BOLETÍN Nº 36 - 25 de marzo de 2009

8. Anuncios

8.1. Otros Anuncios Oficiales

MONTEAGUDO

Edicto de notificación

Acto que se notifica: Resolución de Alcaldía de Monteagudo, de fecha 9 de febrero de 2009, por la que se resuelve el contrato de adjudicación de servicios de bar y otros en las piscinas municipales de Monteagudo.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, se publica el presente Edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

Resolución de la Alcaldía de Monteagudo, de fecha 9 de febrero de 2009, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así:

En su virtud, esta Alcaldía ha resuelto:

1.º Tener por acreditados los referidos incumplimientos cometidos reiteradamente por la adjudicataria Ricardina Peixoto Escumalha y denunciados por el Ayuntamiento, de mantener los locales cerrados durante uno o más días, sin causa justificada ni autorización.

2.º Calificar dichos incumplimientos reiterados como infracciones graves conforme a la Base 14.ª del Pliego de Condiciones, y según se recoge en el artículo 124.1.l) de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, por incumplimiento de obligaciones contractuales que se consideran esenciales.

3.º En consecuencia con lo anterior, dar por resuelto el contrato suscrito el pasado 25 de abril de 2008 entre el Ayuntamiento de Monteagudo y Ricardina Peixoto Escumalha, por el que esta se obligaba al desempeño de los Servicios de Bar y otros en las Instalaciones Deportivas Municipales de Monteagudo por plazo de un año, comprendido entre el 1 de mayo de 2008 y el 30 de abril de 2009, con sujeción a las Bases aprobadas por el Ayuntamiento.

4.º Acordar igualmente pérdida de la fianza depositada por la adjudicataria, que quedará en poder del Ayuntamiento para compensar los perjuicios producidos con las infracciones e incumplimientos acreditados.

5.º Reservarse el Ayuntamiento las acciones legales oportunas para, en su caso, instar la indemnización y resarcimiento de los daños y perjuicios que se hayan producido en las instalaciones, y las diferencias de inventario que puedan aparecer en las instalaciones.

6.º Dar traslado a la adjudicataria de la presente Resolución en debida forma para su conocimiento y efectos, con la advertencia de que, de forma inmediata, se va a proceder por el Ayuntamiento a llevar a cabo las actuaciones necesarias para asegurar el funcionamiento del servicio.

Contra la presente Resolución cabe interponer los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, potestativo, ante el mismo órgano autor de la misma en el plazo de un mes desde su notificación o publicación.

b) Recurso de alzada, potestativo, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en plazo de un mes desde su notificación y publicación.

c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, según competa en razón de la materia, en plazo de dos meses desde la notificación o publicación.

Monteagudo, 24 de febrero de 2009.-El Alcalde, Mariano Herrero Ibáñez.

Código del anuncio: L0910707