BOLETÍN Nº 51 - 29 de abril de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 563/2009, de 9 de marzo, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre la Concentración Parcelaria de Eslava, promovida por la Dirección General de Desarrollo Rural.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, establece en su anexo 3B, apartado D, la necesidad de someter las Concentraciones Parcelarias que afecten a una superficie superior a 300 Ha. a Evaluación de Impacto Ambiental.

Con objeto de iniciar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de la zona de Concentración Parcelaria de Eslava, la Dirección General de Desarrollo Rural presentó ante la Dirección General de Medio Ambiente y Agua, con fecha 10 de enero de 2007, la correspondiente memoria-resumen, según lo previsto en el Artículo 48 del citado Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

En abril de 2007 se realizó el trámite de consultas previas, establecido en el artículo anteriormente citado. Se consultó a 14 entidades de las cuales respondieron con observaciones sobre aspectos a tener en cuenta en el Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) la Confederación Hidrográfica del Ebro, la Asociación Gurelur y la Asociación en Defensa de la Tierra Lurra. La relación de consultados así como una síntesis de las respuestas recibidas se recogen en el Anexo I de esta Declaración de Impacto Ambiental. El resultado del trámite de consultas previas junto con el informe del Servicio de Calidad Ambiental sobre el alcance del EIA se remitió al promotor el 14 de noviembre de 2007.

La Dirección General de Desarrollo Rural presentó ante la Dirección General de Medio Ambiente y Agua con fecha 17 de septiembre de 2008, el "Estudio de Impacto ambiental de la zona de Concentración Parcelaria de Eslava", junto con el Proyecto Básico, para su tramitación de acuerdo con lo previsto en el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre por el que se desarrolla el Reglamento de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

El resumen del proyecto y sus acciones con incidencia en el medio se recoge en el Anexo II. El Estudio de Impacto Ambiental, que se resume en el Anexo III, analiza adecuadamente las principales afecciones ambientales derivadas del proyecto y establece las medidas correctoras precisas para garantizar que no se produzcan impactos ambientales significativos.

Mediante la Resolución 466/2008, de 24 de septiembre, del Director del Servicio de Calidad Ambiental se sometió a Información Pública, durante el plazo de treinta días hábiles, el Estudio de Impacto Ambiental junto con el Proyecto Básico. Dicha resolución se publicó en el Boletín Oficial de Navarra, número 127, del 17 de octubre de 2008. Como resultado de dicha exposición pública no se han recibido alegaciones.

Tal y como establece el artículo 52 del Decreto Foral 93/2006, la Sección de Evaluación Ambiental remitió una propuesta de Resolución de la Declaración de Impacto Ambiental al Servicio de Infraestructuras Agrarias, que ha respondido con fecha 16 de febrero de 2009, indicando una sugerencia que ha sido incluida en el condicionado.

El Servicio de Calidad Ambiental informa que el expediente está completo y que los impactos ambientales pueden considerarse reducidos si el proyecto se desarrolla cumpliendo todas las medidas correctoras incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental y el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental.

Vistos los informes que figuran en el expediente y en virtud de las atribuciones delegadas por la Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable sobre la Concentración Parcelaria de Eslava, promovida por la Dirección General de Desarrollo Rural.

2.º El Proyecto se desarrollará cumpliendo además de las medidas preventivas y correctoras incluidas en el Estudio de Impacto de Ambiental, las siguientes condiciones:

-El olivar de la unidad ambiental número 5 con muretes y carrascas, deberá conservar su valor cultural, paisajístico y ecológico. La ampliación de los caminos en esta unidad (caminos I, I-5 y K) deberá realizarse sobre el margen de menor valor ambiental. Se considera de mayor valor la presencia de muretes con arbolado.

-Los "elementos de valor Alto" cartografiados a escala 1:5.000 en el Estudio de Impacto Ambiental (Plano 9) se respetarán íntegramente. Si un ribazo o linde con valor Alto se incluye dentro de las nuevas fincas de reemplazo, se podrá autorizar el desmonte de un tramo para permitir el paso de maquinaria agrícola entre las distintas zonas de parcela.

-Para las modificaciones de los recintos de valor medio que supongan una mejora en la explotación de las fincas se deberá tramitar una solicitud en el Servicio de Calidad Ambiental.

-Se incluirá en la categoría de valoración "Alta" el Recinto 665M-P, constituido por carrascas de gran porte.

-Pueden roturarse parte de los siguientes recintos de matorral-pastizal con valor Bajo, dado que constituyen superficies de uso y valor mixto o son errores del inventario: recinto 98 M-P (es tierra arable), 668 M-P (se conservará no obstante un margen de carrizal, de 10 metros de ancho, junto al barranco), 701 M-P (la parte que es frutal), 703 M-P (es frutal), 704 M-P (la parte Noroeste), recinto 705 M-P (la mitad Norte), 707 M-P (es tierra arable), y 712M-P (actualmente cultivo).

-En relación a los caminos proyectados se realizarán las medidas preventivas y correctoras contempladas en Anejo III (ficha de caminos) del EIA para cada uno de ellos, y las anteriormente indicadas para el olivar. Además, se incluirán las siguientes medidas de minimización de impacto respecto a la red de caminos:

-Como medida general, manteniendo el ancho de rodadura previsto en el Proyecto Básico, se minimizará la superficie de ocupación de caminos en los tramos inventariados con elementos de valor Alto. Se incluirá el balizado en el cruce de los caminos con estos recintos de valor Alto, especialmente en el caso de barrancos (cruces en los Caminos A, A3-2, C1, C3, y D (en éste también las balsas de la Tejería, y tramo final de confluencia con barranco de Tastarán).

-Camino C: se retranqueará, dejando un margen de separación de la coronación del talud, en el tramo de unos 50 metros paralelo al barranco de Zabalzígar.

-Camino D-8: se descompactará el antiguo camino para facilitar la recuperación de la vegetación a la altura de la parcela 495 del polígono 2 (incluso se pueden depositar acopios para recuperar el perfil original de terreno).

-En relación a los barrancos y zonas húmedas, y las posibles afecciones por las actuaciones en drenajes previstas, hay que indicar:

-La sección tipo para nuevos desagües que suponen alineación o rectificación de existentes se sobredimensionará y tendrá taludes 2H:1V. En aquellos cuya actuación es limpieza se mantendrá un margen sin afectar a la vegetación, especialmente en el "desagüe P" que corresponde a un tramo del barranco de Guezari. Las limpiezas en los tramos de barrancos y desagües existentes se realizarán en el estiaje para evitar la afección a fauna.

-Se establecerán las siguientes medidas de restauración ambiental o paisajística:

-Las bandas de plantaciones lineales incluidas en EIA (plano 8 "Medidas Ambientales").

-Se tratará de lograr la recuperación como cauce con ancho de 10-12 metros, del barranco de Los Pozos o del Lezcal en dos tramos: 1) en unos 60 metros lineales, ahora ocupado por huertas, desde punto de coordenadas X=627735 e Y=4712886, hasta camino; 2) en el tramo de unos 500 metros lineares desde punto de coordenadas X=627.935 e Y=4.712.609 hasta punto X=628.287 e Y=4.712.296. En este último tramo se realizarán plantaciones, o al menos en el espacio de 70 metros aguas arriba y abajo a partir del cruce con el camino H, donde es factible acceder con una cisterna de riego.

-La conservación y protección de los yacimientos arqueológicos documentados, y otros posibles no documentados que pudieran aparecer durante la ejecución de las obras, deberá quedar garantizada con el cumplimiento de las consideraciones especificadas en el informe arqueológico que acompaña el Estudio de Impacto Ambiental.

-La localización de la zona de préstamo, prevista en el Estudio de Impacto Ambiental en el límite SE del municipio, no se considera adecuada dada la fuerte pendiente del terreno, que hace muy difícil su recuperación ambiental, y dado el actual uso forestal. Las zonas de extracción de grava procederán de graveras autorizadas existentes o deberán tramitarse como proyecto aparte con su correspondiente documentación ambiental según el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

-Los vertederos de tierras (excepto los extendidos de tierras sobre suelos de cultivo que no superen un metro de altura, deberán tramitarse como proyecto aparte con su correspondiente estudio de afecciones ambientales, por estar incluidos en el apartado O, del Anejo 2 C del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, o llevarse a vertedero de inertes autorizado.

-Una vez finalizadas los obras de la red de caminos y drenajes, y entregadas las nuevas fincas de reemplazo, se remitirá a la sección de Evaluación Ambiental (Dirección General de Medio Ambiente y Agua) un informe del seguimiento ambiental realizado durante las obras y una valoración de los impactos ambientales residuales una vez aplicadas las medidas correctoras.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Guarderío Forestal, al Ayuntamiento de Eslava y a la Dirección General de Desarrollo Rural.

Pamplona, 9 de marzo de 2009.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

ANEXO I

RESULTADO DEL TRÁMITE DE CONSULTAS PREVIAS

Relación de organismos consultados y síntesis del contenido
de las respuestas recibidas

Ayuntamiento de Eslava

Departamento de Cultura y Turismo

Confederación Hidrográfica del Ebro

X

L.A.B.

U.G.T.

C.C.O.O.

Universidad de Navarra

E.L.A.

Unión de Agricultores y Ganaderos de Navarra

Universidad Pública de Navarra

E.H.N.E.

Sociedad de Ciencias Naturales Gorosti

Gurelur

X

Asociación en Defensa de la Tierra Lurra

X

El contenido ambiental de las respuestas recibidas en la fase de consultas previas es el siguiente:

1. Confederación Hidrográfica del Ebro: en su contestación se informa que no se observan impactos negativos severos respecto a la implementación del proyecto. Sin embargo, recomienda que en el Estudio de Impacto Ambiental se dé especial consideración a la protección del dominio público hidráulico, y da una serie de directrices que sirvan para la elaboración de dicho Estudio.

2. Gurelur: en su contestación indica que en el término municipal existen importantes valores naturales en los que se incluyen zonas que se han naturalizado a bosque y matorral mediterráneo, como consecuencia del abandono desde los años 60 de cultivos ubicados en terrenos abruptos, y que albergan a su vez una importante diversidad de ornitofauna.

3. Asociación en Defensa de la Tierra Lurra: en su contestación señala que el término municipal "alberga una gran diversidad faunística, botánica, arqueológica y paisajística", habiéndose dado en los últimos años una importante recuperación a nivel natural.

ANEXO II

Resúmen del proyecto

La zona a estudio de Eslava tiene 1.852 Ha, con 202 propietarios particulares, divididas en 1.873 parcelas, con una superficie media de 0,99 Ha por parcela. En el plan de concentración parcelaria se contempla que las actuaciones se realizarán sobre 697 Ha (37?63%) de propiedad comunal y 1.155 Ha (62?37%) particulares.

En dicho plan se establece un coeficiente de concentración de 0,76 y un índice de reducción de 3.

En el plan de obras y mejoras territoriales se presupuestan 41?8 km de caminos, de los cuales son de traza nueva 18?4 km, y el resto siguen la traza antigua. La anchura de rodadura es de 4 metros (en 19?79 km), 5 metros (en 20 km) y 6 m (en 2 km).

También se presupuestan 11?2 km desagües (que se desglosan como 7?9 km de desagües de nueva alineación y 3?2 km de limpieza de desagües existentes).

La valoración de las obras de caminos y desagües es de un total de 1.784.120 euros.

ANEXO III

Resúmen del estudio de impacto ambiental

En Eslava, en cuanto a los usos y aprovechamientos del suelo dominan las áreas forestales. Se desglosa en áreas forestales no arboladas con el 40,9 %, repoblaciones de pino laricio con el 17,0 % y el 2,2 % de frondosas de la superficie total. Los cultivos herbáceos de secano ocupan el 22,1 %. Alrededor del 17,2 % está ocupado por cultivos leñosos de secano (se desglosa en viña con el 14,6 %, un 2,1 % de olivo y un
0,5 % de almendro).

Eslava se caracteriza por su paisaje accidentado, con presencia de barrancos y cerros que modelan el terreno. Los barrancos se disponen paralelamente recorriendo el término de Norte a Sur (Artamaldeta, Dorreta, Presaldea, Zubialdea, Arangaitz, Elkea, Gezari, etc) para desembocar todos ellos al Induzi, afluente del río Aragón.

Los suelos del término de Eslava se dividen en dos grupos, los desarrollados sobre materiales geológicos del terciario continental (margas con areniscas y localmente niveles de caliza) y los desarrollados sobre materiales cuaternarios (glacis y fondos de valle).

La flora de Eslava se enmarca en el ámbito submediterráneo, en el que domina el quejigo (Quercus faginea) junto con otras especies como el boj (Buxus sempervirens), aliaga (Genista scorpius), guillomo (Amelanchier ovalis), fresno (Fraxinus angustifolia), arce (Acer monspessulanum) y gramíneas como Brachipodium phoenicoides.

Atendiendo a las comunidades vegetales observadas dentro del área de estudio, y de un modo independiente a la valoración realizada por la Directiva Hábitats europea, puede establecerse la siguiente clasificación en función de la rareza, el estado evolutivo y la probabilidad de afección por parte del proyecto:

Valor muy alto: se trata de aquellas formaciones vegetales sensibles a su alteración, de distribución dispersa y con un alto grado evolutivo, que son quejigares y encinares, vegetación ripícola arbórea y espinares caducifolios.

Valor alto: formaciones vegetales con niveles evolutivos medio-altos (formaciones arbustivas) que se presentan en zonas con pendientes considerables o zonas con fuertes avenidas puntuales (riberas, acequias, etc.). Son saucedas arbustivas, enebrales de Juniperus communis y J. oxycedrus, y prados-juncales y carrizales.

Valor medio: se trata de comunidades que pueden llegar a cumplir alguna de las características anteriores, pero su gran extensión dentro del área de estudio hacen que su alteración (hasta cierto punto) sea asumible ambientalmente, tal es el caso de los aliagares, fenalares y lastonares.

Valor bajo y muy bajo: se trata de aquellas comunidades que existen gracias a la influencia antrópica o animal y que pueden ser constituidas en un breve periodo de tiempo en caso de ser afectadas. Son las repoblaciones de Pinus nigra, los cultivos herbáceos de secano y los leñosos como la vid, el olivo o el almendro.

Se han definido siete Unidades Ambientales homogéneas, que permiten reunir bajo una misma categoría espacios similares en estructura, funcionamiento o parecidos problemas de gestión: Pinares de repoblación en el Norte (Unidad 1) y en el Sur (Unidad 7), Monte mediterráneo en el Norte (Unidad 2) y en el Sur (Unidad 6), cultivos de la zona central (Unidad 3), núcleo urbano (Unidad 4), y mosaico de olivos en la zona central (Unidad 5). La valoración adjudicada es "Muy Alta" en el caso del Monte mediterráneo, y "Alta" tanto en el mosaico de olivos como en los pinares.

Se han cartografiado sobre ortofoto a escala 1:5.000 (Plano 9 del EIA) 734 elementos o recintos uniformes (barrancos, matorrales-pastizales, ribazos ...) a los que se les ha incluido una valoración ambiental (Alto, Bajo o Medio).

En el territorio objeto del proyecto se distinguen cuatro ecosistemas diferentes que albergan especies faunísticas propias, que se describen en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA): monte mediterráneo, matorral mediterráneo, pinares de repoblación, zona de cultivos, y ecosistema ripario.

El paisaje presenta una alta diversidad. La unidad paisajística característica de la zona de concentración podría ser las zonas con cierta pendiente y cubiertas por matorral mediterráneo, junto con los cultivos herbáceos y leñosos de secano. Aunque destacan más otros paisajes con una mayor naturalidad como son los formados por bosques de quejigo o encina, los barrancos o los pinares que cubren buena parte de las zonas más elevadas del término.

La información sobre el patrimonio histórico-artístico procede del Estudio Arqueológico realizado en noviembre de 2006 y que se incluye en los Anexos del Estudio de Impacto Ambiental. En dicho Estudio se ha determinado la existencia de 30 yacimientos y 15 hallazgos aislados, lo que supone un ratio de 1?55, porcentaje mayor que la media de los municipios navarros, lo que nos da una idea de la riqueza patrimonial de Eslava. De todos los yacimientos destaca el de Santa Criz, donde existió una ciudad romana de considerables dimensiones.

Se ha realizado una valoración cualitativa del impacto global del proyecto, que ha resultado Moderada. Los impactos más significativos tendrán lugar en la fase de obra y explotación, fundamentalmente con la nueva ordenación de las parcelas de cultivo y la adecuación y construcción de la red de caminos. Estos impactos tendrán su mayor incidencia sobre la avifauna de la zona, la vegetación y sobre el paisaje, aunque también la pérdida o eliminación de elementos de conservación de suelos (ribazos, bancales, linderos, etc.) generará un aumento de la erosión y pérdida de suelo.

El EIA considera una serie de medidas preventivas y correctoras para minimizar los impactos de las obras que se produzcan. Incluye (en Anejo III, ficha de caminos) medidas preventivas y correctoras detalladas para cada uno de los caminos proyectados. Otras medidas concretas son plantaciones, especialmente en las riberas, restauración del vertedero municipal de Eslava, ya clausurado, y la adecuación del camino B como itinerario de paseo.

Se prevé finalmente un programa de Vigilancia Ambiental para los diferentes elementos del medio a los que afectará el proceso.

Como conclusión, el Estudio de Impacto Ambiental indica que la concentración parcelaria en el término de Eslava no producirá impactos ambientales que superen los niveles de moderado, siempre que se adopten las precauciones previstas. Las áreas más frágiles ambientalmente del territorio estudiado (las clasificadas como de valor alto), no sufrirán ninguna transformación significativa como consecuencia de la concentración.

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