BOLETÍN Nº 68 - 3 de junio de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Autoridades y Personal

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

BARAÑÁIN

Delegación de presidencias de comisiones informativas

El día 4 de mayo de 2009, el Alcalde-Presidente del M.I Ayuntamiento de Barañáin, dictó la resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

RESOLUCION 205/2009 de 4 de mayo de 2009 del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Barañáin, por la que se delegan en diferentes concejales -miembros de la Junta de Gobierno Local- la Presidencia de determinadas Comisiones Informativas.

Don José Antonio Mendive Rodrígez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barañáin.

Resultando acuerdo de pleno del Ayuntamiento de Barañáin de fecha 6 de mayo de 2008, por el que se dispone la creación, composición y periodicidad de las Comisiones Informativas del Ayuntamiento como resultado de la elección de nuevo alcalde como consecuencia de la moción de censura contra don Florencio Luqui Iribarren.

Considerando que, ex artículo 125.a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, el Alcalde es el Presidente nato de todas las comisiones informativas, pudiendo delegar la presidencia efectiva en cualquier miembro de la corporación, a propuesta de la propia comisión, previa elección efectuada en su seno.

Vistas actas, correspondientes a las comisiones informativas de "Servicios Sociales y Comunicación Intercultural" y de "Cultura y Juventud" de fechas de 20 de abril de 2009 donde consta la elección de las presidencias de dichas comisiones previa comunicación expresa de esta Alcaldía de no ostentarlas de forma efectiva.

Habida cuenta que el artículo 44.1 del ROF exige que todas las delegaciones referidas se realicen mediante Decreto del Alcalde que contendrá el ámbito de los asuntos a que se refiere la delegación, las facultades que se deleguen, así como las condiciones específicas de ejercicio de las mismas

En consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 12 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 43, 44, 52 y 114 del Real Decreto 2568//1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en ejercicio de las competencias atribuidas a esta Alcaldía por la normativa legal vigente,

HE RESUELTO:

Primero.-Delegar en los concejales -miembros de la Junta de Gobierno Local- que a continuación se relacionan la presidencia efectiva de las siguientes comisiones informativas.

-D. José Luis Ruiz Martínez, Presidente de la Comisión Informativa de "Servicios Sociales y Comunicación Intercultural".

-D. Juan Pablo Gómez Villuendas, Presidente de la Comisión Informativa de "Cultura y Juventud".

Segundo.-La delegación conferida en el resolutivo anterior comprende tanto las facultades de dirección y gestión dentro de las áreas referidas pero no la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.-Indicar que, ex artículo 114.1 del ROF, la delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación de los interesados, disponiendo que la delegación se entenderá aceptada si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación de ésta Resolución los interesados no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación. Igualmente podrá aceptarse expresamente.

Cuarto.-En lo no previsto en ésta Resolución, regirán la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en el marco de las reglas que para éstas Delegaciones se establecen en éstas Normas.

Quinto.-Proceder, ex artículo 44.2 del ROF a la publicación de la presente Delegación en el Boletín Oficial de Navarra y dar cuenta de la misma a la Junta de Gobierno Local y al Pleno de la Corporación en la primera sesión que dichos órganos colegiados celebren.

Sexto.-Notificar la presente Resolución a los interesados y dar cuenta de la misma al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que dicho órgano colegiado celebre.

Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicho acuerdo cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el presente acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación del mismo, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo orden, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo, en virtud del artículo 8.1 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y Con carácter potestativo, recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día de la notificación del presente acuerdo.

Barañáin, 4 de mayo de 2009.-El Alcalde, Juan Pablo Gómez Villuendas.

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