BOLETÍN Nº 48 - 22 de abril de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 532/2009, de 10 de marzo, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a Entidades Locales para el "Plan de Estabilización del personal médico en el Pirineo de Navarra", para el año 2009.

La Ley Foral 21/2008, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2009, contempla la partida presupuestaria 547000-52300-4609-312202, denominada "Convenios Plan Estabilización personal médico en el Pirineo", dotada con un crédito de 100.000 euros.

Vistos los informes jurídicos y técnicos emitidos, la finalidad de dicha partida es realizar una convocatoria de subvenciones dirigida exclusivamente a las entidades locales del ámbito territorial del Pirineo.

El fin público de la subvención radica en la continuidad de la prestación de asistencia sanitaria en el ámbito territorial del Pirineo de Navarra para estabilización del personal médico en estas zonas, en las que la rotación continuada del personal que es contratado para prestar servicios es muy alta.

El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 17.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y las bases reguladoras de la concesión de subvención se ajustan, en su contenido, al artículo 14 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

1.º Autorizar la convocatoria de concesión de subvenciones a Entidades Locales para el "Plan de Estabilización del personal médico en el Pirineo de Navarra", para el año 2009.

2.º Aprobar las Bases reguladoras de dicha convocatoria, que figuran como Anexo a esta Resolución.

3.º Autorizar un gasto de 100.000 euros con cargo a la partida 547000-52300-4609-312202, denominada "Convenios Plan Estabilización personal médico en el Pirineo" de los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2009, para hacer frente a las obligaciones de la presente convocatoria.

4.º Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma, las Entidades Locales, como interesadas en el expediente, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa.

5.º Publicar en el Boletín Oficial de Navarra la presente Resolución.

6.º Trasladar la presente Resolución a las entidades locales pertenecientes a las zonas básicas de salud sitas en los municipios incluidos en el "Plan estratégico de Desarrollo del Pirineo de Navarra", Aoiz/Agoitz, Auritz/Burguete, Isaba/Izaba y de Salazar, así como los municipios de Lónguida, Lumbier, Romanzado, Urraul Alto y Urraul Bajo, a la Dirección de Atención Primaria, a la Dirección de Administración y Organización del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a la Intervención Delegada de Hacienda en el Departamento de Salud y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 10 de marzo de 2009.-El Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, José Carlos Garde Celigueta.

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