BOLETÍN Nº 107 - 3 de septiembre de 2010

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Edicto. Ejecución de títulos judiciales número 1858/2009-A

Sagrario Artieda Soto, Secretaria Judicial.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Ejecución de títulos judiciales, bajo el número 1858/2009-A, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de audiencias de este órgano, el día, 18 de noviembre de 2010 a las doce quince horas, en Juzgado de 1.ª Instancia numero 4. Notifíquese la misma a la mercantil demandada Promociones Bayoher S.L. sirviendo la publicación del presente edicto como notificación a la misma, para el caso de que no pudiera llevarse a cabo la notificación en el domicilio indicado en el título ejecutivo, con los requisitos siguientes:

1. Requisitos para pujar: Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones 3161 0000 06 1858 09 por el 30 por 100 del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (Artículo 647, 669.1.º y 666 Ley de Enjuiciamiento Civil).

2. Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Artículo 648 Ley de Enjuiciamiento Civil).

3. Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Artículo 668 y 669.2.º Ley de Enjuiciamiento Civil).

42016.-Urbana vivienda ubicada en la planta segunda letra C, del edificio en construcción sobre solar edificable denominado 1.2b resultante del proyecto de reparcelación de la unidad de ejecución denominada "Los Alemanes" de Pamplona. inscrita a folio 9, del tomo 444-N del archivo, libro 915-1.ª, valorada a efectos de subasta en 460.278 euros.

Pamplona, 30 de julio de 2010.-La Secretaria Judicial, Sagrario Artieda Soto.

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