BOLETÍN Nº 71 - 10 de junio de 2009

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DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra
Edicto de notificación

Notificación para don Jesús Ochoa Fernández.

Acto que se notifica: Providencia de 30 de marzo de 2009.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 30 de marzo de 2009, dictada en el recurso de alzada número 09-1639, interpuesto por don Jesús Ochoa Fernández, contra embargo de bienes, por parte del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona por importe de 180 euros, sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Gabriel Casajús Gavari.

R.A número 09-1639.

En la ciudad de Pamplona, a treinta de marzo de dos mil nueve.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Jesús Ochoa Fernández contra embargo de bienes, por parte del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, por importe de 180 euros, sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, realizando las siguientes actuaciones:

-Se persone en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (aparece firmado por orden) o bien remita a este Tribunal fotocopia del referido escrito de recurso debidamente firmado, así como fotocopia de su D.N.I.

-Remita a este Tribunal copia de la notificación de embargo en la que conste la entidad que lo ordenó.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."

Pamplona, 5 de mayo de 2009.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

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