BOLETÍN Nº 49 - 24 de abril de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Autoridades y Personal

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ESTELLA

Decreto de Alcaldía número 112/2009

El día 9 de marzo de 2009, la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Estella-Lizarra dictó la Resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.

"Decreto de Alcaldía número 112/2009.

Visto acuerdo adoptado -en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38.c) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que el aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales- por el Pleno del Ayuntamiento de Estella en Sesión Extraordinaria celebrada en fecha 20 de julio de 2007, en cuya virtud tiene lugar la designación de los representantes de la Corporación en aquellos órganos colegiados que son competencia del Pleno.

Atendido que -de conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoquinta del Pliego de Condiciones del concurso para el arriendo de la gestión indirecta del albergue juvenil en el antiguo "Instituto Oncineda", aprobado por el Pleno de esta Entidad en Sesión celebrada en fecha 3 de abril de 1997- y en virtud del acuerdo identificado, la presidencia de la Comisión de Seguimiento del Albergue ha sido atribuida a esta Alcaldía o concejal en quien, en su caso, se delegue la misma.

Vista Resolución numerada 474/2007, de 24 de julio, en cuya virtud se delega a favor de don Jesús Sancho Sánchez -Concejal miembro de esta Entidad- la Presidencia efectiva de la Comisión Informativa Permanente de Juventud.

Considerando que la materia que constituye el objeto de la Comisión de Seguimiento del Albergue se encuentra comprendida dentro de las propias del Área de Juventud -y en orden a la consecución de la máxima eficacia y eficiencia en la organización y funcionamiento de los servicios administrativos municipales- resulta conveniente, a juicio de esta Alcaldía, que la Presidencia de la citada Comisión de Seguimiento sea atribuida a quien ostenta dicha condición en el Área donde se incardina la misma.

Resultando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el Alcalde puede efectuar delegaciones especiales en cualquier Concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las distintas áreas municipales.

Atendido artículo 45.1.a) del mismo cuerpo legal, que regula la posibilidad de conferir delegaciones especiales relativas a un proyecto o asunto determinado; pudiendo referirse a todas las facultades delegables del Alcalde, incluida la de emitir actos que afecten a terceros, limitándose al tiempo de gestión o ejecución del proyecto.

Vistas las determinaciones anteriormente expuestas, de conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de la cláusula decimoquinta del Pliego de Condiciones regulador de la gestión indirecta del Albergue Juvenil en el antiguo "Instituto Oncineda", y en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a esta Alcaldía,

He resuelto:

1.º Conferir a don Jesús Sancho Sánchez delegación especial en orden al desempeño de la Presidencia de la Comisión de Seguimiento del Albergue Juvenil en el antiguo "Instituto Oncineda", cuya composición ha sido determinada mediante acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Estella en Sesión Extraordinaria celebrada en fechas 20 de julio de 2007.

2.º Indicar al Concejal designado que la presente delegación comprende la totalidad de las facultades que esta Alcaldía ostenta en relación con la Presidencia de la Comisión de Seguimiento del Albergue, detalladas en el Pliego de Condiciones regulador de la gestión indirecta del Albergue Juvenil en el antiguo "Instituto Oncineda"-aprobado por el Pleno de esta Entidad en Sesión celebrada en fecha 3 de abril de 1997 -que se adjunta a la presente Resolución formando parte inseparable de la misma.

3.º La presente delegación se entiende efectuada- en tanto no se proceda a su revocación o modificación, en cuyo caso se precisarán las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento-por el tiempo de duración de la actividad de la Comisión de Seguimiento de referencia.

4.º Proceder, ex artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de su notificación personal al designado, con indicación de que la efectividad de las presentes delegaciones surtirá efecto desde el día de la fecha de la presente Resolución.

5.º Notificar la presente resolución al Albergue Juvenil, y dar cuenta de la misma -en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre- al Pleno, para su conocimiento y efectos, en la próxima Sesión que dicho órgano colegiado celebre".

Lo que se hace público, en cumplimiento de los preceptos citados, y en ejercicio de la competencia que tengo atribuida por el artículo 21.1.r) de la Ley 7/13985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con la advertencia de que contra el presente acto, que es definitivo en vía administrativa, cabe, optativamente, la interposición de uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de ésta Resolución.

b) Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación,

c) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución.

Estella, 11 de marzo de 2009.-La Alcaldesa-Presidenta, María Begoña Ganuza Bernaola.

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