BOLETÍN Nº 81 - 3 de julio de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 349/2009, de 18 de mayo, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales para las obras de mejora de Infraestructuras Ganaderas para el año 2009 en el término municipal de Altsasu/Alsasua, promovida por el Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

Este Decreto Foral establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Con fecha 8 de abril de 2009 ha tenido entrada en este Departamento la solicitud arriba citada. Dadas las características de la actuación, ésta se incluye en el Anexo 2C, letra D) del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que se somete al régimen de Autorización de Afecciones Ambientales.

Las actuaciones a realizar son:

-Nueva pista en el pastizal de la Barga: Apertura de caja de 4,5 metros de anchura con cuneta en terreno tipo tránsito, subbase con piedra de voladura y base todouno de primera. Construcción de 4 badenes y un caño de PVC de 60 cm de diámetro. Longitud 2.200 metros.

-Manga ganadera en el paraje de la Barga.

-Pista de Murgilarte-Larrazabal: Desbroce en ambas márgenes del camino, limpieza de cuneta y transporte de residuos a vertedero. Mejora de la explanación y capa de rodadura con todouno primera (1.350x3,5 metros). Longitud 1.350 metros.

-Pista de Basomutur: Desbroce en ambas márgenes del camino, limpieza de cuneta (560 metros) y transporte de residuos a vertedero. Apertura de cuneta en 460 metros. Cajeo superficial y subbase con piedra voladura en tramo II (460 metros). Mejora explanación en tramo I (569 metros). Construcción capa rodadura en tramos I y II (1.020x3,5 metros). Longitud total 1.020 metros.

Vistos los informes obrantes en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Otorgar la Autorización de Afecciones Ambientales para las obras de mejora de Infraestructuras Ganaderas para el año 2009 en el término municipal de Altsasu/Alsasua, promovidas por el Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

2.º La presente autorización estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones de carácter medioambiental:

-El arbolado a derribar como consecuencia de la apertura de la pista será señalado por el Personal del Guarderío Forestal.

-En la nueva pista de la Barga, no se generarán taludes de más de 1 metro de altura y su pendiente máxima será de 1H:1V, siendo convenientemente revegetados con especies herbáceas autóctonas.

-Los trabajos se desarrollarán durante el verano o el otoño.

-El desbroce de la vegetación arbustiva de los márgenes de los caminos deberá ser selectivo, de manera que favorezca el despeje del camino y las cunetas, pero evite la eliminación de los pies de árboles y arbustos situados junto al mismo, para que puedan regenerarse tras la intervención, dado que estos cumplen un importante papel como refugios de fauna.

-Las tierras y materiales sobrantes se deberán trasladar a vertedero autorizado.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Departamento de Ordenación del Territorio y Vivienda, y al Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, a los efectos oportunos.

Pamplona, 18 de mayo de 2009.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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