BOLETÍN Nº 73 - 15 de junio de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.3. Otras Disposiciones

2.3.5. Otros

MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA

Resolución 158/2009

Con fecha 6 de mayo de 2009, el Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, adoptó la Resolución 158/2009, cuyo texto íntegro es el siguiente:

Por resolución número 3/2009, fue aprobada la Convocatoria para la obtención del Permiso de Conductor Profesional de Taxi en el Área Territorial de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona, publicándose en el Boletín Oficial de Navarra, número 19 de fecha 13 de febrero de 2009.

Dichas bases, en su apartado décimo indican:

La Resolución del Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona aprobando la relación de aspirantes que han superado las pruebas se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

Dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación de la Resolución en el Boletín, las personas que hayan superado las pruebas deberán aportar la siguiente documentación:

Certificado o informe emitido por médico colegiado que disponga de titulación suficiente, en el que se acredite que no padece impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de taxista.

Si dentro del plazo indicado, y salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados, la persona que hubiera superado las pruebas no presentase dicho documento, no le será otorgado el permiso, quedando anuladas todas las actuaciones.

Por todo lo expuesto

He resuelto

1.-Aprobar la relación de aspirantes que han superado las pruebas para la obtención del permiso de conductor profesional de taxi en el Área Territorial de Prestación Conjunta de la Comarca de Pamplona. Dicha relación es la siguiente:

015812466N

29147789G

44627570A

09376196Q

33420357T

44628305W

13080327C

33421969W

44633664W

15790383D

33422972Q

72663883Y

15808147V

33423825H

72664973S

15828078F

33427159V

72668534B

15832461C

33429261A

72675047S

15833068Y

33430955H

72676373F

15835119X

33432207M

72678916C

15839148Z

33432872A

72690144R

15840695C

33436085L

72690326E

15842440V

33437623Q

72692399W

15847698P

33438285B

72693401S

15849102D

33440981Q

72694417L

15963135P

33446978X

72704086M

15968327W

44433382G

72707100Y

18206969P

44612909Q

72804048D

18208578F

44613833C

72810688W

25994108Z

44617181X

73110138S

29141844Q

44617695M

76567145F

29144545A

44626112V

X1359287X

29146286L

44626459L

X6885040J

2.-Comunicar que, de conformidad con el apartado décimo de las bases, dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación de esta Resolución en el Boletín, las personas que hayan superado las pruebas deberán aportar certificado o informe emitido por médico colegiado que disponga de titulación suficiente, en el que se acredite que no padece impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de taxista. Si dentro del plazo indicado, y salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados, la persona que hubiera superado las pruebas no presentase dicho documento, no le será otorgado el permiso, quedando anuladas todas las actuaciones.

3.-Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, con la indicación de que, esta Resolución, pone fin a la vía administrativa, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 333 de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Navarra, dentro del periodo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, pudiendo, previa y potestativamente, interponer bien recurso de reposición ante el Presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en ambos casos dentro del plazo de un mes.

Pamplona, 6 de mayo de 2009.-El Presidente, Javier Torrens Alzu.

Código del anuncio: L0916372