acción formativa así como justificantes de los gastos realizados.

-En el caso de otras acciones la ejecución de las mismas en los términos especificados en la solicitud.

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