BOLETÍN Nº 48 - 22 de abril de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 77/2009, de 20 de febrero, del Director General de Inspección y Servicios, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento de la Escuela Municipal de Música de Fontellas.

Visto el expediente instruido ante la solicitud de doña Fabiola Lasheras Navarro, Alcaldesa-Presidenta en funciones del Ayuntamiento Fontellas, para que se autorice la apertura y funcionamiento de la Escuela Municipal de Música de a localidad.

Vistos los informes favorables emitidos por los Servicios de Inspección Educativa y de Obras y Mantenimiento.

Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 22 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas por las que se regirá la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

RESUELVO:

1.º Se autoriza la apertura y funcionamiento de la Escuela Municipal de Música de Fontellas, con efectos del inicio del curso 2008/09.

2.º Los datos de la escuela que quedarán inscritos en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza del Departamento de Educación son los siguientes:

Código de centro: 31013483.

Denominación: Escuela Municipal de Música de Fontellas.

Domicilio: Calle Constitución, 1.

Localidad: Fontellas.

Municipio: Fontellas.

Titular: Ayuntamiento de Fontellas.

Enseñanzas que se autorizan: Las establecidas en el artículo 48.3 de la Ley Orgánica de Educación, con las siguientes materias:

a) Oferta básica, según la ordenación establecida en el artículo 9.º, Apartado 1, en sus letras a), b) y c), del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre, que comprende:

-Práctica instrumental: Acordeón, Guitarra, Piano, Saxofón y Trompeta.

-Formación Musical complementaria a la práctica instrumental: Lenguaje Musical.

-Actividades instrumentales y vocales de conjunto: Conjunto Coral y Conjunto Instrumental.

b) Otras materias no incluidas en la oferta básica (artículo 9.º 2): Iniciación a la música para el alumnado de 4 a 7 años.

3.º Dado que las programaciones didácticas, presentadas por la escuela, de Acordeón, Guitarra, Piano, Saxofón, Trompeta, Lenguaje musical, Coro y Conjunto Instrumental abarcan los cursos desde preparatorio a cuarto, ambos inclusive, pero, tal como ha informado el Servicio de Inspección Educativa, no figuran los aspectos referidos al curso de acceso a grado medio ni a la tercera etapa, que están previstos en el Plan Pedagógico de la Escuela, la dirección de la misma deberá completarlas y remitirlas en el plazo de un mes al Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, incluyendo dichos aspectos pedagógicos referentes al curso de acceso al grado medio y a la tercera etapa.

4.º Cualquier cambio en la configuración de la escuela que suponga la modificación de sus instalaciones y de los datos registrales establecidos en el apartado 3.º de esta resolución, deberá ser autorizado por este Departamento de Educación, en virtud de lo regulado en el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, antes mencionado.

5.º La autorización de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

6.º Se advierte que, de conformidad con el artículo 20 del Decreto Foral 421/1992, la entidad titular de la Escuela asumirá el sostenimiento económico de la misma.

7.º Contra la presente resolución administrativa, la Administración Pública interesada, podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

8.º La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

9.º Se traslada la presente Resolución al Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fontellas; al Servicio de Inspección Educativa y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Enseñanzas Artísticas, a la de Tecnologías de la Información y de la Comunicación, a la de Régimen Administrativo y a la de Centros Escolares y de su Financiación, y al Negociado de Gestión de la Información y al de Autorización y Registro de Centros.

Pamplona, 20 de febrero de 2009.-El Director General de Inspección y Servicios, Francisco Javier Esparza Sánchez.

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