BOLETÍN Nº 4 - 9 de enero de 2009

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

LEGARIA

Ordenanzas reguladoras de las tasas por tramitaciones urbanísticas y por autorizaciones de control de actividades clasificadas para la protección del medio ambiente, y la referida al otorgamiento de licencias de primera utilización de los edificios. Aprobación inicial

El Pleno del Ayuntamiento de Legaria, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2008, aprobó inicialmente las ordenanzas municipales reguladoras de las tasas por tramitaciones urbanísticas y por otorgamiento de autorizaciones en materia de control de actividades clasificadas para la protección del medio ambiente, así como la referida al otorgamiento de licencias de primera utilización u ocupación de los edificios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, las Ordenanzas aprobadas se someten a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este asunto en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar los expedientes y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el periodo de información pública no se formulan alegaciones, las ordenanzas quedarán definitivamente aprobadas, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Legaria, 27 de noviembre de 2008.-El Alcalde-Presidente, José Javier Echeverría Martínez.

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