BOLETÍN Nº 48 - 22 de abril de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 79/2009, de de 2 de marzo, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a familias con cuatro o más hijos.

La Disposición final tercera de la Ley 18/2006, de 27 de diciembre, que modifica el apartado 1. b) de la Disposición adicional primera de la Ley Foral 16/2003, de 17 de marzo, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, establece la necesidad de aprobar una convocatoria anual para las ayudas a familias con cuatro o más hijos en la que se fijará la cuantía de las mismas y el Decreto Foral 126/2003, de 20 de mayo, por el que se regulan las ayudas económicas por maternidad, establece las condiciones y requisitos de estas ayudas.

Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad de la concesión de las presentes subvenciones, así como la legalidad de la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras.

En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, y por el Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte,

ORDENO:

1.º Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas a familias con cuatro o más hijos en el año 2009.

2.º Autorizar un gasto de 810.755,27 euros con cargo a la Partida 950001 92210 4809 231502 denominada "ayudas a familias con cuatro o más hijos" del Presupuesto de gastos de 2009.

3.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra y notificarla al Servicio de Promoción de la Familia de la Dirección General de Familia, Infancia y Consumo y al Centro Contable de la Sección de Gestión Presupuestaria del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

Pamplona, 2 de marzo de 2009.-La Consejera de Salud (Actuando en suplencia de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, según Decreto Foral del Presidente del Gobierno de Navarra 3/2009, de 27 de febrero) María Kutz Peironcely.

Bases de la convocatoria

Primera.-Objeto.

Esta Orden Foral tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas a familias con cuatro o más hijos previstas en la Disposición final tercera de la Ley Foral 18/2006, de 27 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, que modifica el apartado 1. b) de la Disposición adicional primera de la Ley Foral 16/2003, de 17 de marzo, de modificación parcial de diversos impuestos y otras medidas tributarias y en el Decreto Foral 126/2003, de 20 de mayo, por el que se regulan las ayudas económicas por maternidad.

Segunda.-Régimen jurídico.

Esta convocatoria de ayudas se regirá por lo previsto en las bases reguladoras establecidas en el Decreto Foral 126/2003, de 20 de mayo, por el que se regulan las ayudas económicas por maternidad, salvo en lo relativo a la cuantía de la ayuda.

Tercera.-Cuantías.

1. A las familias numerosas de categoría general se concederá una ayuda económica de 413,89 euros por el cuarto hijo, de pago anual, y hasta que ese hijo cumpla los dieciocho años.

2. Para las familias numerosas de categoría especial se concederá una ayuda económica de 620,83 euros por el cuarto y cada uno de los sucesivos hijos, de pago anual, y hasta de los mismos cumplan los dieciocho años.

Cuarta.-Solicitud.

1. Las solicitudes de ayuda se presentarán durante todo el año 2009 y será requisito imprescindible el que las familias numerosas solicitantes tengan el carnet de familia numerosa en vigor y que todos los miembros de la familia estén empadronados en Navarra.

2. La fotocopia de la Declaración de la Renta que hay que presentar es la correspondiente al ejercicio del año 2008, que se presenta en el año 2009.

Quinta.-Legislación aplicable.

Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la misma, y por lo establecido en el Decreto Foral 126/2003, de 20 de mayo, por el que se regulan las ayudas económicas por maternidad.

Sexta.-Recursos.

1. Contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

2. Contra los actos de aplicación de esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en el Boletín Oficial de Navarra, de acuerdo con lo previsto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

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