BOLETÍN Nº 104 - 27 de agosto de 2010

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

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En la Unidad de Recaudación Ejecutiva 31/01 se instruye expediente administrativo de apremio número 31 01 08 00282380 contra el deudor Juan Francisco Lasaosa Lizarazu, habiéndose dictado en fecha 29 de abril de 2010 por el Recaudador Ejecutivo de dicha Unidad la diligencia de embargo que a continuación se transcribe:

Diligencia de embargo de bienes inmuebles.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con
DNI/NIF/CIF 044628532E, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE P. APREMIO

PERÍODO

RÉGIMEN

31 09 011133366

09 2003 / 09 2003

0111

31 09 011133568

01 2005 / 02 2005

0111

31 09 011133669

03 2005 / 03 2005

0111

31 09 011133871

10 2005 / 10 2005

0111

31 09 011134174

12 2006 / 12 2006

0111

31 09 011134275

01 2007 / 01 2007

0111

31 09 011134376

02 2007 / 02 2007

0111

31 09 011134477

03 2007 / 03 2007

0111

31 09 011134578

04 2007 / 04 2007

0111

31 09 011134679

05 2007 / 05 2007

0111

31 09 011134780

06 2007 / 06 2007

0111

31 09 011134881

07 2007 / 07 2007

0111

31 09 011134982

01 2007 / 06 2007

0111

31 09 011135285

09 2007 / 09 2007

0111

31 09 011135487

11 2007 / 11 2007

0111

31 09 011135689

01 2008 / 01 2008

0111

31 09 011135790

02 2008 / 02 2008

0111

31 09 011135891

01 2008 / 02 2008

0111

31 09 011135992

03 2008 / 03 2008

0111

31 09 011136093

04 2008 / 04 2008

0111

31 09 011136194

05 2008 / 05 2008

0111

31 09 011139632

08 2008 / 08 2008

0111

31 09 011139733

09 2008 / 09 2008

0111

31 09 011133770

01 2004 / 05 2004

0111

31 09 011135083

07 2007 / 07 2007

0111

31 09 011139531

07 2008 / 07 2008

0111

31 09 011134073

10 2006 / 10 2006

0111

31 09 011135386

10 2007 / 10 2007

0111

31 09 011136396

03 2003 / 03 2003

0111

31 09 011133467

06 2004 / 12 2004

0111

31 09 011136295

06 2008 / 06 2008

0111

31 09 011133972

04 2006 / 04 2006

0111

31 09 011135184

08 2007 / 08 2007

0111

31 09 011135588

12 2007 / 12 2007

0111

31 09 010610374

11 2008 / 11 2008

0521

31 09 011772758

12 2008 / 12 2008

0521

31 09 012660613

01 2009 / 01 2009

0521

31 09 013157030

02 2009 / 02 2009

0521

31 09 014074991

03 2009 / 03 2009

0521

31 09 015160785

04 2009 / 04 2009

0521

Importe deuda:

Principal: 30.885,67 euros.

Recargo: 6.177,12 euros.

Intereses: 5.505,41 euros.

Costas devengadas: 31,38 euros.

Costas e intereses presupuestados: 1.000,00 euros.

Total: 43.599,58 euros.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio, (Boletín Oficial del Estado del día 25), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Datos finca urbana:

Finca número 01

Urbana. Una Tercera parte indivisa con carácter privativo de vivienda o piso primero letra B, del edificio señalado con el número 3 de la calle Oihana de Huarte; tiene una superficie útil de ochenta y ocho metros y cincuenta y cinco decímetros cuadrados.

Datos de Registro: N.º de Reg: 1, tomo: 3.061, n.º libro: 99, n.º folio: 209, n.º finca: 6.230.

Finca número 02

Urbana. Una tercera parte indivisa de plaza de aparcamiento numero 16, en la planta sótano-2 del edificio señalado con el número 3 de la calle Oihana de Huarte; tiene una superficie útil de diez metros y noventa y nueve decímetros cuadrados aproximadamente.

Datos de Registro: N.º de Reg.: 1, tomo: 3.061, n.º libro: 99, n.º folio: 96, n.º finca: 6.186.

Al resultar infructuosas las gestiones realizadas para notificar a Juan Francisco Lasaosa Lizarazu, Fermín Lasaosa Castán y M.ª Isabel Izarazu Rey, en calidad de interesado el primero y cotitulares los dos siguientes, la citada diligencia, al ser devueltas las cartas por el Servicio de Correos después de varios intentos por "Ausente", y de conformidad con el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 25) y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al destinatario para que comparezca por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue.

Transcurridos ocho días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado, se tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer.

Pamplona, 19 de agosto de 2010.-El Recaudador Ejecutivo, Jesús Daniel Irigoyen San Martín.

Código del anuncio: E1013859

Hace cien años

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