BOLETÍN Nº 88 - 17 de julio de 2009

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO TRES DE PAMPLONA

Edicto de notificación ejecución 13/2009

En el procedimiento de Ejecución, número 13/2009, seguido en este Juzgado a instancia de Belinda Sadaba Elvira contra Servicios y Arrastres Maravillas Sociedad Limitada, sobre Despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

1.º Se aprueba la Tasación de costas y liquidación de intereses practicada en autos, ascendente al total de 438,60, a cuyo pago viene obligada la parte ejecutada Servicios y Arrastres Maravillas Sociedad Limitada.

2.º Existiendo consignada por la parte ejecutada la cantidad de 5.720,84 euros, superior a la tasación de costas y liquidación de intereses practicada, expídanse los mandamientos de pago correspondientes a los intereses liquidados y a las partidas incluidas en la tasación de costas, a favor de sus respectivos beneficiarios, librándose al efecto los siguientes mandamientos de pago:

-A favor de doña Belinda Sádaba Elvira, por importe de 284,14 euros en concepto de intereses.

-A favor de la letrada doña Maika Méndez Villagrasa, por importe de 74,41 euros en concepto de honorarios.

Transfiéranse a las cuentas bancarias del Registro de la Propiedad número Uno de Estella y del Registro de Bienes Muebles de Navarra las cantidades de 3,49 euros y 76,56 euros, respectivamente.

3.º Respecto al sobrante de 5.282,24 euros, a la vista de las anotaciones de embargo practicadas, líbrense sendos exhortos a los Juzgados de lo social números Uno y Dos de Navarra para que informen sobre las cantidades pendientes de pago en las ejecutorias 10/09 y 20/09 (Social número 1) y 16/09 (Social número 2).

4.º Se acuerda el alzamiento de los embargos acordados en la presente ejecutoria sobre bienes o derechos de la parte ejecutada, procediéndose a la cancelación de las anotaciones practicadas relativas a dichos embargos a cuyo efecto, se acuerda librar oficio cancelatorio a la Hacienda Tributaria de Navarra.

Asimismo, se acuerda alzar el embargo acordado sobre los vehículos con placa de matrícula 4414FTT, LO-00688-R, NA-04819-R, NA-08804-R, R-6673-BBZ, R-7851-BBZ, R-7853-BBZ, SS-02910-R, SS-03298-R y VI-00789, haciendo saber a la empresa ejecutada que, si a su derecho interesa, deberá solicitar la expedición de mandamiento de cancelación de las anotaciones de embargo practicadas en el Registro de Bienes Muebles.

5.º Únase a la ejecución copia del testimonio dimante de la ejecución 63/2009 de este mismo Juzgado de lo Social, y como se interesa y de conformidad con el artículo 611 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se tiene por embargado por dicho Juzgado el sobrante que pudiera resultar en la realización forzosa de los bienes embargados en la presente ejecución, en cuantía suficiente para cubrir la suma de 6.325,68 euros de principal, 379,54 euros presupuestados para intereses y 632,57 euros presupuestados para costas.

Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber al tiempo que la misma es firme en derecho.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicios y Arrastres Maravillas Sociedad Limitada en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 15 de junio de 2009.-La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

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