2. Administración Local de Navarra
2.1. Ordenanzas y Otras Disposiciones Generales
TUDELA
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El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela mediante Resolución número 311/2009, de 20 de abril, acordó aprobar los siguientes criterios de interpretación y aplicación del Artículo 8 (Cláusula de Salvaguarda) de la Ordenanza Municipal Reguladora de las Ayudas para la Instalación y Ampliación de Empresas, que permitirán establecer mecánicamente las ayudas otorgables a las empresas en cada caso concreto, con la finalidad de garantizar la objetividad en la concesión de estos apoyos municipales:
Artículo 8. Cláusula de salvaguarda.
Casos especiales (La suma de porcentajes valorados en este apartado sólo se aplicará a Licencias y nunca podrá superar el 35 %).
CASOS ESPECIALES | PORCENTAJE |
1. Acciones puntuales: Matadero, Actividades Agroalimentarias, Cooperativas Asociación de Labradores, Centro de Grupaje (AN), etc. | 10 % |
2. Actuaciones especiales: Implantaciones que por su complejidad o interés municipal específico deban estudiarse singularmente. a) Traslados por ampliación de instalaciones de empresas que ya estaban ubicadas en la Ciudad y cuya ampliación vuelven a materializar aquí. b) Que su ubicación suponga la eliminación de molestias para la Ciudad (ruidos, olores, tráfico, etc.) c) Que hayan introducido procesos o acciones de carácter medioambiental que supongan una notable mejora en el proceso productivo o en el medio en que se instalen. d) Que el número de puestos de trabajo supere los 150 e) Notable aumento en la calidad del empleo (más del 60% sobre el personal total de jóvenes menores de 25 años, mujeres, parados de más de 50 años y discapacitados). f) Otras cuestiones que por su interés municipal específico, merezcan una ayuda excepcional (debidamente justificado) | Hasta 20 % Hasta 10 % Hasta 10 % 5% por cada 25 empleados más 5% por cada 10% más Hasta 10 % |
Tudela, 20 de abril de 2009.-El Alcalde-Presidente, Luis Casado Oliver. L0914373 |
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