BOLETÍN Nº 48 - 22 de abril de 2009

6. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO SIETE DE PAMPLONA

Edicto

Doña Aranzazu Chocarro Úcar, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número Siete de Pamplona.

Doy fe: Que en el presente procedimiento se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia 218/2008. En Pamplona, a 16 de diciembre de 2008.

Vistos por la Ilustrísima doña Beatriz García Noain Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Siete de Pamplona, los presentes autos de Juicio Ordinario 88/2008 seguidos ante este Juzgado, a instancia de Banco Español de Crédito, representado por el Procurador don Miguel Leache Resano y asistido por el Letrado don Javier Aguirre Navajas contra Vicente Eduardo Nion Blanco y doña María Mercedes Carnero Bellon declarados en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo:

Que estimando, como estimo, íntegramente, la demanda formulada por don Miguel Leache Resano, Procurador de los Tribunales y de Banco Español de Crédito contra don Vicente Eduaro Nion Blanco y doña María Mercedes Carnero Bellon, declarados en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a dichos demandados a abonar a la parte actora la cantidad de 4.303,52 (cuatro mil trescientos tres con cincuenta y dos) euros, más los intereses pactados desde el día 11 de diciembre de dos mil siete hasta el pago y todo ello con expresa condena en costas a dichos demandados.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así por ésta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Vicente Eduardo Nion Blanco y María Mercedes Carnero Bellon se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pamplona, 11 de marzo de 2009.-La Secretaria, Aranzazu Chocarro Úcar.

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