BOLETÍN Nº 31 - 13 de marzo de 2009

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

RESOLUCIÓN 472/2009, de 23 de febrero, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la constitución, mediante prueba selectiva, de una relación de aspirantes Licenciados en Derecho, para su posterior contratación o designación temporal en régimen administrativo como Asesores Jurídicos en el Servicio de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Presidencia.

Por Resolución 472/2009, de 23 de febrero, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la constitución, mediante prueba selectiva, de una relación de aspirantes Licenciados en Derecho, para su posterior contratación o designación temporal en régimen administrativo como Asesores Jurídicos en el Servicio de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Presidencia, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, con arreglo a las siguientes,

BASES

1.-Objeto de la presente convocatoria.

1.1. Se anuncia convocatoria para constituir, mediante una prueba selectiva, una relación de aspirantes Licenciados en Derecho, para la posterior contratación o designación temporal en régimen administrativo como Asesores Jurídicos del Servicio de Asesoría Jurídica, con sujeción a lo dispuesto en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y disposiciones complementarias.

1.2. La provisión de las vacantes se realizará mediante contratación temporal en régimen administrativo. No obstante, cuando la provisión temporal corresponda a un aspirante que reúna la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, que haya sido nombrado para desempeñar definitivamente un puesto de trabajo de nivel A para el que se haya exigido exclusivamente el título de Licenciado en Derecho, se procederá a su designación interina de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

1.3. Quienes sean designados para el desempeño de las vacantes que se produzcan, ejercerán las funciones de Asesor Jurídico en el Servicio de Asesoría Jurídica.

2.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española y ser mayor de dieciséis años.

b) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración pública.

Todos estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y sean llamados para su contratación temporal o designación interina, en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del correspondiente contrato o designación.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección y durante el momento de la contratación.

3.-Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán presentar la correspondiente solicitud en el Registro General del Gobierno de Navarra, sito en la Avenida de Carlos III, número 2, de Pamplona, en cualquiera de las demás oficinas de registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 14, de 31 de enero de 2007 o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la misma, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

3.2. Los aspirantes con minusvalía podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente.

4.-Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

5.-Admisión de candidatos.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Función Pública publicará, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, y en la misma, fijará la fecha y el lugar de comienzo de las pruebas.

6.-Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Ildefonso Sebastián Labayen, Director General de Presidencia.

-Suplente: Don José Contreras López, Director del Servicio de Acción Legislativa y Coordinación.

-Vocal: Don José Antonio Razquin Lizarraga, Director del Servicio de Asesoría Jurídica.

-Suplente: Don Francisco Negro Roldán, Jefe de la Sección de Asuntos Tributarios del Servicio de Asesoría Jurídica.

-Vocal: Don Fulgencio Larumbe San Martín, Jefe de la Sección de Asuntos Contenciosos del Servicio de Asesoría Jurídica.

-Suplente: Don Francisco Javier Ugalde Adín, Jefe de la Sección de Asuntos Penales del Servicio de Asesoría Jurídica.

-Vocal: Un representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la misma.

-Suplente: Un representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la misma.

-Vocal-Secretaria: Doña Idoia Tajadura Tejada, Jefa de la Sección de Asuntos Civiles del Servicio de Asesoría Jurídica.

-Suplente: Doña Belén Cilveti Gubia, Jefa de la Sección de Asuntos Sociales del Servicio de Asesoría Jurídica.

6.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

6.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

7.-Desarrollo y valoración del procedimiento de selección.

7.1. La selección se llevará a cabo mediante la realización de la siguiente prueba práctico-teórica:

Resolver por escrito un supuesto práctico planteado por el Tribunal con su posterior lectura pública ante el mismo y responder a continuación oralmente a las cuestiones que el Tribunal plantee a los aspirantes, todo ello en relación con las materias y funciones propias del puesto de Asesor Jurídico. Para la primera parte de la prueba se permitirá a los aspirantes la consulta de textos legales.

La duración máxima de la prueba será fijada por el Tribunal antes del comienzo de la misma.

7.2. La valoración de la prueba será conjunta y podrá alcanzar hasta un máximo de 20 puntos.

Serán eliminados aquellos aspirantes que no alcancen en el cómputo del ejercicio al menos 10 puntos.

7.3. La prueba se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.

7.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con la base 3.2 de la presente convocatoria, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

8.-Relación de aspirantes aprobados.

Terminada la calificación de la prueba, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra y en el lugar de celebración de la prueba, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida y la remitirá al Director General de Función Pública para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

Los empates que se produzcan se dirimirán mediante sorteo celebrado al efecto, al que serán convocados los aspirantes afectados.

9.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 23 de febrero de 2009.-El Director General de Función Pública, Gregorio Eguilaz Gogorza.

ANEXO I

Modelo de Instancia

Don/doña ...................................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ........................... y nacido/a el día ........ de .................. de ......, natural de ................ (.............), de nacionalidad ..........., con domicilio actual en .................. (................), calle ..................... código postal ...... teléfonos ..................

Ante V.E. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a la contratación temporal o designación interina del puesto de trabajo de Asesor Jurídico en el Servicio de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Presidencia, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número ........, de fecha .................

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

Por lo expuesto,

Solicita ser admitido a la convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a la contratación temporal del puesto de trabajo de Asesor Jurídico en el Servicio de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Presidencia.

Pamplona, ......... de .................. de 2009.

(Firma)

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

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