BOLETÍN Nº 75 - 19 de junio de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 73/2009, de 27 de febrero, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación por la que se aprueba la Convocatoria de ayudas en favor de las Asociaciones del Alumnado de Centros Escolares de Educación Secundaria de Navarra, para el año 2009.

El Director del Servicio de Ordenación e Innovación presenta un informe señalando la conveniencia de hacer pública la Convocatoria de ayudas en favor de las Asociaciones del alumnado de Centros Escolares de Educación Secundaria de Navarra, para el año 2009.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la Convocatoria de ayudas en favor de las Asociaciones del Alumnado de Centros Escolares de Educación Secundaria de Navarra para el año 2009, que se incorpora como Anexo I a la presente Resolución.

2.º Autorizar un gasto máximo de 5.500 euros con cargo a la Partida 422000-42120-4819-324200 denominada "Subvención a Asociaciones y Federaciones de Padres y Alumnos", del Presupuesto de gastos para 2009.

3.º Ordenar la publicación de la Convocatoria adjunta y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, al Servicio de Ordenación e Innovación, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, a la Sección de Desarrollo Educativo, al Negociado de Gestión Económica, y al Negociado de Información y Asesoramiento de Alumnos y Padres, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de febrero de 2009.-La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, Teresa Aranaz Jiménez.

ANEXO I

Convocatoria de ayudas en favor de las Asociaciones del Alumnado
de Centros de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2009

Se convocan ayudas en favor de las Asociaciones del Alumnado de Centros de Educación Secundaria de la Comunidad Foral de Navarra, para el año 2009.

Considerando la necesidad de fomentar y potenciar la realización de actividades por parte de las Asociaciones del Alumnado de la Comunidad Foral de Navarra, el Departamento de Educación, hace pública esta Convocatoria de ayudas para el año 2009, con arreglo a las siguientes:

BASES

1.ª Podrán acogerse a la presente Convocatoria las Asociaciones del Alumnado de Centros Escolares autorizados de Educación Secundaria de la Comunidad Foral, que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Navarra.

El objeto de esta subvención es la ayuda a las Asociaciones de Alumnado como cauce de participación y de promoción de actividades, extensiva a la programación y organización de actividades educativo-culturales, encaminadas a potenciar la dinámica escolar, la atención a la diversidad de intereses, la participación y el asociacionismo juvenil a través de las propias Asociaciones de Alumnado, tales como actividades de formación del Alumnado, de fomento de la participación, así como cualquier otra actividad organizada y dirigida por las respectivas Asociaciones y destinada a los miembros de la Asociación o al resto de la comunidad educativa.

2.ª Las Asociaciones que soliciten acogerse a la presente Convocatoria deberán presentar:

a) Solicitud debidamente cumplimentada, según modelo Anexo II, con la certificación correspondiente por parte del Presidente del Consejo Escolar del centro.

b) Descripción de cada una de las actividades para las que se pide ayuda, según modelo del Anexo III.

c) Relación-Resumen de todas las actividades acogidas a esta Convocatoria, según modelo del Anexo IV.

El Director del Centro en el que esté ubicada la Asociación deberá adjuntar un informe en el que se evalúen las necesidades económicas estimadas de la Asociación para llevar a cabo las actividades que tenga programadas.

3.ª Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Departamento de Educación, en el Registro General del Gobierno de Navarra o utilizando cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.ª El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Todas las solicitudes que se entreguen fuera de plazo o se remitan con datos falseados quedarán excluidas de la presente convocatoria.

Si las solicitudes no reúnen los requisitos exigidos en la Base 2, se notificará dicha circunstancia a los interesados, concediéndoles un plazo de diez días a partir de la fecha de notificación para subsanar las deficiencias.

5.ª La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación resolverá la presente Convocatoria en un plazo máximo de tres meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Si hubiere transcurrido dicho plazo sin existir resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud, según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

En la presentación de la documentación solicitada, se recomienda tener en cuenta buenas prácticas ambientales que contribuyan a un uso más racional del papel, tales como la utilización de papel reciclado y papel blanqueado sin cloro, y la impresión o fotocopiado a dos caras.

6.ª La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación resolverá la presente Convocatoria a propuesta del Servicio de Ordenación e Innovación, que actuará como órgano instructor del procedimiento.

7.ª Una Comisión constituida al efecto estudiará las solicitudes presentadas y velará por la correcta aplicación de los criterios de distribución que se citan en la base 8.ª de esta Convocatoria, elevando propuesta de adjudicación al órgano instructor.

Dicha Comisión estará formada por:

Presidenta: La Jefa de la Sección de Desarrollo Educativo.

Vocales: La Jefa del Negociado de Información y Asesoramiento de Alumnos y Padres.

Vocal Secretario: el Jefe de Negociado de Diseño Curricular.

8.ª Para determinar la cuantía a adjudicar a cada Asociación solicitante, la Comisión tendrá en cuenta además del número de solicitudes admitidas, el número de afiliados de las Asociaciones solicitantes así como las circunstancias socioeconómicas de la población escolar de los centros educativos y el número de proyectos presentados.

Para ello, considerando que la disponibilidad presupuestaria para esta Convocatoria asciende a 5.500 euros, se procederá de acuerdo con la siguiente distribución y criterios:

a) Se distribuirá el 22% del total destinado a las Asociaciones en partes iguales entre las solicitudes admitidas.

b) El 38% del total en proporción al número de afiliados a cada Asociación.

c) El 10% del total para atender las circunstancias geográficas y socioeconómicas de la población escolar de los Centros Educativos a que pertenecen las Asociaciones solicitantes.

d) El 30% del total en atención al número de actividades programadas por cada Asociación que se ajusten a lo establecido en las bases 9 y 10, con un máximo de 200 Euros por este apartado.

9.ª Las Asociaciones podrán presentar como actividades objeto de subvención las actividades de formación del alumnado, las de fomento de la participación así como cualquier otra actividad organizada y dirigida por las respectivas Asociaciones y destinada a los miembros de la Asociación o al resto de la comunidad educativa. Podrán incluirse acciones informativas y formativas en relación con educación para la igualdad y el desarrollo de la convivencia pacífica, educación ambiental, consumo responsable, ahorro y eficiencia energética, gestión ambientalmente correcta de residuos, etc.

10.ª Quedarán excluidas, por no ajustarse a los fines de esta convocatoria, las siguientes actividades:

a) Las actividades que, implicando la participación del alumnado, no hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar.

b) Las actividades ya subvencionadas por otra convocatoria de este Departamento u otro Ente Público.

c) Las actividades que supongan el establecimiento de clases regulares adicionales.

d) Las actividades, viajes o estancias de más de un día de duración.

e) Las actividades organizadas por el Consejo Escolar o el profesorado del Centro y presentadas a la Convocatoria de Ayudas para la realización de Actividades Extraescolares y Complementarias en centros docentes.

f) Las actividades organizadas por la Asociación de Padres y Madres del Centro y presentadas a la Convocatoria de Ayudas a favor de las Asociaciones y Federaciones de Padres y Madres de Alumnos de Centros Escolares de Navarra.

g) Las actividades extraescolares y complementarias relacionadas con las lenguas extranjeras, por existir una Convocatoria específica de este Departamento.

h) Las actividades que se realicen en días no lectivos del Calendario Escolar del Centro, tales como vacaciones, fines de semana, etc.

i) Las actividades de carácter municipal.

j) La compra de material inventariable.

11.ª El Departamento de Educación notificará a los interesados la resolución de la presente Convocatoria y la publicará en el Boletín Oficial de Navarra indicando la relación de Asociaciones beneficiarias de estas ayudas así como la cuantía a abonar a cada una de ellas y la relación de Asociaciones excluidas, si las hubiere, con indicación de las causas de su exclusión.

12.ª El pago de las cantidades concedidas a cada una de las Asociaciones y Federaciones se abonará en un solo plazo tras la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la Resolución de adjudicación. Dicho pago tendrá carácter de anticipo y estará condicionado a la existencia de fondos líquidos previstos para hacer frente a las obligaciones reconocidas y a la autorización expresa del Departamento de Economía y Hacienda según lo dispuesto en el artículo 33.5 de la Ley Foral de Subvenciones.

13.ª Las entidades beneficiarias de las ayudas deberán presentar, antes del 15 de enero del año 2010, documentos o facturas originales que justifiquen los gastos realizados por un importe no inferior a la cuantía recibida, indicando asimismo las actividades a que se ha destinado la ayuda.

14.ª El Departamento de Educación se reserva el derecho a requerir cualquier información complementaria y la posibilidad de inspección y control de las actividades objeto de subvención.

15.ª Cualquier infracción a las presentes Normas, dará lugar a la revocación de la ayuda concedida y a la devolución de las cantidades percibidas, y podrá implicar la pérdida del derecho para participar en las próximas Convocatorias, sin perjuicio de lo establecido en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

16.ª Contra la presente Convocatoria, y los actos administrativos que se deriven de la misma, pondrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación.

ANEXO II

Solicitud de ayuda en favor de las Asociaciones del Alumnado
para el año 2009

Nombre de la Asociación:

Dirección: .......................................... Teléfono:

Población: .......................................... C. Postal:

C.I.F/N.I.F:

Presidente/a: ......................................... Teléfono:

N.º socios: ........................ Cuota anual:

Pertenece a una Federación: SI ? NO ?

En caso afirmativo indique su nombre:

Centro Escolar:

Tipo de Centro: Público: ? Privado ?

Número de alumnos:

La Asociación cuyos datos se relacionan anteriormente solicita acogerse a la Convocatoria de ayudas en favor de las Asociaciones del Alumnado de Centros escolares de Educación Secundaria de Navarra, para el año 2009.

La Asociación declara bajo su responsabilidad que no está incursa en prohibición de obtener la condición de beneficiaria a que se refiere el artículo 13 de la ley 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

El Consejo Escolar del Centro y en su nombre el Presidente/a certifica que las actividades presentadas a esta Convocatoria que implican la participación de los alumnos han sido aprobadas por el Consejo Escolar y certifica igualmente la veracidad de los datos expuestos en la solicitud.

..........................., a ............ de .................. de 2009.

V.º B.º

EL PRESIDENTE/A DEL CONSEJO ESCOLAR

EL PRESIDENTE/A DE LA ASOCIACIÓN

(Firma y Sello)

(Firma y Sello)

SR. DIRECTOR DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN.

DEPARTAMEnTO DE EDUCACIÓN.

ANEXO III

Informe - Descripción de actividades o viajes

Denominación de la Actividad:

Descripción de la Actividad:

Dirigido a:

Número de participantes:

Objetivos que se pretenden abarcar:

Fecha de realización:

Lugar de realización:

Kilómetros de ida y vuelta (en caso de viajes):

Responsable de la Actividad:

Presupuesto de gastos (especificar conceptos):

1.- .................................................. Importe:

2.- .................................................. Importe:

3.- .................................................. Importe:

Total:

Observaciones:

(Nota: Rellenar uno por cada Actividad)

ANEXO IV

Relación-resumen de actividades y viajes presentados a la convocatoria de Ayudas en favor de las Asociaciones del Alumnado de Centros
de la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2009

1.-

Importe

2.-

Importe

3.-

Importe

4.-

Importe

5.-

Importe

6.-

Importe

7.-

Importe

8.-

Importe

9.-

Importe

10.-

Importe

11.-

Importe

12.-

Importe

13.-

Importe

14.-

Importe

15.-

Importe

Suma total

........................, a ............ de .................. de 2009.

V.º B.º

EL PRESIDENTE/A DEL CONSEJO ESCOLAR

EL PRESIDENTE/A DE LA ASOCIACIÓN

(Firma y Sello)

(Firma y Sello)

SR. DIRECTOR DEL SERVICIO DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN.

DEPARTAMEnTO DE EDUCACIÓN.

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