6. Otros anuncios
6.1. Edictos de notificación
PAMPLONA
Edicto. Notificación de resolución 16 de julio de 2010
No habiendo podido ser notificada la resolución de esta Concejalía Delegada de fecha 16 de julio de 2010 (7/ds) y el correspondiente pliego de cargos y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia del interesado.
RUD 16-JUL-10 (7/DS)
Vista la documentación obrante en el expediente en la que consta:
-Según boletín de denuncia de Policía Municipal de Pamplona y acta de Policía Nacional de fecha 27 de febrero de 2010 que, ese mismo día, a las 20:30 horas, José Rafael Arévalo Holguin llevaba un perro de raza potencialmente peligrosa (Pit Bull Terrier) en espacio público, sin disponer de la preceptiva licencia para su tenencia, en la calle Juan María Guelbenzu de Pamplona, y
-Según informe del Servicio de Inspección Alimentaría y Zoonosis, en el Censo Canino de Navarra consta que José Rafael Arévalo Holguin, domiciliado en Pamplona, es propietario de un perro de raza Pit Bull Terrier con número de microchip 941000002480576 y no dispone de la preceptiva licencia para su tenencia,
HE RESUELTO:
1.-Otorgar audiencia a José Rafael Arévalo Holguin (X6472931H) para que, en el plazo máximo de 15 DÍAS a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución, formule las alegaciones que a su derecho convengan con carácter previo al requerimiento de solicitud de licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, e inscripción de su perro en el registro municipal de Pamplona, en el plazo máximo de un mes, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 50/1999 de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y en el artículo 2 del R.D. 287/2002 que desarrolla la Ley 50/1999.
2.-Incoar expediente sancionador a José Rafael Arévalo Holguin (DNI X6472931H), a quien se considera presunto responsable de la supuesta infracción cometida, según consta en la denuncia y en el acta a las que se ha hecho referencia y que se le trasladan.
3.-Señalar que tal hecho pudiera constituir una infracción administrativa tipificada como muy grave en el artículo 13.1.b de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
El artículo 13.7 de la Ley 50/1999 y el artículo 26.2 de la Ley Foral 7/1994 facultan a los municipios donde se produce la infracción para instruir y resolver los expedientes sancionadores por infracciones en materia de animales domésticos. El artículo 127.1.l) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, atribuye a la Junta de Gobierno Local el ejercicio de la potestad sancionadora, salvo que por ley esté atribuida a otro órgano. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona, delegó, según acuerdo de fecha 26 de junio de 2007 (15/PR), entre otras, dicha competencia sancionadora en el Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible, quien resulta, por lo tanto, el órgano municipal competente.
El artículo 13.5 de la Ley 50/1999, fija las cuantías de las multas por las infracciones en ella previstas.
4.-Designar a M.ª del Mar Indave García, Secretaria Técnica de Desarrollo Sostenible, instructora del expediente incoado. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el interesado podrá promover la recusación de la instructora nombrada.
5.-Comunicar al presunto responsable que puede reconocer su responsabilidad, imponiéndosele la sanción correspondiente, o realizar el pago de la sanción pecuniaria en su caso.
6.-En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la recepción del pliego de cargos, el expedientado podrá proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en los Registro del Ayuntamiento de Pamplona.
7.-En el caso de que no sean formuladas alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, R.D. 1398/1993, significando que la cuantía de la sanción que se propone es de 2.405,00 euros.
8.-Poner en conocimiento de José Rafael Arévalo Holguin que, el plazo máximo establecido para la resolución y notificación de este procedimiento será de seis meses contados a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución.
Así mismo se manifiesta que el expediente se encuentra a disposición del interesado en las oficinas del Área de Desarrollo Sostenible sitas en calle San Saturnino, 2, donde podrá examinarlo de 8:00 a 14:00 horas en días laborables.
Pamplona, 17 de agosto de 2010.-El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento de Pamplona, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.
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