BOLETÍN Nº 49 - 24 de abril de 2009

6. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO TRES DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Demanda 668/2008

En el procedimiento de demanda, número 668/2008, seguido en este Juzgado a instancia de Geovani Alexander Ordóñez Ochoa, Juan Carlos Villamagua Cueva y Silvio Manuel Caracuno Loja contra Makrusty, S.L., Bolivar Armijos Tenezaca y Fondo de Garantía Salarial, sobre Cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 13-3-09 que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que estimando la demanda en reclamación de cantidad formulada por don Geovani Alexander Ordóñez Ochoa, don Juan Carlos Villamagua Cueva y don Silvio Manuel Caracuno Loja contra Makrusty, S.L., don Bolivar Armijos Tenezaca y Fondo de Garantía Salaria, debo condenar y condeno de forma solidaria a la empresa Makrusty, S.L. y a don Bolívar Armijos Tenezaka a abonar a cada uno de los demandantes la suma 3.685,52 euros en el caso de don Geovani Alexander Ordóñez Ochoa; 3.590,48 euros en el caso de don Juan Carlos Villamagua Cueva; y 3.535,58 euros en el caso de don Silvio Manuel Caracuno Loja; y en todos los casos con el interés moratorio del 10% de dichas cantidades, salvo en el caso de don Geovani Alexander Ordóñez Ochoa en el que el interés moratorio del 10% se aplica exclusivamente al importe de 2.853,92 euros (S.E.U.O.; 3.685,52 euros - 831,60 euros), y debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por las anteriores declaraciones.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cuenta: 3160.0000.65.0668.08 en la sucursal del Banesto de la calle Cortes de Navarra, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y Cuenta, esta vez con número de procedimiento 3160.0000.67.0668.08, la cantidad objeto de condena. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria habrá que consignarse como clave de la oficina receptora el número 8025.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de Justicia Gratuita.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Makrusty, S.L. y Bolivar Armijos Tenezaca, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 17 de marzo de 2009.-La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

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