BOLETÍN Nº 57 - 11 de mayo de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Autoridades y Personal

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

ALTSASU/ALSASUA

Convocatoria de una plaza de profesor/a guitarra

En la Sesión que con carácter de extraordinario celebró la Junta Rectora del Patronato Municipal de Música del muy ilustre Ayuntamiento de Alsasua con fecha 3 de abril de 2009, entre otros, se adoptó el siguiente acuerdo:

Vistas las bases de la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de la plaza de profesor/a de guitarra con destino a la Escuela Municipal de Música de Alsasua, mediante contratación laboral fija a tiempo parcial, y habiendo sido acordado sacar a concurso-oposición para la cobertura definitiva de la vacante dicha especialidad en la Junta Rectora del Patronato Municipal de Música de Alsasua celebrada el 28 de noviembre de 2008.

Visto que dicha plaza está incluida en la plantilla orgánica del Patronato Municipal de Música del muy ilustre Ayuntamiento de Alsasua y que está dotada presupuestariamente,

Se acuerda:

Primero.-Aprobar las bases de la convocatoria adjunta para el puesto de profesor/a para la especialidad de guitarra con destino a la Escuela Municipal de Música de Alsasua en régimen de contratación laboral fija a tiempo parcial.

Segundo.-Realizar los trámites necesarios para llevar a cabo la cobertura de las plazas.

Alsasua, 7 de abril de 2009.-El Alcalde Presidente, Unai Hualde Iglesias.

BASES CONVOCATORIA PLAZA PROFESOR/A GUITARRA
PARA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA DE ALSASUA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición,
de la plaza de profesor/a de guitarra, en régimen de contratación laboral fija a jornada parcial al servicio del Patronato Municipal de Música
de Alsasua

Base 1.ª Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de profesor/a de guitarra con carácter laboral fijo a jornada parcial, con destino a la Escuela Municipal de Música de Alsasua.

1.2. El nombramiento conferirá a la persona designada a todos los efectos, carácter de trabajador/a laboral fijo a tiempo parcial de nómina y plantilla del Patronato Municipal de Música del Ayuntamiento de Alsasua desde la fecha de formalización del contrato de trabajo, siendo afiliado, en su caso, y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

1.3. La retribución bruta anual será la establecida para el Profesorado de la Escuela Municipal de Música de Alsasua en proporción a la jornada que para cada curso se establezca. Será la correspondiente al nivel B aprobada a tal efecto en la plantilla orgánica del ayuntamiento con sus correspondientes complementos.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, en función de la evolución de la matrícula en la Escuela Municipal de Música de Alsasua, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.5. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan la plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal.

Base 2.ª Requisitos de los/las aspirantes.

2.1. Para ser admitidos/as en este concurso-oposición los/las aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

b) Tener nacionalidad española o tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as en los términos en que esta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea. En cualquier caso, los/las aspirantes cuya nacionalidad sea diferente a la española, deberán acreditar su adecuado conocimiento de la lengua española.

c) Hallarse en posesión del Título de Grado Medio de música, de la especialidad guitarra, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Euskera. Hallarse en posesión de la titulación EGA ó 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalentes.

Para aquellos/as aspirantes que no posean titulación acreditativa de conocimientos de Euskera, se establecerá una prueba de nivel de Euskera con carácter eliminatorio.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración Pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el/la aspirante aprobado/a que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 3.ª Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Alsasua en el plazo de 30 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo incluido en la presente convocatoria. En las citadas instancias, los/las aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado. A las solicitudes, que deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I, se acompañarán la siguiente documentación:

a) Fotocopia del D.N.I. o documento equivalente de identificación.

b) Copia autentificada o fotocopia que se presentará acompañada del original para su compulsa de la titulación exigida en el apartado 2.1.c) de la presente convocatoria.

c) En su caso, copia autentificada o fotocopia que se presentará acompañada del original para su compulsa de la titulación y/o acreditación exigida en el apartado 2.1.d) de la presente convocatoria.

d) Documentación acreditativa de cuantos méritos puedan ser valorados de acuerdo con los criterios del baremo del concurso. No serán valorados por el Tribunal los méritos que no estén justificados mediante el correspondiente documento original o fotocopia compulsada.

e) 2 fotocopias de las obras que los/las aspirantes elijan para su interpretación en la fase de oposición.

3.2. Las personas con minusvalías podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, en cuyo caso deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen y la adaptación solicitada.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.4. Para ser admitida la solicitud, además de la instancia debidamente cumplimentada y de la documentación adjunta indicada, deberá presentarse dentro del mismo plazo señalado y sin que tenga que necesariamente coincidir el momento de presentación la programación didáctica señalada en la base 6.1.2. c) de esta convocatoria. Dicho trabajo se presentará en un sobre cerrado en cuyo exterior no figurarán los datos personales, figurando opcionalmente un lema. En el interior de dicho sobre figurará además del trabajo, otro sobre cerrado con los datos personales de el/la aspirante autor/a del mismo.

Base 4.ª Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Patronato Municipal de Música dictará Resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, las personas excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente del Patronato Municipal de Música de Alsasua, dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 5.ª Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Presidente del Patronato Municipal de Música de Alsasua.

-Suplente: A determinar por el Presidente del Patronato Municipal de Música de Alsasua.

-Vocal primero: Director de la Escuela Municipal de Música de Alsasua.

-Suplente: A designar por el Vocal primero.

-Vocal segundo: Profesor/a de la especialidad objeto de la convocatoria.

-Suplente: A designar por el Vocal segundo.

-Vocal tercero: Jefa de Estudios de la Escuela Municipal de Música de Alsasua.

-Suplente: A designar por el Vocal tercero.

-Vocal cuarto: Un/a Representante de los/las trabajadores/as de la Escuela Municipal de Alsasua.

-Suplente: Un Representante de los trabajadores a designar por el Vocal cuarto.

-Secretario (con voz pero sin voto): Secretario del Ayuntamiento de Alsasua.

-Suplente: A designar por el Secretario.

El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y ampliación de las bases de la convocatoria.

Base 6.ª Prueba de euskera.

6.1. Previo al inicio de la fase de concurso-oposición los/las candidatos/as que no estén en posesión del título de aptitud de euskera expedido por la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente deberán acreditar el conocimiento de euskera, para lo cual deberán realizar dos pruebas una escrita y otra oral, que en conjunto tendrán la calificación de apto o no apto. El nivel de conocimiento será el correspondiente al 5.º de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente (perfil lingüístico 3).

Las pruebas serán calificadas por personal técnico de la Mancomunidad de Sakana o los designados por dicha Mancomunidad.

6.2. Una vez cumplimentada esta prueba, quienes hayan obtenido la calificación de apto o estén en posesión del título de aptitud o equivalente pasarán a la fase de concurso-oposición.

Base 7.ª Desarrollo del concurso-oposición.

7.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición.

En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, la fecha y la hora de comienzo de las pruebas.

7.1.1. Fase de concurso.

El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los/las aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos que figura en el Anexo II.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los/las aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no aportados en caso contrario.

El Tribunal en ningún momento podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiera sido alegado o no se hubiese acreditado documentalmente.

7.1.2. Fase de oposición.

La puntuación total de la fase de oposición no podrá exceder de 80 puntos.

La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

A) Ejercicio práctico-docente.

La puntuación máxima por este ejercicio será de 35 puntos y deberán obtenerse un mínimo de 20 para superarlo.

Consistirá en la impartición de dos clases a un/a alumno/a principiante y a un/a alumno/a ya iniciado/a. Las clases tendrán una duración máxima de 20 minutos. Los temas a desarrollar serán de libre elección para el/la candidato/a. Finalizadas las clases, el/la aspirante defenderá ante el Tribunal su planteamiento de las mismas, comentará las posibles incidencias y hará una valoración de cómo han resultado según lo planteado. El Tribunal podrá entonces plantear todo tipo de preguntas y aclaraciones a el/la aspirante en relación con las clases, aspectos pedagógicos o de cualquier índole. El Tribunal valorará positivamente los recursos de el/la aspirante para captar la atención del alumnado, su comunicatividad, la forma de dirigirse a ellos/ellas y de plantearles las diferentes propuestas, el dinamismo con el que plantea la clase etc.

Una vez concluido el ejercicio, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la relación con las puntuaciones de los/las aspirantes en la que anunciará el día y lugar de la siguiente prueba, no pudiendo continuar la fase oposición los/las que no consigan 20 puntos en este ejercicio.

B) Ejercicio práctico interpretativo guitarra.

La puntuación máxima por este ejercicio será de 20 puntos, y deberán obtenerse un mínimo de 10 para superarlo.

Consistirá en la interpretación de un programa elegido libremente por el/la aspirante y de una duración de entre 15 y 25 minutos.

El Tribunal valorará la variedad del programa, la dificultad técnica e interés artístico, la variedad estilística y la calidad y madurez técnica y musical del aspirante.

En esta fase, el tribunal facilitará una breve pieza musical con indicaciones de cifrado americano, para que el/la aspirante demuestre su conocimiento y capacidades de acompañamiento y/o desarrollo del mismo.

El/La opositor/a podrá acompañarse en su interpretación de otros músicos o de grabaciones musicales cuando así se requiera.

Una vez concluido el ejercicio, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios la relación con las puntuaciones de los/las aspirantes en la que anunciará el día y lugar de la siguiente prueba, no pudiendo continuar la fase oposición los/las que no consigan 10 puntos en este ejercicio.

C) Programación didáctica.

La puntuación máxima por esta prueba será de 25 puntos y deberán obtenerse un mínimo de 14 para superarla.

Consistirá en la presentación y defensa ante el Tribunal de una programación didáctica para la especialidad objeto de la convocatoria. Dicha programación deberá ser presentada por escrito según se indica en la base 3.4 para ser estudiada por el Tribunal previamente a la defensa de la misma. La autoría de cada programación didáctica no será conocida por el Tribunal hasta la defensa.

En la programación didáctica el/la aspirante recogerá toda su propuesta pedagógica para la materia a la que aspira ser el/la profesor/a especialista. Deberá incluir en él una propuesta justificada de objetivos y contenidos, la secuenciación de los mismos en una propuesta de cursos y niveles, toda serie de recursos metodológicos y de evaluación, orientaciones sobre la organización de las clases, etc. En dicho trabajo podrá recogerse también la experiencia formativa y práctica de el/la aspirante y el planteamiento de educación musical al que puede haberse llevado tras una continua reflexión a partir de dicha experiencia. Podrán presentarse también ejemplos de materiales didácticos de creación propia, unidades didácticas, bibliografías, etc.

El/La aspirante podrá aportar todos aquellos medios materiales (técnicos, didácticos, etc.) que considere oportunos para mejor ilustrar sus planteamientos pedagógicos, y en cualquier caso deberá comunicarlo con anterioridad a el/la Director/a de la Escuela Municipal de Música por si ello requiriera algún tipo de preparativo.

El/La aspirante dispondrá de 40 minutos para la defensa de su programación didáctica. A continuación se establecerá un debate dialéctico con el Tribunal en el que éste podrá plantear todo tipo de preguntas y aclaraciones a el/la aspirante en relación con la propuesta defendida o cualquier otro aspecto inherente al puesto de trabajo a cubrir.

El Tribunal valorará positivamente la calidad del trabajo presentado, la claridad de ideas en la defensa del mismo, los conocimientos demostrados por el/la aspirante, la coherencia de sus planteamientos, su creatividad, su originalidad, así como la compatibilidad del conjunto de su propuesta con la filosofía como centro de la Escuela Municipal de Música de Alsasua.

Los/las aspirantes, tendrán acceso a través de la página web: www.alsasua.net al plan de estudios vigente de la Escuela Municipal de Música de Alsasua para poder adecuar su programación al mismo, no necesariamente siendo obligatorio.

La Escuela Municipal de Música de Alsasua garantiza la confidencialidad de la información presentada para esta prueba. Dicha información será conservada en el expediente de estos procesos selectivos, evitando cualquier tipo de difusión de la misma.

Si el Tribunal detectara que la autoría del trabajo presentado no corresponde a el/la aspirante, dispondrá la automática exclusión de éste/a del proceso selectivo.

La puntuación de cada aspirante en los ejercicios de la fase de oposición, será la media aritmética de las calificaciones de todos los asistentes al Tribunal, anulándose las calificaciones extremas, es decir, la más alta y la más baja.

Los/Las aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio mediante llamamiento único, al que deberán acudir provistos del D.N.I.

7.2. Valoración final.

Será seleccionado/a el/la aspirante que obtenga la mayor puntuación sumando todos los apartados de las fases de concurso y oposición.

Base 8.ª Relación de aprobados, propuesta de nombramiento, contratación y presentación de documentos.

8.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la relación de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuación obtenida por cada uno/a en la fase de concurso y en los ejercicios de la oposición en el tablón del Ayuntamiento de Alsasua y en el de el lugar de su celebración, y dará traslado de la misma a la Junta Rectora del Patronato Municipal de Música de Alsasua, quien elevará propuesta de nombramiento a favor de el/la aspirante aprobado/a de mayor puntuación.

8.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la notificación de la propuesta de nombramiento en favor de el/la aspirante propuesto/a deberá presentar en la oficina del Departamento de Personal del Ayuntamiento de Alsasua los siguientes documentos:

a) Certificado del acta de nacimiento o fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Original o fotocopia debidamente compulsada, del título exigido o resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición.

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado/a del servicio de la Administración Pública.

d) Declaración jurada o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

8.3. Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, la persona interesada no presentase dichos documentos, no podrá ser designada quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior la plaza se cubrirá con el/la siguiente candidato/a de la lista de puntuaciones.

Con la relación de aspirantes aprobados/as se elaborará una bolsa de trabajo al objeto de su utilización para contrataciones temporales según necesidades de la Escuela Municipal de Música de Alsasua.

Base 9.ª Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión y autorización de contratación.

9.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportados por el/la aspirante los documentos a que se refiere la base 8.2. anterior, el órgano competente efectuará el nombramiento y la contratación de el/la aspirante propuesto/a y que haya cumplimentado los requisitos exigidos en forma y plazo.

Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

9.2. El/La aspirante nombrado/a deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos los derechos derivados de su designación.

Base 10.ª Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse opcionalmente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo orden en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir o bien,

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado igualmente desde el día siguiente a la publicación o notificación de los actos o acuerdos recurridos.

d) Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ....................................................................., mayor de edad, con D.N.I. número ..........................., nacido el día ..........
de ................... de 19........, natural de .............................., (.....................), con domicilio en ...................................., calle ......................, número ........., código postal ..................., teléfono(s)

Ante el Ayuntamiento comparece y como mejor proceda dice:

-Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Profesor/a de guitarra con carácter laboral fijo a jornada parcial y con destino a la Escuela Municipal de Música de Alsasua.

-Que no padece enfermedad ni defecto psíquico o físico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

-Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

-Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2.ª de la convocatoria.

-Que se compromete a someterse a las pruebas de aptitud que se determinen para la acreditación del conocimiento de euskara (en su caso).

-Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por todo lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Profesor/a de guitarra mediante contratación laboral fija a tiempo parcial con destino a la Escuela Municipal de Música de Alsasua.

(Fecha y firma de el/la solicitante)

ANEXO II

Baremo de méritos

1.-Experiencia docente previa.

La puntuación máxima de este apartado será como máximo de 10 puntos.

1. Por cada curso completo de servicios prestados como Profesor de la especialidad a que se opta en Conservatorios o Escuelas de Música Municipales de las Administraciones Públicas: 1,50 puntos. (Máximo 7,5 puntos).

Por cada mes, fracción de año inferior al curso completo en plazas que se indican en el apartado anterior: 0,125 puntos mes.

2. Por cada curso escolar completo de servicios prestados como profesor a la especialidad a que se opta en otros centros de Música: 0,75 puntos (máximo 3 puntos).

3. Por cada curso escolar como Profesor de música en otros centros de enseñanza reglada 0,75 puntos (máximo 3 puntos).

Para los puntos 2 y 3, la fracción de curso se contará a razón de 0,06 puntos mes.

Documentos justificativos: Fotocopia compulsada del título administrativo o del nombramiento o contrato o certificación expedida por el Secretario del Centro correspondiente con el visto bueno del Director del mismo, haciendo constar la asignatura, duración real de los servicios prestados y porcentaje de la jornada de trabajo. A efectos de este apartado se considerará como curso completo del mes de octubre a junio. No podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios prestados simultáneamente superen lo equivalente a una jornada completa.

2.-Méritos académicos.

La puntuación máxima del apartado 2 será de 5 puntos.

1. Por poseer titulación superior en la especialidad a que se opta: 2,5 puntos.

2. Por poseer titulación musical de grado medio o superior diferente a la especialidad a que se opta: 0,50 puntos por cada una.

3. Por poseer titulación de índole pedagógica de nivel medio o superior: 0,50 puntos por cada una.

4. Por poseer el Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) expedido por una Universidad: 0,50 puntos.

Por los apartados 2, 3 y 4 del punto 2, se podrá obtener una puntuación máxima de 2,5 puntos.

3.-Otros méritos.

La puntuación máxima de todo el apartado 3 será de 5 puntos.

1. Cursos de formación.

Este apartado 3.1, se valorará sobre un máximo de 2 puntos.

Por cada curso de formación o perfeccionamiento superado convocado por las Administraciones Educativas o Universidades relacionadas con la especialidad a que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la psicopedagogía y la sociología de la educación: 0,10 punto por cada 10 horas de curso o crédito académico con un máximo de 2 puntos. A estos efectos se sumarán las horas de todos los cursos, no puntuándose el resto de número de horas inferiores a 10.

Documentación justificativa: Certificado de los mismos en los que conste de modo expreso el número de horas de participación o el número de créditos.

2. Este apartado 3.2 de otros méritos a valorar por el Tribunal se puntuará con un máximo de 3 puntos. Otros méritos que desee aportar el aspirante y que no hayan sido objeto de valoración en los apartados anteriores: conciertos, publicaciones, pertenencia a agrupaciones, organización de eventos musicales etc.

Código del anuncio: L0913685