BOLETÍN Nº 4 - 9 de enero de 2009

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 236/2008, de 24 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas.

La Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, aprobó el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas, así como los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador, y las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática por Internet.

La Orden Foral 465/2006, de 1 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, reguló la obligación de presentar en soporte directamente legible por ordenador determinados modelos de declaración de carácter informativo, entre los que se encuentra el modelo 184. En el artículo primero de la mencionada orden foral 465/2006 se indica que la presentación de los modelos de referencia que contengan más de 49.999 registros de personas relacionadas deberá hacerse en soporte directamente legible por ordenador, mientras que en los demás casos no podrá utilizarse esta forma de presentación para estos modelos.

A través de la presente orden foral, se disponen los nuevos diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 184 declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas.

El artículo 62 bis.4 del Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, habilita al Consejero de Economía y Hacienda para establecer el modelo, lugar y forma y de presentación de la declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática por Internet.

Se sustituyen los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 184 que figuran en el anexo II de la Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, por los que figuran en el anexo de la presente orden foral.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta orden foral entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra y será aplicable por primera vez a las declaraciones que se presenten a partir del 1 de enero de 2009, en relación con la información correspondiente al año 2008.

Pamplona, 24 de diciembre de 2008.-El Consejero de Economía y Hacienda, Álvaro Miranda Simavilla.

ANEXO

Diseños físicos y lógicos para la presentación del modelo 184 en soporte directamente legible por ordenador

Los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación de la Declaración Informativa de Entidades en Régimen de Atribución de Rentas, Modelo 184, habrá de cumplir las siguientes características:

A) Características de los soportes magnéticos:

-Tipo: CD-R (Compact Disc Recordable) de 12 cm.

-Capacidad: hasta 700 MB.

-Formato ISO/IEC DIS 9660:1999, con extensión o sin extensión Joliet.

-No multisesión.

B) Diseños lógicos:

Descripción de los registros

Para cada Declarante se incluirán dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera posición, con arreglo a los siguientes criterios:

-Tipo 1: Registro del declarante: Datos identificativos y resumen de la declaración. Diseño de tipo de registro 1 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de esta orden foral.

-Tipo 2: Registro de Entidad y registro de socio, heredero, comunero o partícipe. Diseño de tipo de registro 2 de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y Anexo de esta orden foral.

El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro del tipo 1 y tantos registros del tipo 2 como claves y subclaves declaradas por la entidad y declaradas por cada socio, heredero, comunero o partícipe.

Todos los campos alfanuméricos y alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas sin caracteres especiales, y sin vocales acentuadas.

Para los caracteres específicos del idioma se utilizará la codificación ISO-8859-1. De esta forma la letra "Ñ" tendrá el valor ASCII 209 (Hex. D1) y la "Ç"(cedilla mayúscula) el valor ASCII 199 (Hex. C7).

Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda sin signos y sin empaquetar.

Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo. Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y tanto los alfanuméricos como los alfabéticos a blancos.

En los supuestos de presentación colectiva (más de un declarante en el mismo archivo) se presentará como primer registro del soporte un registro tipo cero, con arreglo al diseño del tipo de registro cero que se incluye a continuación en este mismo apartado, el cual contendrá los datos de la persona o entidad responsable de la presentación y existirá, en todo caso, aunque dicha persona o entidad figure también en el soporte como declarante. A continuación seguirán los datos del primer declarante (tipo 1), seguidos de sus declarados (tipo 2); a continuación los datos del siguiente declarante y así sucesivamente.

MODELO 184

A.-Tipo de registro 0

Presentación colectiva

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '0' (cero).

2-4 Numérico MODELO DE PRESENTACION.

Constante '184'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponden las declaraciones incluidas en el soporte.

9-17 Alfanumérico NIF DEL PRESENTADOR.

Se consignará el N.I.F. del presentador.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

18-57 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL PRESENTADOR.

Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

58-109 Alfanumérico DOMICILIO DEL PRESENTADOR.

Este campo se subdivide en nueve:

58-59 SG: Siglas de la vía pública.

60-79 VIA PÚBLICA: Nombre de la Vía Pública. Ha de ser alfabético y, en consecuencia, la que tenga números en su nombre se consignará con letras (ej.: 2 de mayo, será dos de mayo). En caso de ser una carretera se finalizará con la abreviatura Km

80-84 NUMERO: Número de la casa o punto kilométrico (sin decimales). Ha de ser numérico de cinco posiciones.

85-86 ESCALERA.

87-88 PISO.

89-90 PUERTA.

91-95 CODIGO POSTAL: El que corresponda al domicilio del presentador. Ha de ser numérico de cinco posiciones.

96-107 MUNICIPIO: Ocupa doce posiciones. Si el nombre excede de doce caracteres se consignarán los doce primeros, sin artículos ni preposiciones.

108-109 CODIGO PROVINCIA: Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el campo "CODIGO PROVINCIA" del registro de socio, heredero, comunero o partícipe (Tipo 2, Tipo de hoja, posición 76, "S"). Numérico.

110-114 Numérico TOTAL ENTIDADES DECLARANTES.

Se indicará el número total de Entidades Declarantes incluidas en el soporte colectivo. (Número de registros de tipo 1 grabados).

115-123 Numérico TOTAL REGISTROS DE SOCIOS, HEREDEROS, COMUNEROS O PARTICIPES.

Se indicará el número total de registros de tipo 2 de Socios, Herederos, Comuneros o Partícipes relacionados en el soporte colectivo. Dicho número habrá de coincidir con la suma de las cantidades reflejadas en las posiciones 136 a 144 de los registros tipo 1 correspondientes a los declarantes incluidos en el soporte (Número de registros de Socios, Herederos, Comuneros o Partícipes (registro de tipo 2) con Tipo de Hoja, posición 76, igual a "S").

124 Alfabético TIPO DE SOPORTE.

Se cumplimentará una de las siguientes claves:

'C': Si la información se presenta en CD-R.

'T': Transmisión telemática.

125-173 Alfanumérico PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.

Datos de la persona con quien relacionarse. Este campo se subdivide en dos:

125-133 TELEFONO: Campo numérico de 9 posiciones.

134-173 APELLIDOS Y NOMBRE: Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

174-487 BLANCOS.

488-500 Alfanumérico SELLO ELECTRONICO.

Campo reservado para el sello electrónico en presentaciones colectivas, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Tributaria de Navarra. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

MODELO 184

B.-Tipo de registro 1

Registro del declarante

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '1' (uno).

2-4 Numérico MODELO DECLARACION.

Constante '184'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.

9-17 Alfanumérico N.I.F. DEL DECLARANTE.

Se consignará el N.I.F. de la entidad en régimen de atribución de rentas.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

18-57 Alfanumérico DENOMINACIÓN O RAZON SOCIAL DEL DECLARANTE.

Para entidades en régimen de atribución de rentas se consignará la razón social completa, sin anagrama.

En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial.

58 Alfabético TIPO DE SOPORTE.

Se cumplimentará una de las siguientes claves:

'C': Si la información se presenta en CD-R.

'T': Transmisión telemática.

59-107 Alfanumérico PERSONA CON QUIEN RELACIONARSE.

Datos de la persona con quien relacionarse.

Este campo se subdivide en:

59-67 TELEFONO: Numérico de 9 posiciones.

68-107 APELLIDOS Y NOMBRE: Se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.

108-120 Numérico NUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACION.

Se consignará el número de justificante correspondiente a la declaración.

121-122 Alfabético DECLARACION COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA.

En el caso excepcional de segunda o posterior presentación de declaraciones, deberá cumplimentarse obligatoriamente uno de los siguientes campos:

121 DECLARACION COMPLEMENTARIA.

Se consignará una "C" si la presentación de esta declaración tiene por objeto incluir nuevos registros de tipo 2 que, debiendo haber figurado en otra declaración del mismo ejercicio presentada anteriormente, hubieran sido completamente omitidos en la misma.

122 DECLARACION SUSTITUTIVA.

Se consignará una "S" si la presentación tiene como objeto anular y sustituir completamente a otra declaración anterior, del mismo ejercicio. Una declaración sustitutiva sólo puede anular a una única declaración anterior.

123-135 Numérico NUMERO DE JUSTIFICANTE DE LA DECLARACION ANTERIOR.

Únicamente en el caso de que se haya consignado "S" en el campo "DECLARACIÓN SUSTITUTIVA" se consignará el número de justificante correspondiente a la declaración a la que sustituye.

En cualquier otro caso deberá rellenarse a ceros.

136-144 Numérico NUMERO TOTAL DE REGISTROS DE SOCIOS, HEREDEROS, COMUNEROS O PARTICIPES.

Se consignará el número total de registros de socios, herederos, comuneros o partícipes declarados en el soporte para este declarante.

(Número de registros de Socios, Herederos, Comuneros o Partícipes (registro de tipo 2) con Tipo de Hoja, posición 76, igual a "S").

145-146 Numérico ENTIDADES EN REGIMEN DE ATRIBUCION DE RENTAS CONSTITUIDAS EN ESPAÑA.

Se compone de los subcampos:

145 TIPO DE ENTIDAD.

Se hará constar el dígito indicativo del tipo de entidad, de acuerdo con la siguiente relación:

1 Sociedad civil.

2 Comunidad de bienes.

3 Herencia yacente.

4 Comunidad de propietarios

5 Otras

146 ACTIVIDAD PRINCIPAL (Clave).

Se hará constar el dígito que corresponda a la actividad principal realizada por la entidad, de acuerdo con la siguiente relación:

1 Actividad empresarial.

2 Actividad profesional.

3 Tenencia y administración de bienes inmuebles.

4 Tenencia y administración de valores o activos financieros.

5 Otras.

147-155 Alfanumérico ENTIDADES EN REGIMEN DE ATRIBUCION DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO.

Se compone de los subcampos:

147 TIPO DE ENTIDAD. Campo numérico.

Se hará constar el dígito indicativo del tipo de entidad, de acuerdo con la siguiente relación:

1 Corporación, asociación o ente con personalidad jurídica propia.

2 Corporación o ente independiente pero sin personalidad jurídica propia.

3 Conjunto unitario de bienes pertenecientes a dos o más personas en común sin personalidad jurídica propia.

4 Otras.

148 OBJETO (Clave). Campo alfabético.

Se hará constar la actividad o finalidad a la que principalmente se dedica la entidad declarante, de acuerdo con la siguiente relación:

A Realización de una actividad de naturaleza empresarial (actividad productiva, extractiva, industrial, comercial, de distribución de bienes o productos, etc.)

B Realización de una actividad de naturaleza profesional (asesoramiento, consultoría, mediación, actividad artística, etc.).

149-150 CLAVE PAIS. Campo alfabético.

Si la entidad en régimen de atribución de rentas está constituida en el extranjero deberá consignar como clave país los dos dígitos correspondientes al país o territorio en el que esté constituida, de acuerdo con los códigos de países y territorios aprobados en el Anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 196.

151-155 PORCENTAJE DE RENTA ATRIBUIBLE A MIEMBROS RESIDENTES. Campo numérico.

Se consignará el porcentaje correspondiente a la parte de renta que resulte atribuible a los miembros residentes de la entidad.

Este campo se subdivide en otros dos:

151-153 ENTERO. Se consignará la parte entera del porcentaje (si no tiene, consignar ceros).

154-155 DECIMAL. Se consignará la parte decimal del porcentaje (si no tiene, consignar ceros).

156 Alfabético TRIBUTACION EN REGIMEN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

Se consignará "X" si todos los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.

157-171 Numérico IMPORTE NETO DE LA CIFRA DE NEGOCIOS.

Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe neto de la cifra de negocios de acuerdo con el artículo 191 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

157-169 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

170-171 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

172-180 Alfanumérico N.I.F. DEL REPRESENTANTE.

Se consignará el NIF del representante de la entidad en régimen de atribución de rentas.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

181-220 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL REPRESENTANTE.

Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.

Para personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas se consignará la razón social completa, sin anagrama.

En ningún caso podrá figurar en este campo un nombre comercial.

221-487 BLANCOS.

488-500 Alfanumérico SELLO ELECTRONICO.

Campo reservado para el sello electrónico en presentaciones individuales, que será cumplimentado exclusivamente por los programas oficiales que, en su caso, facilite la Hacienda Tributaria de Navarra. En cualquier otro caso y en presentaciones colectivas se rellenará a blancos.

* Todos los importes serán positivos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

MODELO 184

NOTA: Se consignará un registro por cada clave o subclave de rendimientos, deducciones o retenciones atribuibles para los que se haya consignado un importe.

C.-Tipo de registro 2

Registro de Entidad

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '2' (dos).

2-4 Numérico MODELO DECLARACION.

Constante '184'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

9-17 Alfanumérico N.I.F. DEL DECLARANTE.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

18-26 Alfanumérico N.I.F. ENTIDAD.

Consignar lo contenido en el campo "N.I.F. del declarante" (posiciones 9-17 del registro de tipo 1).

27-35 BLANCO

36-75 Alfanumérico DENOMINACION O RAZON SOCIAL DEL DECLARANTE.

Consignar lo contenido en el campo "Denominación o razón social del declarante" (posiciones 18-57 del registro de tipo 1).

76 Alfabético TIPO DE HOJA.

Constante "E" (Entidad).

77 Alfabético CLAVE.

Se consignará la clave alfabética que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación siguiente:

A RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO.

B IDENTIFICACION DE LA PERSONA O ENTIDAD CESIONARIA DE LOS CAPITALES PROPIOS.

En el supuesto de que la entidad en régimen de atribución de rentas obtenga rentas de capital mobiliario derivadas de la cesión a terceros de capitales propios y alguno de los miembros de la entidad sea sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades o contribuyente por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.

C RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO.

D RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES O PROFESIONALES.

E RENTAS CONTABILIZADAS DERIVADAS DE LA PARTICIPACION EN INSTITUCION DE INVERSION COLECTIVA.

Cumplimentarán esta clave las entidades en régimen de atribución de rentas que posean acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, y que cuenten entre sus miembros con sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.

Estas rentas se consignarán exclusivamente con esta clave en la declaración.

F INCREMENTOS Y DISMINUCIONES DE PATRIMONIO NO DERIVADAS DE ELEMENTOS PATRIMONIALES.

Con esta clave se declarará el importe total de los incrementos y disminuciones de patrimonio, tanto generados en España como en el extranjero, producidos en el ejercicio y no derivados de la transmisión de elementos patrimoniales. Se consignarán los incrementos y disminuciones de patrimonio que efectivamente se imputen en el ejercicio.

No obstante, cuando se trate de rendimientos obtenidos en el extranjero y el país en el que se obtengan las rentas no tenga suscrito convenio con España para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información, no se computarán las rentas negativas que excedan de las positivas siempre que procedan de la misma fuente y el mismo país. El exceso se computará en los cuatro años siguientes y su importe deberá reflejarse con clave "L. Exceso de rentas negativas obtenidas en países sin convenio con España".

G INCREMENTOS Y DISMINUCIONES DE PATRIMONIO DERIVADAS DE TRANSMISIONES DE ELEMENTOS PATRIMONIALES.

Con esta clave se declarará el importe total de los incrementos y disminuciones de patrimonio, tanto generados en España como en el extranjero, derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, producidos en el ejercicio, incluidos, en su caso, los derivados de elementos patrimoniales afectos a actividades empresariales o profesionales. Se consignarán los incrementos y disminuciones de patrimonio que efectivamente se imputen en el ejercicio.

No obstante, cuando se trate de rendimientos obtenidos en el extranjero y el país en el que se obtengan las rentas no tenga suscrito convenio con España para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información, no se computarán las rentas negativas que excedan de las positivas siempre que procedan de la misma fuente y el mismo país. El exceso se computará en los cuatro años siguientes y su importe deberá reflejarse con clave "L. Exceso de rentas negativas obtenidas en países sin convenio con España".

H ENTIDADES QUE DETERMINAN LA RENTA ATRIBUIBLE SEGÚN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

Cuando todos los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, la renta atribuible a los socios, herederos, comuneros o partícipes se determinará de acuerdo con las normas del Impuesto sobre Sociedades.

I DEDUCCIONES TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY FORAL DEL IRPF.

Se hará constar el importe que constituya base de deducción por alguno de los conceptos previstos en el Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

J DEDUCCIONES LEY FORAL 24/1996.

Deberán cumplimentar esta clave las entidades en régimen de atribución de rentas que tengan socios, comuneros, herederos o partícipes que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes del Impuesto sobre la renta de no Residentes con establecimiento permanente.

K RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOPORTADOS POR LA ENTIDAD.

Se consignarán los importes de las retenciones e ingresos a cuenta del I.R.P.F., del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que le hubieran sido practicadas a la entidad en régimen de atribución de rentas, durante el período objeto de declaración.

L EXCESO DE RENTAS NEGATIVAS OBTENIDAS EN PAISES SIN CONVENIO CON ESPAÑA.

Cuando el país en el que se obtengan las rentas no tenga suscrito convenio con España para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información, se consignará el importe de las rentas negativas que excedan de las positivas obtenidas en el mismo país y procedentes de la misma fuente.

78-79 Alfanumérico SUBCLAVE.

Se consignará la subclave numérica o alfabética que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación de claves siguientes:

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave A (Rendimientos del capital mobiliario):

01 Rendimientos obtenidos en España.

02 Rendimientos obtenidos en el extranjero.

03 Reducciones aplicables.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave C (Rendimientos del capital inmobiliario):

01 Rendimientos obtenidos en España.

02 Rendimientos obtenidos en el extranjero.

03 Reducciones aplicables.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave D (Rendimientos de actividades empresariales o profesionales):

01 Rendimientos obtenidos en España.

02 Rendimientos obtenidos en el extranjero.

03 Importe del rendimiento con derecho a reducción.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave F (Incrementos y disminuciones de patrimonio no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales):

01 Incrementos generados en España.

02 Disminuciones generadas en España.

03 Incrementos generados en el extranjero.

04 Disminuciones generadas en el extranjero.

05 Incrementos exentos por reinversión, artículo 45.2 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave G (derivados de transmisiones de elementos patrimoniales):

01 Incrementos sin reducción generados en España.

02 Disminuciones sin reducción generadas en España.

03 Incrementos sin reducción generados en el extranjero.

04 Disminuciones sin reducción generadas en el extranjero.

05 Incrementos con reducción, relativos a elementos no afectos a actividades empresariales o profesionales generados en España.

06 Incrementos con reducción, relativos a elementos no afectos a actividades empresariales o profesionales generados en el extranjero.

07 Incrementos con reducción, relativos a elementos afectos a actividades empresariales o profesionales generados en España.

08 Incrementos con reducción, relativos a elementos afectos a actividades empresariales o profesionales generados en el extranjero.

09 Incrementos exentos por reinversión, artículo 45.2 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave I (Deducciones Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas):

01 Por Bienes de Interés Cultural.

02 Por donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades.

03 Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.

04 Deducciones en actividades empresariales o profesionales:

4.a Para incentivar inversiones en activos fijos materiales nuevos.

4.b Para incentivar la realización de determinadas actividades.

4.c Para incentivar la creación de empleo.

05 Por doble imposición internacional (importe efectivo satisfecho en el extranjero).

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave J (Deducciones Ley Foral 24/1996):

01 Por doble imposición interna.

02 Por doble imposición internacional.

03 Deducciones para incentivar:

3.a Inversiones en activos fijos materiales nuevos.

3.b Incentivos a la creación de empleo.

04 Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades.

05

06 Otras deducciones (Ley Foral 24/1996).

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave K (Retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad):

01 Por rendimientos del capital mobiliario. Suma de retenciones e ingresos a cuenta.

02 Por arrendamiento de inmuebles urbanos (constituyan o no actividad empresarial o profesional). Suma de retenciones e ingresos a cuenta.

03 Por rendimientos de actividades empresariales o profesionales (excepto arrendamientos de inmuebles urbanos). Suma de retenciones e ingresos a cuenta.

04 Por incrementos de patrimonio. Suma de retenciones e ingresos a cuenta.

05 Por bonificaciones otorgadas conforme al programa PREVER (Ley Foral 3/2004, de 29 de marzo). Importe deducible.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave L (Exceso de rentas negativas obtenidas en países sin convenio con España):

A Rendimientos del capital mobiliario.

C Rendimientos del capital inmobiliario.

D Rendimientos de actividades empresariales o profesionales.

E Rentas contabilizadas derivadas de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva.

F Incrementos y disminuciones de patrimonio no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

G Incrementos y disminuciones de patrimonio derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

80-81 Alfabético CLAVE PAIS.

En este campo se consignarán los dos dígitos correspondientes al país o territorio, de acuerdo con los códigos de países y territorios aprobados en el Anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 196, cuando:

En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo:

El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital mobiliario.

En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo:

El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital mobiliario.

En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo:

El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos del capital inmobiliario.

En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "02", se indicará en este campo:

El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos de las actividades empresariales o profesionales.

En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "03" ó "04", se indicará en este campo:

El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los incrementos/ disminuciones de patrimonio.

En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "03", "04", "06" ó "08", se indicará en este campo:

El país o territorio en el que hayan sido obtenidos los incrementos/ disminuciones de patrimonio.

En el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "L " y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A", "C", "D", "E", "F" o "G", se indicará en este campo:

El país o territorio en el que hayan sido obtenidas las rentas.

En el caso de que para una misma clave y subclave, en su caso, se hubiese obtenido un mismo tipo de rendimiento en más de un país, se consignarán en tantos registros como países en los que se haya obtenido.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

82 Numérico REGIMEN DETERMINACION RENDIMIENTOS.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" se indicará en este campo el régimen de determinación de los rendimientos de actividades empresariales o profesionales de la entidad en régimen de atribución de rentas, consignando para ello la clave que en cada caso corresponda de las tres siguientes:

1 Estimación directa modalidad normal.

2 Estimación directa modalidad simplificada.

3 Estimación objetiva (sólo si todos los miembros de la entidad son personas físicas).

83 Numérico TIPO DE ACTIVIDAD.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" se indicará en este campo el tipo o naturaleza de la actividad cuyos datos vayan a consignarse en este registro, consignando para ello la clave que en cada caso corresponda de las cinco siguientes:

1 Actividades empresariales de carácter mercantil.

2 Actividades agrícolas y ganaderas.

3 Otras actividades empresariales de carácter no mercantil.

4 Actividades profesionales de carácter artístico o deportivo.

5 Restantes actividades profesionales.

84-87 Numérico GRUPO O EPIGRAFE I.A.E.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" se indicará en este campo el grupo o el epígrafe en el que se encuentra clasificada la actividad realizada a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.).

88-96 Alfanumérico N.I.F. DE PERSONA O ENTIDAD CESIONARIA

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo el Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad cesionaria de los capitales propios.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

97-116 Alfanumérico DENOMINACION O RAZON SOCIAL DEL CESIONARIO / DENOMINACION DE LA INSTITUCION DE INVERSION COLECTIVA.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo la denominación completa, sin anagramas, de la entidad cesionaria de los capitales propios.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo la denominación o razón social de la Institución de Inversión Colectiva de que se trate.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

117-124 Numérico FECHA ADQUISICION.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo la fecha de adquisición o suscripción de la acción o participación.

Este campo se subdivide en 3.

117-120 Año

121-122 Mes

123-124 Día

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

125-137 Numérico VALOR LIQUIDATIVO / AJUSTES: AUMENTOS.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el valor liquidativo de la acción o participación al día del cierre del ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, los importes que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el resto de normas fiscales aplicables, deban añadirse al resultado contable a efectos de determinar la renta fiscal generada por la entidad en el ejercicio.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

125-135 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

136-137 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

138-150 Numérico VALOR ADQUISICIÓN, SUCRIPCION O CONTABLE / AJUSTES: DISMINUCIONES.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El valor contable de la acción o participación a la fecha de cierre del ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, los importes que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el resto de normas fiscales aplicables, deban restarse del resultado contable a efectos de determinar la renta fiscal generada por la entidad en el ejercicio.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

138-148 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

149-150 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

151-164 Alfanumérico INGRESOS INTEGROS / IMPORTE RENDIMIENTOS DEVENGADOS / RESULTADO CONTABLE.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:

El importe de los ingresos íntegros del capital mobiliario obtenidos en España. Este importe incluirá los rendimientos derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:

El importe de los ingresos íntegros del capital mobiliario obtenidos en el extranjero. Este importe incluirá los rendimientos derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "B" se indicará en este campo:

El importe de los rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas atribuibles a los miembros de la entidad sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:

El importe de los ingresos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en España. Este importe incluirá los rendimientos del capital inmobiliario que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:

El importe de los ingresos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en el extranjero. Este importe incluirá los rendimientos del capital inmobiliario que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:

El importe de los ingresos íntegros obtenidos en España por la entidad en régimen de atribución de rentas referido a la actividad empresarial o profesional que corresponda. Cuando se trate de actividades empresariales o profesionales cuyo rendimiento se determine en régimen de estimación objetiva este campo no tendrá contenido.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:

El importe de los ingresos íntegros obtenidos en el extranjero por la entidad en régimen de atribución de rentas referido a la actividad empresarial o profesional que corresponda.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo:

El resultado contable del ejercicio que figure en las cuentas anuales de la entidad, elaboradas de acuerdo con las normas mercantiles y contables que sean de aplicación.

151 SIGNO. Se cumplimentará este campo cuando el importe de los ingresos íntegros, el importe de los rendimientos devengados o el resultado contable sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio.

152-164 IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de los ingresos íntegros, el importe de los rendimientos devengados o el resultado contable.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

152-162. PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

163-164. PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

165-176 Numérico GASTOS / EXCESO RENTAS NEGATIVAS.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital mobiliario obtenidos en España.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en España.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en el extranjero.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos de actividades empresariales o profesionales obtenidos en España.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos de actividades empresariales o profesionales obtenidos en el extranjero.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "L" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "A", "C", "D", "E", "F" o "G" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de las rentas negativas que excedan de las positivas obtenidas en el mismo país y procedentes de la misma fuente.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

165-174 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

175-176 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

177-190 Alfanumérico RENTA ATRIBUIBLE / RENDIMIENTO NETO ATRIBUIBLE.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:

El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital mobiliario obtenidos en España.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:

El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital mobiliario obtenidos en un mismo país.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:

El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en España.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:

El importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en un mismo país.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo:

La diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles. Cuando se trate de actividades empresariales o profesionales cuyo rendimiento se determine en régimen de estimación objetiva, en este campo se consignará el importe del rendimiento neto de la actividad en el período.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo:

La diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "E" se indicará en este campo:

El importe de las rentas contabilizadas, o que deban contabilizarse, derivadas de las acciones o participaciones de las instituciones de inversión colectiva atribuibles a los miembros de la entidad sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "H" se indicará en este campo:

El importe de la renta obtenida por la entidad que resulte atribuible a los miembros de la misma en el ejercicio.

177 SIGNO. Se cumplimentará este campo cuando el importe de la renta atribuible o del rendimiento neto atribuible sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio.

178-190 IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de la renta atribuible o del rendimiento neto atribuible.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

178-188. PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

189-190. PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

191-195 Numérico PORCENTAJE DE REDUCCION.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo:

El porcentaje de reducción previsto en el artículo 32.2 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aplicable sobre los rendimientos netos del capital mobiliario cuando tengan un período de generación superior a dos años, así como cuando hayan sido obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo. Las reducciones sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean contribuyentes del I.R.P.F.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo:

El porcentaje de reducción que corresponda conforme a lo previsto en el artículo 25 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Las reducciones anteriores sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean contribuyentes del I.R.P.F.

Este campo se subdivide en dos:

191-193 ENTERO. NUMERICO. Se consignará la parte entera del porcentaje. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

194-195 DECIMAL. NUMERICO. Se consignará la parte decimal del porcentaje. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

196-207 Alfanumérico RENTA ATRIBUIBLE CON DERECHO A REDUCCION.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de la parte de renta atribuible a la que resulte aplicable un mismo porcentaje de reducción. Las reducciones sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean contribuyentes del I.R.P.F.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "C" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de la parte de renta atribuible con derecho a reducción a la que resulte aplicable un mismo porcentaje de reducción. Las reducciones anteriores sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean contribuyentes del I.R.P.F.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "D" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de la parte del rendimiento neto con derecho a reducción. En los supuestos de rendimientos cuyo período de generación sea superior a dos años o que hayan sido obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo será de aplicación la reducción prevista en el artículo 34.6 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

196 SIGNO: campo alfabético que se cumplimentará cuando el valor de la renta atribuible con derecho a deducción sea menor que 0 (cero); en este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido del campo será un espacio.

197-207 IMPORTE: Campo numérico de 11 posiciones. Se consignará el importe resultante de la suma a que se ha hecho referencia más arriba.

Los importes deben consignarse en euros.

El importe no irá precedido de signo alguno (+/-), ni incluirá coma decimal.

Este campo se subdivide en dos:

197-205 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

206-207 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

208-220 Numérico INCREMENTOS / DISMINUCIONES.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los incrementos de patrimonio obtenidos en España imputables en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de las disminuciones de patrimonio obtenidas en España imputables en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los incrementos de patrimonio obtenidos en el extranjero imputables en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de las disminuciones de patrimonio obtenidas en el extranjero imputables en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los incrementos de patrimonio exentos por reinversión por el artículo 45.2 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, procedentes de elementos poseídos con un año de antelación.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los incrementos de patrimonio sin derecho a reducción obtenidos en España imputables en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de las disminuciones de patrimonio sin derecho a reducción obtenidas en España imputables en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los incrementos de patrimonio sin derecho a reducción obtenidos en el extranjero imputables en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de las disminuciones de patrimonio sin derecho a reducción obtenidas en el extranjero imputables en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los incrementos de patrimonio relativos a elementos no afectos con derecho a reducción obtenidos en España que proceda integrar en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "06" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los incrementos de patrimonio relativos a elementos no afectos con derecho a reducción obtenidos en el extranjero que proceda integrar en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "07" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

La parte del incremento de patrimonio relativa a elementos afectos con derecho a reducción que proceda integrar en el ejercicio, en función de la reducción que corresponda aplicar en cada caso según el tiempo transcurrido desde la adquisición del activo fijo inmaterial hasta su transmisión, conforme a lo previsto en las normas del I.R.P.F., obtenida en España.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "08" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

La parte del incremento de patrimonio relativa a elementos afectos con derecho a reducción que proceda integrar en el ejercicio, en función de la reducción que corresponda aplicar en cada caso según el tiempo transcurrido desde la adquisición del activo fijo inmaterial hasta su transmisión, conforme a lo previsto en las normas del I.R.P.F., obtenida en el extranjero.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "09" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de los incrementos de patrimonio exentos por reinversión por el artículo 45.2 de la Ley Foral 22/1998 procedentes de elementos poseídos con una antelación superior a un año.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

208-218 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

219-220 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

221-232 Numérico BASE DE LA DEDUCCION / IMPORTE.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

La base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las inversiones o gastos que se realicen en bienes que estén inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

La base de la deducción, la cual estará formada por el importe correspondiente al valor del donativo efectuado, calculado de acuerdo con lo previsto en el artículo 62.4 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

La base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las rentas computadas que hayan sido obtenidas en Ceuta y Melilla y que den derecho a deducción de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional undécima del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "4 a" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

La base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las cantidades invertidas en los supuestos que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "4 b" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de las cantidades invertidas o gastadas en la realización de cualquiera de las actividades que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 2.ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades, salvo el artículo 70 bis.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "4 c" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de la deducción por creación de empleo regulada en la Sección 3.ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

Siempre y cuando entre las rentas de la entidad figuren rendimientos o incrementos de patrimonio obtenidos y gravados en el extranjero, el importe satisfecho por razón del gravamen sobre dichas rentas, en los términos previstos en el artículo 67 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de los dividendos o participaciones en beneficios de entidades residentes en España, así como de las rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de la participación en el capital o fondos propios de entidades residentes en España, percibidos por la entidad declarante en el ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

Cuando la entidad hubiera obtenido rentas gravadas en el extranjero, consignará el importe satisfecho por razón del gravamen sobre dichas rentas, en los términos previstos en la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.

Cuando entre las rentas de la entidad se computen dividendos o participaciones en beneficios pagados por una sociedad no residente, se hará constar el importe del impuesto efectivamente pagado por la entidad respecto de los beneficios con cargo a los cuales se abona el dividendo, en la cuantía correspondiente a tales dividendos.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne " 3a" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de las cantidades invertidas en los supuestos que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne " 3b " se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de la deducción por creación de empleo regulada en la Sección 3.ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de las cantidades invertidas o gastadas en la realización de cualquiera de las actividades que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en la Sección 2.ª del Capítulo IV del Título VI de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "06" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe de las inversiones o gastos que, al margen de los contemplados en las claves anteriores, den derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades y demás normativa aplicable.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

221-230 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

231-232 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

233-244 Numérico RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "01" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos de capital mobiliario del ejercicio.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "02" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos del ejercicio derivados del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, con independencia de que deban calificarse como procedentes del capital inmobiliario o como derivados de actividades empresariales o profesionales.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "03" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos del ejercicio procedentes de actividades empresariales o profesionales, con excepción de las retenciones e ingresos a cuenta derivados del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, cuyo importe se declarará, en su caso, en un registro aparte con "K" en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consignará "02".

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "K" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro de entidad) se consigne "04" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los incrementos de patrimonio del ejercicio procedentes de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, así como a los premios obtenidos por la participación en concursos, juegos, rifas o combinaciones aleatorias.

Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "k" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:

El importe deducible correspondiente a las bonificaciones otorgadas conforme al programa PREVER (Ley Foral 3/2004, de 29 de marzo)

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

232-242 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

243-244 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

245-500 BLANCOS.

* Todos los importes serán positivos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

MODELO 184

C.-Tipo de registro 2

Registro de Socio, Heredero, Comunero o Partícipe

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1 Numérico TIPO DE REGISTRO.

Constante '2' (dos).

2-4 Numérico MODELO DECLARACION.

Constante '184'.

5-8 Numérico EJERCICIO.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

9-17 Alfanumérico N.I.F. DEL DECLARANTE.

Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1.

18-26 Alfanumérico N.I.F. DEL MIEMBRO.

Se consignará el NIF correspondiente al socio, heredero, comunero o partícipe miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas.

Si es una persona física se consignará el NIF del declarado, de acuerdo con las reglas previstas en el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y en el Decreto Foral 182/1990, de 31 de julio, por el que se regula el Número de Identificación Fiscal.

Si el declarado es una persona jurídica o una entidad en régimen de atribución de rentas (Comunidad de bienes, sociedad civil, herencia yacente, etc.) se consignará el NIF correspondiente a la misma.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenado con ceros las posiciones a la izquierda.

En el supuesto de declarados menores de edad que carezcan de NIF no se cumplimentará este campo, sino el campo "N.I.F. DEL REPRESENTANTE FISCAL" en el que se hará constar el NIF de su representante legal (padre, madre o tutor).

27-35 Alfanumérico N.I.F. DEL REPRESENTANTE FISCAL.

En el supuesto de miembros de la entidad menores de edad que carezcan de NIF se cumplimentará esta casilla, en la que se hará constar el NIF de la persona que ostente en cada caso la representación legal del menor (padre, madre o tutor).

En el caso de que el miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no sea residente en territorio español, se deberá consignar, en su caso, el NIF de quien ostente la representación fiscal del mismo de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre de la Renta de no Residentes.

En cualquier otro caso el contenido de este campo se rellenará a espacios.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones a la izquierda.

36-75 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE, RAZON SOCIAL O DENOMINACION DEL MIEMBRO.

a) Para personas físicas se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden. Si el declarado es menor de edad se consignarán los apellidos y nombre del menor de edad.

b) Tratándose de personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas se consignará la razón social o denominación completa de la entidad, sin anagramas.

76 Alfabético TIPO DE HOJA.

Constante "S" (Socio).

77-78 Numérico CODIGO PROVINCIA

Con carácter general, se consignarán los dos dígitos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del domicilio del declarado, según la siguiente relación:

ALAVA 01

ALBACETE 02

ALICANTE 03

ALMERIA 04

ASTURIAS 33

AVILA 05

BADAJOZ 06

BARCELONA 08

BURGOS 09

CACERES 10

CADIZ 11

CANTABRIA 39

CASTELLON 12

CEUTA 51

CIUDAD REAL 13

CORDOBA 14

CORUÑA, A 15

CUENCA 16

GIRONA 17

GRANADA 18

GUADALAJARA 19

GUIPUZCOA 20

HUELVA 21

HUESCA 22

ILLES BALEARS 07

JAEN 23

LEON 24

LLEIDA 25

LUGO 27

MADRID 28

MALAGA 29

MELILLA 52

MURCIA 30

NAVARRA 31

OURENSE 32

PALENCIA 34

PALMAS, LAS 35

PONTEVEDRA 36

RIOJA, LA 26

SALAMANCA 37

S.C. TENERIFE 38

SEGOVIA 40

SEVILLA 41

SORIA 42

TARRAGONA 43

TERUEL 44

TOLEDO 45

VALENCIA 46

VALLADOLID 47

VIZCAYA 48

ZAMORA 49

ZARAGOZA 50

En el caso de no residentes que no operen en territorio español mediante establecimiento permanente, se consignará 99.

79-80 Alfabético CLAVE PAIS.

En el caso de no residentes sin establecimiento permanente, se consignará XX, siendo XX el Código del país de residencia del declarado, de acuerdo con los códigos alfabéticos de países y territorios aprobados en el Anexo III de la Orden Foral 208/2008, de 24 de noviembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo 196.

En caso de residentes o de no residentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente se consignará a blancos en las posiciones 79 a 80.

81 Numérico CLAVE TIPO DE PARTICIPE.

Se consignará la clave que proceda de las tres siguientes:

1 Residente.

2 No residente sin establecimiento permanente.

3 No residente con establecimiento permanente.

82 Alfabético MIEMBRO A 31 DE DICIEMBRE.

Si el miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas sigue siendo miembro de la entidad a 31 de diciembre marcará una "X" en este campo.

83-85 Numérico NUMERO DIAS MIEMBRO.

Se consignará el número de días del año en que ha sido miembro de la entidad.

86-92 Numérico PORCENTAJE DE PARTICIPACION.

Se consignará el porcentaje de participación que corresponda al socio, heredero, comunero o partícipe en la entidad. Dicho porcentaje, cuando no sea un número entero, se expresará con cuatro decimales.

Este campo se subdivide en otros dos:

86-88 ENTERO. Se consignará la parte entera del porcentaje (si no tiene contenido se consignará a ceros).

89-92 DECIMAL. Se consignará la parte decimal del porcentaje (si no tiene contenido se consignará a ceros).

93 Alfabético CLAVE.

Se consignará la clave que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación siguiente:

A Rendimientos del capital mobiliario.

C Rendimientos del capital inmobiliario.

D Rendimientos de actividades empresariales o profesionales.

E Rentas contabilizadas de participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.

F Incrementos y disminuciones de patrimonio no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

G Incrementos y disminuciones de patrimonio derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

I Deducciones del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.(Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio).

J Deducciones de la Ley Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades.

K Retenciones e ingresos a cuenta.

94-95 Numérico SUBCLAVE.

Se consignará la subclave que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación siguiente:

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave A (Rendimientos del capital mobiliario):

01 Rendimientos del capital mobiliario previstos en los apartados a) y b) del artículo 27 y 1) y 2) del artículo 30 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

02 Rendimientos del capital mobiliario previstos en el apartado 3 del artículo 30 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave F (Incrementos y disminuciones de patrimonio no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales).

01 Incrementos.

02 Disminuciones.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave G (Incrementos y disminuciones de patrimonio derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

01 Incrementos.

02 Disminuciones.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave I. Deducciones Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.(Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio).

01 Por Bienes de Interés Cultural.

02 Por donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades.

03 Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.

4.a Deducciones en actividades empresariales o profesionales para incentivar inversiones en activos fijos materiales nuevos.

4.b Deducciones en actividades empresariales y profesionales para incentivar la realización de determinadas actividades.

4.c Deducciones en actividades empresariales o profesionales para incentivar la creación de empleo.

05 Deducción por doble imposición internacional.

Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave J (Deducciones Ley Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades):

01 Deducción por doble imposición interna.

02 Deducciones por doble imposición internacional.

3.a Deducciones para incentivar inversiones en activos fijos materiales nuevos.

3.b Incentivos a la creación de empleo.

04 Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades.

06 Otras deducciones (Ley Foral 24/1996).

96-108 Alfanumérico IMPORTE. (RENDIMIENTO / RETENCION / DEDUCCION).

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "A" se indicará en este campo:

El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos del capital mobiliario.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "C" se indicará en este campo:

El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos del capital inmobiliario.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" se indicará en este campo:

El importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos de actividades empresariales o profesionales. En el caso de rendimientos determinados en régimen de estimación objetiva, se consignará la parte del rendimiento neto de la actividad que resulte atribuible al miembro de la entidad.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "E" se indicará en este campo:

El importe de la renta atribuible al miembro de la entidad en concepto de renta contabilizada derivada de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva, teniendo en cuenta que dicha renta sólo es atribuible a los miembros de la entidad sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01" se indicará en este campo:

El importe de los incrementos netos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "F" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02" se indicará en este campo:

El importe de las disminuciones netas atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01" se indicará en este campo:

El importe de los incrementos netos atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "G" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "02" se indicará en este campo:

El importe de las disminuciones netas atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", "02", "03", "4 a", "4 b", "4 c", ó "05", se indicará en este campo:

Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", "02", "3 a", "3 b", "04" ó "06", se indicará en este campo:

Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "K" se indicará en este campo:

El importe de las retenciones e ingresos a cuenta atribuibles al miembro de la entidad.

96 SIGNO. Se cumplimentará este campo cuando el importe del rendimiento sea negativo. En este caso se consignará una "N". En cualquier otro caso el contenido de este campo será un espacio.

97-108 IMPORTE. Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar, sin signo y sin coma decimal, el importe de los rendimientos, de las bases o los importes de deducción y de las retenciones e ingresos a cuenta.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

97-106. PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

107-108. PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

109-119 Numérico REDUCCION.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero y partícipe) se consigne "A" y en el campo "Subclave" (posición 94 a 95 del registro de tipo 2 de registro de socio, heredero, comunero y partícipe) se consigne "02" se indicará en este campo:

De haberse incluido entre los rendimientos del capital mobiliario algún rendimiento al que resulte aplicable la reducción prevista en el artículo 32.2 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sólo para los miembros que sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el importe de la reducción que corresponda.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "C" se indicará en este campo:

De haberse incluido entre los rendimientos del capital inmobiliario algún rendimiento al que resulte aplicable cualquiera de las reducciones previstas en el artículo 25 apartados 2 y 3 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sólo para los miembros que sean contribuyentes por el I.R.P.F., el importe de la reducción o reducciones que corresponda.

Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "D" se indicará en este campo:

De haberse incluido entre los rendimientos de actividades empresariales o profesionales atribuidos al miembro de la entidad algún rendimiento al que resulte aplicable la reducción prevista en el artículo 34.6 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sólo para los miembros que sean contribuyentes por el I.R.P.F., el importe de la reducción que corresponda.

Los importes deben consignarse en euros.

Este campo se subdivide en dos:

109-117 PARTE ENTERA DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

118-119 PARTE DECIMAL DEL IMPORTE. Si no tiene contenido se consignará a ceros.

En los demás casos este campo no tendrá contenido.

120-159 Alfanumérico DOMICILIO FISCAL DEL MIEMBRO DE LA ENTIDAD.

Se consignará el domicilio fiscal correspondiente al miembro de la entidad.

160-500 BLANCOS.

* Todos los importes serán positivos.

* Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.

* Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.

* Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

* Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

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