BOLETÍN Nº 68 - 3 de junio de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.6. Otros

DECRETO FORAL 34/2009, de 6 de abril, por el que se declaran Bien de Interés Cultural, como Bien Inmaterial, los Carnavales de Ituren y Zubieta.

Por Resolución 1090/2008, de 31 de diciembre, del Director General de Cultura, se aprobó la incoación del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, como Bien Inmaterial, a favor de los Carnavales de Ituren y Zubieta.

Por la citada Resolución se abrió un período de información pública en el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural por plazo de 30 días, dentro del cual no se presentó ninguna alegación.

El Decreto Foral 217/1986, de 3 de octubre, de declaración de Bien de Interés Cultural, modificado por Decreto Foral 572/1991, de 30 de diciembre, establece en su artículo 12 que la declaración de Bien de Interés Cultural en el ámbito de la competencia de la Comunidad Foral de Navarra se efectuará por Decreto Foral del Gobierno de Navarra.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día seis de abril de dos mil nueve,

DECRETO:

1. Se declaran Bien de Interés Cultural, como Bien Inmaterial, los Carnavales de Ituren y Zubieta.

2. El presente Decreto Foral produce efectos administrativos desde su aprobación.

3. Publicar este Decreto Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

4. Contra el presente Decreto Foral, que agota la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el propio Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

-Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.

No obstante, las Administraciones Públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 6 de abril de 2009.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma; El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

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