BOLETÍN Nº 47 - 20 de abril de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 37/2009, de 6 de febrero, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales para la Acometida de Línea Eléctrica a 13,2 Kv. para suministro a explotación avícola en Zurucuáin, término municipal de Yerri, promovido por Gonzalo Azcona Vidaurre.

Con fecha 3 de julio de 2008 tuvo entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones ambientales del expediente citado, que se completó con fecha 13 de enero de 2009, de conformidad con lo establecido en el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, como una actividad de las incluidas en el Anejo 2C apdo. 1).

En el artículo 36 de dicho Decreto Foral, se establece que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

Con fecha 18 de septiembre de 2008, el Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe favorable condicionado a la autorización previa de la granja para la que solicita suministro eléctrico. El promotor ha aportado dicha autorización con fecha 13 de enero de 2008. El Ayuntamiento de Yerri informó el expediente con fecha 8 de septiembre de 2008.

El artículo 31.2 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Vistos los informes que figuran en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Otorgar a Gonzalo Azcona Vidaurre, la Autorización de Afecciones Ambientales a la Acometida de línea eléctrica aérea a 13, 2 Kv, Centro de transformación de intemperie a 50 KvA., y canalización subterránea para acometida en baja tensión a 400 v. para alimentación a naves avícolas proyectadas en la parcela número 609, polígono 21 del catastro de rústica de Zurucuain (Yerri).

2.º La presente Autorización estará sujeta a las siguientes condiciones y medidas correctoras:

-Los tres puentes suspendidos del apoyo número 77/18 deberán aislarse en su totalidad con el mismo material aislante, para protección de la avifauna, utilizado en el aislamiento de los enlaces entre los conductores de la línea principal y los seccionadores loadbuster.

-El nuevo apoyo número 77/18, así como el apoyo de fin de línea deberán respetar como mínimo 3 m de servidumbre respecto del borde exterior de los caminos públicos; tal como establece el artículo 112.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

-Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución del proyecto, el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de de cuantas autorizaciones fueran precisas de los organismos competentes en razón de la materia de que se trate.

-Al finalizar la obra, se hará una rigurosa limpieza de la zona y todos los residuos y materiales de desecho y no reutilizables se transportarán a vertedero autorizado, o a centro de tratamiento de residuos aquellos materiales sobrantes que, por su naturaleza, puedan ser reciclados.

3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 6.000 euros para garantizar la reparación o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109 del Decreto Foral 93/2006.

Se deberá disponer del justificante de depósito de la fianza para su presentación a la autoridad inspectora durante las obras.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente, que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra a los efectos de Autorización de Afecciones Ambientales.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Guarderío Forestal, al Ayuntamiento de Yerri y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 6 de febrero de 2009.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

Código del anuncio: F0910310