BOLETÍN Nº 56 - 8 de mayo de 2009

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CORELLA

Notificación propuesta de resolución expediente sancionador

Intentada la notificación a Carlos Vieira de Oliveira y no habiéndose podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero:

Se hace saber a Carlos Vieira de Oliveira que el instructor del expediente sancionador referenciado con fecha 30 de marzo de 2009, dictó la siguiente propuesta de resolución:

"Visto el expediente seguido a Carlos Vieira de Oliveira, domiciliado en Corella (Navarra), en calle María Teresa Sáenz de Heredia, 40 - 1.º I, como responsable de una infracción reguladora del artículo 3.3 de la Ordenanza Municipal sobre promoción de conductas cívicas y protección de los espacios públicos.

Resultando que mediante denuncia de fecha 17 de enero de 2009, formulada por la Policía Municipal, se puso en conocimiento de esta Alcaldía la realización de los siguientes hechos: provocar el día 17 de enero de 2009 a las 00:20 horas, ruidos que perturban el descanso de los vecinos y participar en alborotos nocturnos.

Resultando que por la Alcaldía, se acordó la incoación de expediente sancionador mediante resolución de fecha 2 de marzo de 2009, en el que se contenía la identidad de la Autoridad competente para resolver el expediente y la del Instructor del procedimiento.

Resultando que por el Instructor del expediente, con fecha 3 de marzo de 2009, se notificaron los hechos imputados, las infracciones cometidas y las sanciones que en su caso podían recaer, con objeto de que en el plazo de quince días, o en cualquier momento anterior a dictarse esta propuesta de resolución, pudiera el infractor contestar la acusación realizada, tomar audiencia y vista del expediente, proponer pruebas y alegar cuanto tuviera por conveniente en orden a la mejor defensa de su derecho.

Resultando que dentro del plazo establecido no se ha presentado escrito de descargo y alegaciones por lo que se procede dictar propuesta de resolución sancionadora.

Considerando que el órgano competente para sancionar a tenor del artículo 21.1.n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, es el Alcalde.

Considerando que los hechos probados son constitutivos de infracción administrativa grave, de conformidad con la tipificación establecida en el artículo 29. a) de la Ordenanza Municipal sobre promoción de conductas cívicas y protección de los espacios públicos.

Vistos los antecedentes mencionados, las disposiciones citadas y las demás normas de general y pertinente aplicación, he tenido a bien dictar la siguiente propuesta de resolución:

Primero.-Sancionar a Carlos Vieira de Oliveira con la multa de 750,01 euros como responsable de la infracción administrativa consistente provocar el día 17 de enero de 2009 a las 00:20 horas, ruidos que perturban el descanso de los vecinos y participar en alborotos nocturnos.

Segundo.-Notifíquese la presente propuesta de resolución al interesado con la indicación de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, podrá presentar alegaciones, en el plazo de quince días, al término de los cuales, por la Alcaldía, se dictará la resolución definitiva que corresponda".

De todo lo cual le doy traslado para su conocimiento y efectos, en su condición de interesado en el expediente.

Corella, 7 de abril de 2009.-El Instructor, firma ilegible.

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