BOLETÍN Nº 49 - 24 de abril de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 786/2009, de 23 de marzo, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 786/2009, de 23 de marzo, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de la plaza 991 de Titulado de Grado Medio al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1. Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número 991, adscrita al Instituto Navarro de Administración Pública, con destino en Pamplona.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel B en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.3. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria, constituir con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio y no hayan resultado aprobados sin plaza, para su contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

Las relaciones de aspirantes se aprobarán y gestionarán conforme a lo dispuesto en la base 10 de esta convocatoria.

2. Cometidos a desempeñar, entre otros, en la plaza.

2.1. La persona que resulte nombrada en virtud de la presente convocatoria desempeñará las actividades relacionadas con las funciones de las Secciones del INAP:

-Emitir informes de adecuación y aptitud al puesto de trabajo de los candidatos que aspiren al ingreso, promoción o traslado en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

-Colaborar en la selección de personal para el ingreso en las diferentes Administraciones Públicas de Navarra, en lo que a valoración psicotécnica respecta.

-Dirigir la orientación profesional del personal de las Administraciones Públicas de Navarra cuando sea necesaria una reorientación, desarrollo profesional o reconversión laboral o de unidades administrativas.

-Asistir, mediante informes y peritaciones técnicas, a los instructores de expedientes sancionadores cuando estos lo soliciten y ofertar un servicio de orientación individual, personal o profesional, a los empleados de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

-Apoyo en la fijación y desarrollo de las políticas generales de formación, reciclaje y perfeccionamiento relativas a los empleados al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, diseñando y ejecutando el Plan de Formación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

-Planificar, organizar y evaluar las actividades formativas de carácter general, específicas y multimedia para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

-Coordinar todas las actividades formativas que se impartan a los empleados públicos en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y en sus organismos públicos y centralizar la información relativa a las actuaciones que, en materia de formación del personal, lleven a cabo los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos públicos.

-Organizar, planificar y realizar los cursos de formación subsiguientes a las pruebas selectivas, así como cualquier otra actividad encaminada a la promoción profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

-Promover la implantación de cuantos sistemas de mejora de la calidad de los servicios se estimen oportunos en las distintas unidades administrativas.

-Evaluar y analizar el rendimiento de los recursos humanos de las Administraciones Públicas de Navarra, elaborar y aplicar sistemas de mejora en su organización y funcionamiento.

-Gestión y convocatoria anual del Premio Navarro a la Calidad de los Servicios Públicos en las Administraciones Públicas, así como otras posibles convocatorias de premios a la calidad que se realicen en el Instituto Navarro de Administración Pública.

-Gestión y mantenimiento del Registro de Evaluación de la Calidad de las Políticas Públicas y los Servicios Públicos.

-Establecimiento de vínculos de colaboración con los diferentes organismos nacionales e internacionales con funciones similares, y, en especial, con las universidades de Navarra.

-Realizar cuantas otras actividades contribuyan al cumplimiento de los fines del Instituto Navarro de Administración Pública. Seguimiento de catálogos de nuevos materiales psicotécnicos, propuestas de adquisición de material psicotécnico, tanto nuevo como de reposición, actualización y mantenimiento.

3. Requisitos.

Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 10.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

4. Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Servicios" "Empleo Público".

4.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente. Existe un modelo de solicitud de adaptaciones a disposición de los interesados en la dirección de Internet indicada en el apartado anterior.

4.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

Dos.-Justificante original de haber abonado la cantidad de 40 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los medios siguientes:

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, en las cuentas que la Administración de la Comunidad Foral tiene en las entidades financieras ubicadas en Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

-Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 0030 8124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

-Nombre y apellidos del aspirante.

-DNI/NIF.

-Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

-Concepto: Oposiciones.

-Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

4.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5. Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

6. Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Tomás Rodríguez Garraza, Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública.

Suplente: Doña Asunción Ruesta Ozcoidi, Directora del Servicio de Calidad de las Políticas y Servicios Públicos del Instituto Navarro de Administración Pública.

Vocal: Don Alberto Viana Górriz, Jefe de Sección de Órganos de Selección del Instituto Navarro de Administración Pública.

Suplente: Don Ángel Pascual Asura, Titulado Superior del Instituto Navarro de Administración Pública.

Vocal: Don Ricardo Zalduendo Pitillas, Jefe de Sección de Psicología del Instituto Navarro de Administración Pública.

Suplente: Don Ángel Astiz Montero, Licenciado en Psicología del Instituto Navarro de Administración Pública.

Vocal: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal del Instituto Navarro de Administración Pública.

Suplente: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal del Instituto Navarro de Administración Pública.

Vocal-Secretario: Doña Estrella de los Reyes Lamadrid Morón, Jefa de la Sección de Gestión y Régimen Jurídico del Instituto Navarro de Administración Pública.

Suplente: Doña Begoña Alfaro Oricáin, Jefa de la Sección de Gestión de la Oferta Pública de Empleo del Instituto Navarro de Administración Pública.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

6.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

7. Desarrollo de la oposición.

La oposición se desarrollará en la forma indicada en las presentes bases.

7.1. La oposición dará comienzo en el mes de octubre de 2009. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

7.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero.-De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de 3 horas, 10 preguntas de respuesta breve sobre la materia contenida en el temario.

Segundo.-De carácter práctico, consistirá en la resolución de uno o más supuestos planteados en relación con los cometidos asignados a la plaza, que han quedado descritos en la base 2 de la convocatoria.

Tercero: Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas a fin de determinar el grado de adecuación de los aspirantes al perfil profesiográfico del puesto. Estas pruebas se efectuarán por el Instituto Navarro de Administración Pública y la puntuación asignada vinculará al Tribunal calificador.

Salvo que su naturaleza lo impida, los ejercicios se realizarán por el sistema de plicas.

En la realización de los ejercicios no se permitirá la utilización de material de consulta.

7.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primero: Hasta 40 puntos. Cada una de las preguntas se valorará hasta 4 puntos.

Segundo: Hasta 35 puntos.

Tercero: Hasta 25 puntos.

7.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada ejercicio.

7.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

7.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

7.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

8. Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos

8.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio; y si persistieran, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el primero.

8.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho órgano, los siguientes documentos:

8.2.1. Si el aspirante no tuviera la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 3 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo, dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado una discapacidad, deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Si el aspirante propuesto no tuviera la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) La demás documentación que le sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

8.2.2. Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 3 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) Si el aspirante propuesto hubiera alegado una discapacidad deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

8.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el aspirante propuesto no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

8.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 8.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la base 8.2 de esta convocatoria.

9. Nombramiento, adjudicación de la vacante y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio, y adjudicará la vacante, mediante Resolución, al aspirante que de cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que esté ya afiliado al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogido al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto se estará a lo establecido en el apartado 8.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de que el aspirantes adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 8.4 de la convocatoria.

10. Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio y no hayan resultado aprobados sin plaza, para su contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

10.2. Remitido el expediente por el Tribunal calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

-Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

10.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

10.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las relaciones de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avda. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

10.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

11. Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 23 de marzo de 2009.-El Director General de Función Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Solicitud

Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior-Dirección General de Función Pública.

Don/doña

Mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........... de ....................... de ............,

Natural de (................................................),

Nacionalidad

Con domicilio actual en (.....................................)

Calle

Código postal ......................... teléfono

Teléfono trabajo

EXPONE:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante .........................................., de ............ plazas del puesto de trabajo de ................................... al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número ............, de fecha ..........................., en el turno que se indica:

  • Turno libre
  • Turno promoción*
  • Turno de reserva para discapacitados*

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

  • Administración Núcleo*
  • Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea*
  • Agencia Navarra para la Dependencia*

(Únicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

  • Que solicita las adaptaciones de tiempos y medios que se señalan en folio aparte, por su condición de discapacitado.
  • Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.
  • Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*
  • Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*
  • Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés.*

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ............... de ........................................ de ...............

(Firma)

(*) Únicamente cuando proceda.

NOTA.-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos, correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la confidencialidad de los mismos. El titular de los datos queda informado de su facultad de ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de conformidad con la citada normativa.

ANEXO II

Temario

Primera parte

Legislación.

1.-La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funciones. El Gobierno y la Administración del Estado. El Poder Judicial: Configuración constitucional. El Tribunal Constitucional: Composición, naturaleza y competencias.

2.-La organización de la Unión Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones.

3.-Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

4.-Las fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

5.-El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

6.-El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

7.-El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

8.-El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

9.-El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

10.-La Ley Foral 14/2004 del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

11.-La Ley Foral15/2004 de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

12.-La Cámara de Comptos de Navarra: Breve análisis de su naturaleza, funciones, organización y funcionamiento.

13.-El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. Estatuto del Defensor del Pueblo. Funciones, organización y funcionamiento.

14.-El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

15.-El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

16.-La Hacienda Pública de Navarra: derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación. Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

17.-Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: concepto y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación y extinción de los contratos. Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.

18.-Régimen de competencias en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para la celebración de contratos de suministros y asistencia.

19.-La Ley Foral del Vascuence y su desarrollo reglamentario. El uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra.

20.-Decreto Foral 27/2007, de 26 de marzo, por el que se regulan las encomiendas a entes instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

21.-La Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

22.-Protección de datos de carácter personal. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Disposiciones Generales. Principios de la Protección de Datos. Derechos de las personas. Ficheros de titularidad pública. Infracciones de las Administraciones Públicas.

23.-Protección de datos de carácter personal. Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. Disposiciones Generales. Niveles de las Medidas de Seguridad. Infracciones y sanciones.

24.-Ley 6/1990, de 2 de julio de la Administración Local de Navarra: Disposiciones generales Organización y Funcionamiento.

25.-Decreto foral 117/2007, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo instituto navarro de administración pública. (Publicado en el Boletín Oficial de Navarra de 14 de septiembre de 2007).

Segunda parte

Informática, Estadística, Psicología, Formación y Calidad.

1.-Conceptos elementales sobre informática básica: hardware, software y sistemas operativos. Conceptos elementales sobre Internet y Correo Electrónico.

2.-Estructura y componentes de un ordenador personal: La pantalla. El CPU. El teclado. La impresora. El escáner. Otros periféricos.

3.-Conceptos elementales sobre Windows XP. El escritorio y sus elementos; el Administrador de Tareas; el Explorador de Windows; el Panel de Control; Impresoras; el botón Inicio; la carpeta Inicio; la barra de tareas; el comando ejecutar; la Ayuda; trabajo en red; cuentas de usuario.

4.-Procesadores de textos: conceptos fundamentales. Microsoft Word XP: el área de trabajo; escribir y editar; formato de texto; diseño de página y composición; estilos; plantillas; herramientas; tablas; administración de archivos; combinar correspondencia; trabajar con campos; imprimir; macros (nivel básico).

5.-Hojas de cálculo: conceptos fundamentales. Microsoft Excel XP: conceptos básicos; libros de trabajo; hojas; celdas; selección de celdas y comandos; introducción de datos; creación de fórmulas y vínculos; uso de funciones; edición de una hoja de cálculo; formatos; gráficos; imprimir; macros.

6.-Bases de datos: conceptos fundamentales. Microsoft Access XP: fundamentos; tablas; consultas; formularios; informes; imprimir; macros.

7.-Microsoft PowerPoint XP: nociones básicas.

8.-Seguridad de la información: Dispositivos y soportes para copias de seguridad y archivo final de información.

9.- Elementos de acceso seguro: seguridad en el correo electrónico, certificados, firmas electrónicas, encriptación de datos (nociones básicas).

10.-Virus y malware en general. Conceptos generales. Prevención. (Nociones básicas).

11.-La gestión documental. Estructura del archivo documental. Captura de documentos. Distribución de documentos. Consulta e impresión. Dispositivos de almacenamiento. Perfiles y autorizaciones de usuarios.

12.-Los programas estadísticos. Funciones principales. Análisis de datos. Capacidades gráficas.

13.-La gestión documental. Estructura del archivo documental. Captura de documentos. Distribución de documentos. Consulta e impresión. Dispositivos de almacenamiento. Perfiles y autorizaciones de usuarios.

14.-La red Internet: orígenes, evolución y características. Redes de soporte. Proveedores de servicios. Internet, Intranet y Extranet: Aspectos comunes y diferencias.

15.-Outlook 2002: Mensajería y correo electrónico. Funciones principales. Creación y envío de mensajes. Lectura y organización de mensajes. Libretas de direcciones. Clientes de correo.

16.-Outlook 2002: Las herramientas de organización y gestión de tiempo: agenda, contactos, planificación de tareas. Permisos.

17.-Los test: Tipos diferenciados de test.

18.-Análisis de ítems: Dificultad. Discriminación. Análisis de distractores. Funcionamiento diferencial de los ítems.

19.-Análisis de datos: concepto, niveles, escalas de medida.

20.-Los tests: Propiedades de los tests. Fiabilidad, Validez y exactitud.

21.-Medidas de tendencia central: Media. Mediana. Moda. Utilización de las medidas de tendencia central.

22.-Medidas de variabilidad: Varianza. Desviación típica. Otras medidas de variabilidad. Representación gráfica de la variabilidad.

23.-Puntuaciones individuales: Cuantiles. Puntuaciones típicas y escalas derivadas.

24.-Áreas de actuación de la psicología de las organizaciones: Funciones de la psicología en la organización, en el área de personal, en el área de organización, en Marketing, en Ergonomía.

25.-Teorías y modelos psicológicos: Estructuralismo. Funcionalismo. Psicoanálisis. Conductismo. Cognitivismo. Psicología humanista. Constructivismo.

26.-Procesos psicológicos básicos: Percepción, Memoria, Pensamiento Lenguaje, Emociones y Motivación.

27.-El proceso de selección de personal: Reclutamiento. Selección. Análisis de puestos. Estudio de adecuación al puesto de trabajo. Los tests psicológicos en el proceso de selección. Entrevista de selección. Curriculum. Informe.

28.-El conflicto dentro de la organización. Solución de problemas y toma de decisiones.

29.-Gestión del Conocimiento y Memoria corporativa. El "Know-How" en una Organización. Conocimiento versus información.

30.-La Formación y el cambio en la Organización.

31.-La Formación de personas adultas. Especificidades.

32.-Análisis de necesidades de formación en las Organizaciones.

33.-Gestión de la Formación: Estrategias didácticas: Procedimientos, esquemas de articulación. Formas sociales. Formas de acción.

34.-Evaluación de la formación. Principios y características generales.

35.-Técnicas de Evaluación de la formación. Juicios y Toma de decisiones.

36.-Procesos de enseñanza y aprendizaje. Elementos didácticos y elementos interpersonales.

37.-Métodos de investigación en Psicología Social. Técnicas cuantitativas y técnicas cualitativas.

38.-La encuesta: Posibilidades y limitaciones. Campos de aplicación. Fiabilidad y validez del cuestionario.

39.-Marco de evaluación y calidad en las Administraciones Públicas de Navarra: Ley Foral 21/2005 de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos.

40.-La Comisión Foral para la evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos. Misión y funciones. Composición. Funcionamiento. Sus acuerdos.

41.-Registro de Evaluación de las políticas y de la calidad de los servicios públicos. Objeto y finalidad, qué inscribir y quién tiene que inscribir. Características del Registro. Procedimiento de inscripción y actualización.

42.-La Agencia de evaluación y calidad (AEVAL). Misión. Principios y objetivos. Normativa.

43.-Los procesos y la Administración Pública: Concepto de proceso. Diseño de procesos. Tipos de procesos. Representación gráfica y soporte documental. Manuales de procedimiento.

44.-Concepto de indicador, características y tipos. Sistemas de gestión de indicadores y su aplicación.

45.-Análisis de demanda y grado de satisfacción del ciudadano. Los deseos del ciudadano respecto a las administraciones públicas. Técnicas para conocer la percepción y expectativas del ciudadano respecto a los servicios públicos. Las encuestas y su confección. Sistemas de sugerencias y reclamaciones.

46.-El concepto de calidad. Evolución histórica: inspección, control de calidad, aseguramiento de calidad, calidad total. Cómo se gestiona la calidad total: el ciclo PDCA.

47.-Plan de calidad. Plan de calidad. Sistemas de gestión de la calidad.

48.-Sistema de calidad ISO 9001-2000. Sistema de Gestión de la Calidad: Procesos, documentación y principios. Responsabilidad de la dirección.

49.-Sistema de calidad ISO 9001-2000: Gestión de los recursos y realización del producto. Medición, análisis y mejora.

50.-Características básicas de los modelos de excelencia: Deming, Malcolm Baldrige, EFQM, Fundibeq, CAF.

51.-Modelo EVAM.

52.-Instrumentos de calidad y mejora: Planificación estratégica, Seis Sigma, Cuadro de mando integral (BSC). Herramientas de mejora: tormentas de ideas, diagrama de flujo, los 5 porqués, diagramas de afinidad, diagrama causa - efecto, representaciones gráficas, los planes de acción, el trabajo en equipo.

53.-Las Cartas de Servicios. Definición, propósito, contenido y estructura. Metodología de implantación y seguimiento.

54.-Evaluación de políticas públicas. Objetivos. Funciones de la evaluación. Tipología de la evaluación.

55.-Evaluación y seguimiento. Metodología de evaluación. Evaluabilidad. Institucionalización de la evaluación.

Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

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