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BOLETÍN Nº 75 - 19 de junio de 2009
1. Comunidad Foral de Navarra
1.3. Otras Disposiciones
1.3.6. Otros
RESOLUCIÓN 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se regula la convocatoria de la fase de evaluación y acreditación de las competencias profesionales correspondientes al perfil de los técnicos en Cocina y Gastronomía, en Emergencias Sanitarias, en Instalaciones Eléctricas y Automáticas y en Soldadura y Calderería, adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros procedimientos no formales o informales, en el marco de la normativa de pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de formación profesional.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación señala, en el artículo 69.4, que las Administraciones educativas organizarán, en el ámbito de sus competencias, pruebas para la obtención de títulos de formación profesional.
Por otra parte, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional contempla, en el artículo 8, que las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación se podrá evaluar y acreditar mediante una certificación parcial acumulable que pueda conducir a la obtención de un título de formación profesional.
Como consecuencia de lo anterior, el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, determina, en el artículo 19, que los títulos de formación profesional pueden obtenerse mediante la superación de las pruebas organizadas para su obtención directa. Señala, así mismo, que habrá de tenerse en cuenta lo que se establezca en desarrollo del artículo 8.3 de la Ley 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.
Así mismo, el Decreto Foral 54/2008, de 26 de mayo, por el que se regula la ordenación y el desarrollo de la formación profesional en el sistema educativo de la Comunidad Foral de Navarra, señala entre sus objetivos fundamentales el de facilitar la elección de trayectorias formativas y profesionales flexibles, haciendo posible el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de su experiencia laboral o mediante sistemas informales o no formales de aprendizaje. De esta manera, se fomentan y estimulan los procesos de aprendizaje permanente, favoreciendo así los objetivos que se deben alcanzar para dar respuesta a las necesidades de realización personal y de cualificación requerida por el sector productivo.
Por todo ello, se hace preciso regular una primera fase, voluntaria, de las pruebas para la obtención de títulos de formación profesional, consistente en un procedimiento flexible que permita la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales obtenidas por las personas a través de su experiencia laboral o de cualesquiera otras formas de adquisición.
Visto el informe que presenta el Servicio de Formación Profesional en relación con el procedimiento para la evaluación y acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral y de otras vías, en relación a los títulos de Técnico en Cocina y Gastronomía, en Emergencias Sanitarias, en Instalaciones Eléctricas y Automáticas y en Soldadura y Calderería.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1.º Aprobar la convocatoria de la fase de evaluación y acreditación de las competencias profesionales correspondientes al perfil de los técnicos en Cocina y Gastronomía, en Emergencias Sanitarias, en Instalaciones Eléctricas y Automáticas y en Soldadura y Calderería, adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros procedimientos no formales o informales, en el marco de la normativa de pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior de formación profesional, de conformidad con las siguientes bases:
1. Objeto y ámbito de aplicación.
El objeto de la presente Resolución es regular durante el curso 2009/2010, en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros procedimientos no formales e informales, enmarcado en las pruebas para la obtención de títulos de formación profesional correspondientes, y relacionados con los perfiles profesionales de los técnicos que se señalan a continuación, junto con los centros en que se llevarán los procedimientos:
-Técnico en Cocina y Gastronomía, en el I.E.S. "Ibaialde-Burlada", de Burlada
-Técnico en Emergencias Sanitarias, en el I.E.S. "Sanitaria" de Pamplona
-Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas, en el I.E.S. "San Juan - Donibane", de Pamplona, y en el C.I.P. "ETI" de Tudela.
Técnico en Soldadura y Calderería, en el I.E.S. "San Miguel de Aralar II" de Alsasua
2. Finalidad.
Esta norma tiene como finalidad que las personas puedan ver reconocidas, y acreditadas de forma oficial, las competencias profesionales que han adquirido a través de su experiencia laboral o de otras vías no formales, mediante un procedimiento desarrollado con criterios de fiabilidad, objetividad y rigor técnico, de manera que se facilite su acceso a la obtención de las titulaciones señaladas en el punto anterior.
3. Organización general.
La estructura de las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico citados en la base 1 se organiza en dos etapas, que se desarrollan con posterioridad a la divulgación del procedimiento e información general a las personas interesadas:
a) Etapa de evaluación y acreditación de competencias. Consiste en un procedimiento que permite a los candidatos hacer visibles sus competencias en relación a las que se han definido para cada título y consta, a su vez, de una serie de procesos que facilitan su desarrollo:
1. Inscripción y admisión de candidatos en el procedimiento.
2. Asesoramiento a las personas participantes.
3. Evaluación de las competencias.
4. Certificación de las competencias demostradas.
5. Asesoramiento sobre itinerarios formativos para completar el perfil profesional.
b) Etapa de pruebas para la obtención del título. Consiste en la realización de una o varias pruebas cuya superación puede conducir a la obtención del título de Técnico en las especialidades señaladas en esta Resolución. Esta etapa también está integrada por una serie de pasos que conducen a la finalización del proceso:
1. Inscripción en las pruebas para la obtención del título.
2. Examen de acceso, en su caso, para las personas que no reúnen los requisitos académicos para acceder al título.
3. Solicitud de convalidación de módulos profesionales asociados a las unidades de competencia acreditadas a través del procedimiento de evaluación y acreditación descrito en la etapa anterior.
4. Pruebas de evaluación en los módulos profesionales pendientes de superar tras el proceso descrito en el párrafo a).
5. Certificación final.
Con objeto de apoyar al candidato en la preparación de las pruebas de evaluación, el Departamento de Educación podrá organizar una oferta de formación modular o, en su caso, de unidades formativas, dirigida a los candidatos que, habiendo realizado la fase de evaluación de competencias, deseen completar el perfil profesional del título correspondiente.
4. Principios del procedimiento de reconocimiento de competencias.
El procedimiento que se regula en esta norma se basa en los siguientes principios:
a) Todas las personas desarrollan aprendizajes a lo largo de su vida, no sólo en los contextos formales de formación sino también en los no formales, particularmente como resultado de su práctica profesional.
b) Estos aprendizajes pueden ser evaluados y acreditados de forma oficial, de manera que se hagan visibles las competencias adquiridas.
c) El procedimiento de reconocimiento debe garantizar, a las personas que participen en el mismo, transparencia, objetividad e imparcialidad en los métodos empleados así como la necesaria confidencialidad.
d) El procedimiento debe contar con credibilidad y legitimación social, de manera que los resultados derivados de su aplicación sean aceptados y reconocidos por todas las partes implicadas.
5. Referente para la evaluación e implantación.
La convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia profesional, que se desarrollará a lo largo del año 2010 se regulará de acuerdo a las instrucciones que acompañan a esta Resolución y tendrá como referentes las unidades de competencia de los correspondientes títulos, definidos en los reales decretos que se señalan a continuación:
-Técnico en Cocina y Gastronomía, Real Decreto 1396/2007, de 29 de octubre
-Técnico en Emergencias Sanitarias, Real Decreto 1397/2007, de 29 de octubre
-Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas, Real Decreto 177/2008, de 8 de febrero
-Técnico en Soldadura y Calderería, Real Decreto 1692/2007, de 14 de diciembre
6. Apoyo al procedimiento.
La Sección de Cualificaciones Profesionales - Instituto Navarro de las Cualificaciones prestará a los centros implicados el asesoramiento y apoyo técnico necesarios para el desarrollo de este procedimiento, cuyas instrucciones se incorporan a esta Resolución como anexo, y coordinará y realizará su evaluación a los efectos previstos en el mencionado Decreto Foral.
7. Protección de datos.
1. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos que todas las personas participantes en alguna parte del proceso faciliten en los diversos formularios empleados en el mismo, serán incorporados a los ficheros del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para su tratamiento estadístico y para la gestión de los documentos de reconocimiento que pudieran resultar de este procedimiento.
2. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos dirigiéndose al Servicio de Formación Profesional del Departamento de Educación, sito en la calle Santo Domingo 8, en Pamplona.
3. Aquellas personas que lo hagan constar de forma expresa, podrán oponerse al tratamiento de sus datos cuando existan motivos fundados y legítimos relativos a una concreta situación personal.
2.º Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Trasladar la presente Resolución y sus anexos al Servicio de Formación Profesional, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, a la Sección de Cualificaciones Profesionales-Instituto Navarro de las Cualificaciones, a la Sección de Planificación y Desarrollo de Centros y a los centros interesados, a los efectos oportunos.
Pamplona, 20 de mayo de 2009.El Director General de Formación Profesional y Universidades, Pedro González Felipe.
ANEXO
Instrucciones
I.-Información y orientación general.
1. Información sobre el procedimiento.
Con carácter previo al comienzo del período de inscripción en el proceso de evaluación y acreditación de competencias, el Departamento de Educación, con la colaboración de los centros implicados, organizará un proceso de información general que tendrá como objetivo informar a los posibles candidatos sobre el desarrollo del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias y del posterior proceso asociado de pruebas para la obtención de los títulos señalados en esta Resolución, de manera que las personas interesadas puedan tomar una decisión preliminar informada sobre su participación, o no, en dicho procedimiento.
II.-Preinscripción e inscripción.
2. Requisitos para la participación.
a) Para poder participar en el procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia profesional que se regula en esta norma, las personas candidatas deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Poseer la nacionalidad española o encontrarse incluido, como residente comunitario o familiar de éste, en el ámbito de la aplicación del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser titular de una autorización de residencia en España en vigor
2. Acreditar una experiencia laboral de al menos tres años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas, adquirida en los últimos diez años, en los entornos profesionales y funcionales que se correspondan con los descritos en la referencia del sistema productivo de los currículos de los respectivos títulos.
3. Tener 20 años cumplidos o cumplirlos en el año 2010.
4. Presentar en el centro correspondiente una solicitud conforme al modelo que se recoge en el anexo 1.
b) Los requisitos a los que se hace referencia en el punto anterior se acreditarán mediante los siguientes documentos:
1. Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte en vigor o permiso de residencia.
2. Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado el candidato, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
3. Certificación de la empresa o empresas donde haya adquirido la experiencia laboral en la que conste específicamente los períodos de contratación, las actividades desarrolladas y los períodos de tiempo en que se han realizado.
4. En el caso de las personas que hayan desarrollado su experiencia en tareas de voluntariado deberán presentar certificación de la organización donde hayan adquirido la experiencia profesional, en la que conste específicamente la duración de la colaboración como voluntario, las actividades desarrolladas y el período de tiempo, con estimación de las horas dedicadas, en el que se han realizado dichas actividades.
5. En el caso de trabajadores por cuenta propia, deberán certificar el período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos junto con la declaración que se señala en el punto siguiente.
6. En el caso de los trabajadores autónomos y de aquellos trabajadores por cuenta ajena o voluntarios que, por circunstancias diversas (desaparición de la empresa, imposibilidad de ponerse en contacto con empresas o instituciones anteriores, etc.) no puedan aportar la certificación de actividades desarrolladas en la empresa, podrán presentar una declaración jurada en la que hagan constar una descripción de dichas actividades, conforme al modelo que se señala en el anexo 2.
3. Unidades de competencia.
a) Las personas que deseen tomar parte en el proceso de obtención de los títulos a los que se hace referencia en esta Resolución podrán solicitar el reconocimiento de las unidades de competencia que se recogen en el anexo 3.
b) Se convocan un máximo de treinta plazas, por cada título y centro, para personas que deseen optar al proceso de reconocimiento de unidades de competencia enunciadas en el punto a).
4. Plazos de preinscripción.
Las personas que, reuniendo los requisitos que se establecen en el apartado 2 de estas instrucciones, deseen participar en el procedimiento, deberán presentar su solicitud en los centros señalados en la base 1 de esta Resolución, a través del documento cuyo modelo se recoge en el anexo 1, entre los días 11 y 20 de enero de 2010, ambos inclusive.
5. Comisión de admisión.
a) Con carácter previo al inicio del procedimiento se realizará un proceso de admisión para seleccionar a las personas participantes. El proceso de admisión será realizado por una comisión para cada título y centro, presidida por un miembro del equipo directivo del centro correspondiente e integrada por el Jefe del Departamento de la familia profesional a la que pertenece el título, que actuará como secretario, dos asesores del procedimiento de evaluación y acreditación, a los que se hace referencia en el apartado 9.5. de estas instrucciones, y un asesor técnico de la sección de Cualificaciones Profesionales - Instituto Navarro de las Cualificaciones, del Departamento de Educación.
b) Las funciones de la comisión de admisión son las siguientes:
1. Comprobar que las personas solicitantes reúnen los requisitos de admisión señalados en el apartado 2 de estas instrucciones.
2. Proponer una relación ordenada de aspirantes admitidos al proceso de evaluación y acreditación, conforme al modelo recogido en el anexo 4.
3. Resolver todas aquellas reclamaciones que se puedan producir en el proceso de admisión.
c) En el caso de que el número de solicitantes supere al de plazas ofertadas, la selección de aspirantes se realizará aplicando, sucesivamente, los siguientes criterios:
1. Tiempo de experiencia acreditada oficialmente como trabajador asalariado o autónomo en los entornos profesionales y funcionales que se correspondan con los descritos en la referencia del sistema productivo del currículo correspondiente a la titulación que desean obtener.
2. Tiempo de experiencia acreditada documentalmente como voluntario en los entornos profesionales y funcionales que se correspondan con los descritos en la referencia del sistema productivo del currículo correspondiente a la titulación que desean obtener.
3. En el caso de que los criterios anteriores no sean suficientes para dilucidar la ordenación de los aspirantes, se dará preferencia a los de mayor edad.
d) A efectos de ordenar las relaciones de aspirantes, la experiencia profesional se puntuará a razón de un punto por cada año de dedicación a jornada completa, computándose proporcionalmente las fracciones de tiempo inferiores.
6. Admisión de aspirantes.
a) Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, el día 25 de enero de 2010 se hará pública la lista provisional de personas admitidas y no admitidas en el tablón de anuncios de cada centro. En dicha relación se hará constar, en su caso, el motivo de exclusión.
b) Las personas que deseen efectuar una reclamación contra las listas de admisión podrán hacerlo presentando un escrito dirigido al director del centro, en un plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales de admisión.
c) La comisión de admisión a que se hace referencia en el apartado 5 de estas instrucciones resolverá sobre dichas reclamaciones y hará pública la lista definitiva de admitidos el día 1 de febrero.
d) Ante la decisión de la comisión de admisión, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo.
7. Inscripción.
La inscripción de los candidatos admitidos en el proceso de evaluación y acreditación de competencias previo a las pruebas se corresponderá con las dos fases que se detallan en el apartado 8.
Inscripción para la fase se asesoramiento: del 2 al 5 de febrero de 2010, ambos inclusive, empleando el modelo que figura en el anexo 5.
Inscripción para la fase de evaluación: del 12 al 14 de abril de 2010, ambos inclusive, empleando el modelo que figura en el anexo 7.
III.-Procedimiento de evaluación y acreditación.
8. Fases del procedimiento.
El proceso de evaluación y acreditación de la competencia profesional constará de la fase de asesoramiento y de la fase de evaluación, que se llevarán a cabo de manera consecutiva. Ambas se desarrollarán, preferentemente, en las sedes de los respectivos centros de formación profesional, aunque se podrán designar sedes complementarias para facilitar el asesoramiento y la evaluación, que se harán públicas oportunamente.
9. Primera fase: asesoramiento.
1. Esta fase se desarrollará entre los días 15 de febrero y 31 de marzo de 2010. Esta fase va dirigida a las personas ya inscritas y tiene como finalidad analizar las actividades profesionales previas del candidato o candidata y el resultado del test de autoevaluación para identificar la correspondencia de sus aprendizajes con las unidades de competencia que serían más idóneas a efectos de solicitar su acreditación, así como proporcionar al candidato el apoyo necesario durante el proceso.
2. El candidato, con la ayuda del asesor, recogerá las actividades previas que han originado sus aprendizajes en un dossier de competencias individual que englobará, al menos, los siguientes aspectos: curriculum vitae del candidato, información sobre su trayectoria formativa reglada y no reglada y sobre su experiencia profesional.
3. La persona encargada de la fase de asesoramiento emitirá un informe en el que proponga al aspirante su continuidad, o no, en el proceso de evaluación. Este consejo asesor, conforme al modelo que se recoge en el anexo 6, no tiene carácter vinculante para el candidato.
4. Si un candidato no se presentara a la realización de la fase de asesoramiento perdería automáticamente su derecho a participar en la fase de evaluación.
5. Esta fase será desarrollada por asesores designados y formados al efecto por el Departamento de Educación y podrán incorporar sesiones grupales para el tratamiento de aspectos generales. A la finalización de la fase de asesoramiento, el candidato recibirá el consejo asesor y el dossier completo que haya resultado del desarrollo de esta fase.
10. Segunda fase: evaluación.
1. Teniendo en cuenta lo señalado en al apartado 7 de estas instrucciones, para tomar parte en la fase de evaluación, la persona aspirante deberá entregar, junto con la solicitud, el dossier completo resultante del trabajo desarrollado en la fase de asesoramiento.
2. La fase de evaluación se desarrollará, como referencia, entre el 26 de abril y el 11 de junio de 2010. A la finalización de la misma, cada aspirante habrá sido evaluado en las unidades de competencia solicitadas y habrá recibido el correspondiente juicio de competencia. Esta fase consta de dos partes:
a) 1.ª parte: preparación de la evaluación. En esta parte, cada aspirante será informado por los evaluadores sobre las características de la fase de evaluación. Así mismo, se fijarán los momentos, lugares y, en la medida de lo posible, los procedimientos de evaluación, todo lo cual será recogido en un Plan de evaluación, cuyo modelo figura en el anexo 8, que será comunicado a cada candidato por parte del equipo evaluador. Dicho Plan será elaborado teniendo en cuenta toda la documentación aportada y generada por el candidato en la fase de asesoramiento.
b) 2.ª parte: desarrollo de la evaluación. Cada candidato será objeto de evaluación por parte de evaluadores pertenecientes a la comisión evaluadora correspondiente que, a tal efecto, utilizarán de forma preferente diversos elementos para facilitar que los candidatos puedan demostrar su competencia, tales como el dossier individual de competencias, la entrevista profesional, la observación o simulación de la práctica profesional u otras pruebas complementarias, si estas fueran necesarias.
3. Las etapas de preparación y desarrollo de la evaluación serán realizadas por evaluadores designados y formados al efecto por el Departamento de Educación, que integrarán la comisión evaluadora que se describe en el siguiente apartado de estas instrucciones.
11. Comisión evaluadora.
1. Toda la fase de evaluación será desarrollada por una comisión evaluadora que será designada, para cada título y centro, por el Director General de Formación Profesional y Universidades. Dicha comisión estará integrada por un mínimo de cinco miembros. De ellos, al menos tres serán profesores funcionarios con atribución docente en el ciclo formativo correspondiente, de los cuales uno actuará como Presidente y otro como Secretario de la Comisión. Se procurará que en la comisión evaluadora intervengan dos expertos o profesionales en activo en las áreas correspondientes a cada una de las titulaciones.
2. La comisión evaluadora podrá actuar en subcomisiones, cuando se requiera por razones organizativas.
3. En el proceso de evaluación a un candidato no podrán intervenir las personas que hayan desarrollado la fase de asesoramiento y, preferentemente, actuarán de forma conjunta un evaluador docente y un profesional experto, como mínimo, para potenciar la objetividad y homogeneidad de los criterios de evaluación.
12. Funciones de la comisión evaluadora y de sus miembros.
a) Funciones de la comisión.
- Establecer y coordinar el calendario de las pruebas.
- Definir las pruebas y actividades que se vayan a utilizar en la evaluación de cada unidad de competencia y fijar los criterios de evaluación.
- Gestionar los medios necesarios para el desarrollo de las pruebas de evaluación.
- Emitir los juicios de competencia.
- Estudiar y resolver las reclamaciones que pudieran presentar los aspirantes.
- Remitir los expedientes completos de cada candidato al Departamento de Educación para su custodia.
b) Funciones del presidente de la comisión.
- Representar y mantener la interlocución con el Departamento de Educación.
- Convocar y presidir las reuniones de la comisión.
- Dirigir y coordinar las actuaciones de la comisión.
- Supervisar y coordinar la elaboración y el desarrollo de las pruebas y la actuación de los equipos de evaluación.
- Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en la presente Resolución.
c) Funciones del secretario.
- Redactar las actas y, en su caso, dar fe de los acuerdos adoptados en las reuniones de la comisión.
- Recibir las propuestas de juicio de competencia para su traslado a la comisión.
- Expedir las certificaciones de carácter no académico que sean solicitadas por los candidatos o por la Administración educativa.
d) Funciones de los evaluadores.
- Elaborar los planes de evaluación.
- Asistir a la realización de las pruebas y controlar su desarrollo.
- Registrar todas las actividades de evaluación, que serán firmadas por los evaluadores y por el candidato.
- Proponer los juicios de competencia.
- Redactar los informes de evaluación.
13. Juicio de competencia.
a) La comisión, a partir de los instrumentos de evaluación y las actuaciones desarrolladas por los evaluadores, emitirá un juicio de competencia en relación a las evidencias demostradas por cada aspirante. El juicio de competencia se expresará de forma dicotómica, en términos de competencia demostrada o competencia no demostrada, conforme al modelo del anexo 9.
b) Los referentes de evaluación para el proceso descrito en el punto anterior serán las unidades de competencia, con sus correspondientes realizaciones profesionales y criterios de realización, que integran los diversos títulos objetos de esta convocatoria.
c) El documento en el que se expresa el juicio de competencia será entregado personalmente o remitido al candidato a través de correo certificado con acuse de recibo, con objeto de garantizar la necesaria confidencialidad del procedimiento.
14. Reclamaciones.
a) Las reclamaciones a las decisiones de la comisión evaluadora se presentarán por escrito, en primera instancia, a la propia comisión. Dicha reclamación se presentará en el centro de referencia en el plazo de tres días hábiles posteriores a la fecha que figure en el acuse de recibo mencionado en el apartado anterior. La comisión evaluadora resolverá al respecto en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de la presentación de la reclamación.
b) Las personas que hayan agotado el proceso de reclamación en primera instancia podrán continuar su tramitación ante el Servicio de Formación Profesional, para lo que harán entrega de su reclamación en el Registro General del Departamento de Educación o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
15. Asesoramiento final.
Una vez finalizado el proceso de evaluación, el candidato podrá solicitar asesoramiento relativo a la formación que le permita completar su perfil profesional, para lo cual presentará una petición en el centro de referencia conforme al modelo del anexo 10, que será atendida, preferentemente, por la misma persona que le acompañó en la fase de asesoramiento.
16. Apoyo al asesoramiento y la evaluación.
Con objeto de facilitar un correcto desarrollo del procedimiento de acreditación, el Departamento de Educación elaborará una Guía del candidato, documento informativo que sirve al aspirante para tener un conocimiento detallado del procedimiento general establecido en esta norma y un Test de autoevaluación, que aporta información sobre el perfil profesional de la persona aspirante y contribuye a elaborar el consejo asesor y a tomar la decisión sobre la continuación hacia la fase de evaluación. Así mismo, se encargará de la formación de los asesores y evaluadores que vayan a tomar parte en el procedimiento.
IV.-Acreditación y registro.
17. Acreditación de la competencia.
a) A las personas que sean evaluadas positivamente les será acreditada la unidad o unidades de competencia correspondientes conforme al modelo que figura en el anexo 11.
b) Las unidades de competencia acreditadas tienen validez oficial y, en su caso, mediante la convalidación del módulo o módulos profesionales asociados a cada una de ellas, tendrá validez en todo el Estado, según lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
18. Registro.
El centro mantendrá un registro de las unidades de competencia acreditadas en el procedimiento de evaluación contemplado en la presente norma. Tras la convocatoria, el centro dará traslado de una copia de dicho registro al Departamento de Educación para proceder a su incorporación al registro general de unidades de competencia acreditadas.
ANEXO 1
Solicitud de preinscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia profesional asociada al título
de técnico en .................................................................
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
Datos de la persona solicitante 1:
Primer Apellido:
Segundo Apellido:
Nombre:
N.º D.N.I. o pasaporte:
Fecha de nacimiento:
Sexo: q Hombre q Mujer
Domicilio:
Dirección:
Localidad y C. Postal:
Provincia:
Teléfono correo electrónico:
Situación laboral actual:
q Empleado. Empresa:
q Desempleado
Titulación que posee 2:
- Graduado en ESO o equivalente
- Bachillerato o equivalente
q Técnico de FP. Rama o Especialidad:
q Técnico auxiliar de FP. Rama o Especialidad:
q Técnico Superior o Técnico Especialista de FP.
Rama o Especialidad:
q Diplomado universitario en:
q Licenciado en:
q Otros (especificar):
EXPONE
Que reúne los requisitos establecidos en la convocatoria del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales asociadas al título de Técnico en , lo que acredita mediante la siguiente documentación 3 :
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.
- Certificado de vida laboral de la Tesorería de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral.
- Certificado de cotización en el Régimen especial de Trabajadores Autónomos.
- Certificado/s de empresa/s acreditativo de la experiencia laboral según se detalla en el apartado 2 de las instrucciones de la convocatoria.
- Declaración jurada de actividades desarrolladas como trabajador asalariado, autónomo o voluntario.
- Certificación de la organización en la que ha desarrollado actividad de voluntariado.
- Otra documentación (detallar).
SOLICITA
Su admisión en el proceso de evaluación y acreditación de las competencias profesionales asociadas al título de Técnico en ........................................................... definido en el Real Decreto ......................, de ............... de .............
En ......................, a ........... de ............. de 20......
Firma de la persona interesada
SEÑOR DIRECTOR DEL .........................................................................................
(1) De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos de que los datos que usted facilite en el presente formulario serán incorporados a los ficheros del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para su tratamiento estadístico y para la gestión de los derechos derivados del reconocimiento de su solicitud. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos dirigiéndose al Servicio de Formación Profesional del Departamento de Educación.
(2) Señalar todos los títulos que se posean. Durante el proceso, la Comisión evaluadora podría solicitar al candidato la presentación de los documentos acreditativos de los mismos.
(3) Todos los documentos deberán ser originales o fotocopias compulsadas d elos mismos.
ANEXO 2
Don/Doña ..................................................., mayor de edad, con D.N.I. número ...................................... y domicilio en ................................., calle/plaza .......................................... número ................... C. postal .................., provincia ..........................................
JURA O PROMETE 1
Que ha desarrollado actividades profesionales como (indíquese lo que proceda):
q Trabajador/a asalariado/a q Voluntario/a q Autónomo/a
relacionadas con las competencias del ámbito del técnico en ...................................................................... (señálese el título de referencia en cuyo entorno profesional ha desarrollado sus actividades) establecidas en las siguientes unidades de competencia 2:
(márquese la casilla que proceda)
q Código y denominación de cada unidad de competencia del título
q ........................................................................................................
q ........................................................................................................
En la(s) siguiente(s) empresa(s)/institución(es), durante los períodos señalados a continuación:
EMPRESA/INSTITUCIÓN | LOCALIDAD | FECHA INICIO | FECHA FINAL |
En ......................, a ........... de ............. de 20......
Firma de la persona interesada
(1) Esta Declaración es válida sólo a efectos de acreditar la tipología de actividades desarrolladas, pero no para acreditar el tiempo de experiencia.
(2) Enumérense las unidades de competencia del título correspondiente.
ANEXO 3
Relación de unidades de competencia susceptibles de acreditación
Título de Técnico en Cocina y Gastronomía.
Unidades de competencia:
-UC00362: Aplicar la normativa de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en la industria panadera.
-UC02592: Definir ofertas gastronómicas, realizar el aprovisionamiento y controlar consumos.
-UC02602: Preelaborar y conservar toda clase de alimentos.
-UC02612: Preparar elaboraciones básicas de múltiples aplicaciones y platos elementales.
-UC02622: Preparar y presentar todo tipo de elaboraciones culinarias complejas y de creación propia para el servicio.
-UC03062: Realizar y/o controlar las operaciones de elaboración de masas, pastas y productos básicos de múltiples aplicaciones para pastelería-repostería.
-UC03102: Aplicar la normativa de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en la industria alimentaria.
-UC07092: Definir ofertas sencillas de repostería, realizar el aprovisionamiento interno y controlar consumos.
-UC07102: Elaborar y presentar productos hechos a base de masas y pastas, postres de cocina y helados.
-UC07112: Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en restauración.
Título de Técnico en Emergencias Sanitarias.
Unidades de competencia:
-UC00691: Mantener preventivamente el vehículo sanitario y controlar la dotación material del mismo.
-UC00702: Prestar al paciente soporte vital básico y apoyo al soporte vital avanzado.
-UC00712: Trasladar al paciente al centro sanitario útil.
-UC00722: Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis.
-UC03602: Colaborar en la organización y el desarrollo de la logística sanitaria en escenarios con múltiples víctimas y catástrofes, asegurando el abastecimiento y la gestión de recursos y apoyando las labores de coordinación en situaciones de crisis.
-UC03612: Prestar atención sanitaria inicial a múltiples víctimas.
-UC03622: Colaborar en la preparación y en la ejecución de planes de emergencias y de dispositivos de riesgo previsible.
Título de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas.
Unidades de competencia
-UC01202 Montar y mantener instalaciones de captación de señales de radiodifusión sonora y TV en edificios o conjuntos de edificaciones (antenas y vía cable).
-UC01212 Montar y mantener instalaciones de acceso al servicio de telefonía disponible al público e instalaciones de control de acceso (telefonía interior y videoportería).
-UC08202 Montar y mantener instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios destinados principalmente a viviendas.
-UC08212 Montar y mantener instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios comerciales, de oficinas y de una o varias industrias.
-UC08222 Montar y mantener instalaciones de automatismos en el entorno de viviendas y pequeña industria.
-UC08232 Montar y mantener redes eléctricas aéreas de baja tensión.
-UC08242 Montar y mantener redes eléctricas subterráneas de baja tensión.
-UC08252 Montar y mantener máquinas eléctricas.
-UC08362 Montar instalaciones solares fotovoltaicas.
-UC08372 Mantener instalaciones solares fotovoltaicas.
Título de Técnico en Soldadura y Calderería.
Unidades de competencia:
-UC00982: Realizar soldaduras y proyecciones térmicas por oxigás.
-UC00992: Realizar soldaduras con arco eléctrico con electrodo revestido.
-UC01002: Realizar soldaduras con arco bajo gas protector con electrodo no consumible (TIG).
-UC01012: Realizar soldaduras con arco, bajo gas protector con electrodo consumible (MIG, MAG) y proyecciones térmicas con arco.
-UC11392: Trazar y cortar chapas y perfiles.
-UC11402: Mecanizar y conformar chapas y perfiles.
-UC11412: Montar e instalar elementos y estructuras de construcciones y carpintería metálica.
-UC11422: Trazar y mecanizar tuberías.
-UC11432: Conformar y armar tuberías.
-UC11442: Montar instalaciones de tubería.
ANEXO 4
Acta de la Comisión de admisión
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
Reunida en la comisión constituida para la valoración y admisión de aspirantes al proceso de evaluación y acreditación de aprendizajes previos relativos al título de Técnico en , y una vez valorada la documentación presentada por los solicitantes, de acuerdo a los criterios establecidos en la Resolución reguladora de este proceso, ha adoptado la siguiente decisión:
Relación de solicitantes admitidos:
N.º DE ORDEN | APELLIDOS Y NOMBRE | PUNTUACIÓN ANTIGÜEDAD |
Aspirantes con plaza | ||
Aspirantes en lista de espera |
Relación de solicitantes excluidos:
APELLIDOS Y NOMBRE | MOTIVO* |
(*) Indíquese, mediante un código numérico, la(s) causa(s) de exclusión y enumérense dichas causas al pie de la relación. Por ejemplo:
(1) No acreditar fehacientemente o no poseer experiencia laboral suficiente de tres años en el ejercicio de la profesión relacionada con la titulación.
(2) La experiencia profesional acreditada no se corresponde con el perfil profesional del título en que se inscribe.
(3) Otras (especificar).
En .............................., a ........... de ....................... de 20....
V.º B.º El/La Presidente/a Los/las Vocales El/La Secretario/a
ANEXO 5
Formulario de inscripción para la fase de asesoramiento del procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
Datos de la persona solicitante:
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
N.º D.N.I. o pasaporte:
EXPONE
Que ha superado el proceso de admisión para la fase de asesoramiento del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales asociadas al título de Técnico en
SOLICITA
Iniciar la fase de asesoramiento del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales asociadas al título de Técnico en definido en el Real Decreto , de de , en las siguientes unidades de competencia 1:
q Código y denominación de cada unidad de competencia del título
q ........................................................................................................
q ........................................................................................................
En .............................., a, .............., de ....................., de 20.....
Firma de la persona interesada
SEÑOR DIRECTOR DEL ..........................................................................................
(1) Enumérense las unidades de competencia del título correspondiente, conforme a lo recogido en el anexo 2. Esta selección es orientativa para el asesor y puede ser modificada a lo largo del proceso de asesoramiento. Así mismo, no condiciona la posterior inscripción en las pruebas de evaluación.
ANEXO 6
Consejo asesor resultante de la fase de asesoramiento del procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
Como resultado del análisis de la documentación aportada por el/la candidato/a Don/Doña ..................................................................., con DNI número ..................................................., del resultado del test de autoevaluación y del asesoramiento efectuado durante esta fase, la persona responsable de la misma estima oportuno emitir el siguiente Consejo Asesor:
Considera adecuado que el/la aspirante prosiga hacia la fase de evaluación en las siguientes unidades de competencia 1:
q Código y denominación de cada unidad de competencia
q ........................................................................................................
q ........................................................................................................
En .............................., a, .............., de ....................., de 20.....
El/La responsable del asesoramiento El/La candidato/a
Fdo: Fdo.:
(1) Se señalan aquellas unidades de competencia, con su código y denominación completa, de las que existe información razonable sobre sus posibilidades de acreditación.
ANEXO 7
Formulario de inscripción para la fase de evaluación del procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
Datos de la persona solicitante:
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
N.º D.N.I. o pasaporte:
EXPONE
Que ha finalizado la fase de asesoramiento del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales asociadas al título de Técnico en , y ha recibido el pertinente Consejo Asesor.
SOLICITA
Iniciar la fase de evaluación del procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales asociadas al título de Técnico en definido en el Real Decreto ..................., de .......... de ......., en las siguientes unidades de competencia 1:
q Código y denominación de cada unidad de competencia del título
q ........................................................................................................
q ........................................................................................................
En .............................., a, .............., de ....................., de 20.....
Firma de la persona interesada
SEÑOR DIRECTOR DEL ..........................................................................................
ANEXO 8
Plan de evaluación
TÉCNICO EN
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
Nombre y apellidos del candidato:
Unidad(es) de competencia objeto de evaluación:
Fuentes de evidencia que se utilizarán:
- Observación o simulación de la práctica profesional
q Entrevista profesional
q Otras (especificar):
Horas, fechas y lugares de la evaluación:
Lugar y fecha en que se acuerda el plan: ................................., de ........................., de 20.......
Firmas de conformidad
El/la candidato/a El equipo de evaluación
Fdo:
ANEXO 9
Juicio de competencia
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
La comisión evaluadora constituida para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas en relación al perfil profesional del Técnico en ............................................................., tras analizar las competencias puestas de manifiesto por el/la candidato/a
Don/Doña ....................................................................................., con DNI número ....................................................
Emite el siguiente juicio sobre las unidades de competencia que han sido objeto de evaluación:
(Relaciónense únicamente las Unidades de competencia que han sido evaluadas)
(Código y denominación de cada unidad de competencia evaluada)
? Competencia demostrada ? Competencia no demostrada
En ..............................., a ...................... de ............. de 20.....
La comisión evaluadora
El Presidente Los vocales El Secretario
ANEXO 10
Solicitud de asesoramiento sobre itinerarios formativos complementarios
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
Don/Doña ............................. , con DNI número ..............................,
EXPONE
Que ha participado en el procedimiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales asociadas al título de Técnico en .......................................................................................
SOLICITA
Recibir asesoramiento sobre el itinerario formativo que sería aconsejable realizar para alcanzar la competencia profesional definida en la(s) siguiente(s) unidad(es) de competencia:
Señálese el código y denominación completa de las unidades de competencia del título correspondiente
q ........................................................................................................
q .......................................................................................................
Pamplona, ........, de .........................., de 20.........................
Firma de la persona interesada
SEÑOR DIRECTOR DEL .........................................................................................
ANEXO 11
Certificación de competencia profesional
(Según Resolución 145/2009, de 20 de mayo, del Director General de Formación Profesional y Universidades)
Don/Doña ................................................................................. Secretario/a del (centro de formación profesional) ............................................................................................, de (localidad) ..................................................................
CERTIFICA
Que, como resultado del procedimiento de reconocimiento y evaluación de las competencias profesionales, Don/Dña con D.N.I. número ha demostrado la adquisición de las siguientes unidades de competencia:
(Háganse constar el código, la denominación y el nivel de cada unidad de competencia)
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Y para que así conste y surta, en su caso, los efectos oportunos de acuerdo a la normativa vigente, expido el presente certificado en ..............................., a ..................., de ......................., de 20.......
V.º B.º El Director del centro El Secretario
Fdo.: Fdo.:
Código del anuncio: F0916591
Acceso
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Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.
31001 - Pamplona (Navarra)
848 42 12 50
